Information

  • Audit Title

  • Fecha

  • Local

  • Dirección
  • Realizado por:

Anexo - CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA LA OPERACIÓN DE AUTOELEVADORES

DATOS

  • MARCA / MODELO

  • N° SERIE

  • Foto

ARTÍCULO 1° - DEFINICIÓN

  • Es autopropulsado

  • Detenga la inspección. No califica para la Res. SRT 960715

  • Requiere de un conductor sentado

  • Detenga la inspección. No califica para la Res. SRT 960715

  • Se utiliza para la elevación y transporte de cargas menores o iguales a TRES MIL QUINIENTOS (3.500) kilogramos.

  • Detenga la inspección. No califica para la Res. SRT 960715

  • Tiene contrapesos integrados a la estructura, mástil/torre y cilindro de elevación, al cual se le pueden adicionan accesorios especialmente diseñados, según las tareas que se deban realizar.

  • Detenga la inspección. No califica para la Res. SRT 960715

ARTÍCULO 2°.- PLACA IDENTIFICATORIA

  • Está de forma visible, indeleble, destacada y redactada en idioma español, Según Norma IRAM 8412-1

  • En el equipo

  • En el accesorio

  • a) La carga máxima admisible a transportar, (conforme el Sistema Métrico Legal Argentino)

  • b) La tabla de carga y/o curvas que permitan el cálculo de cargas máximas admisibles para distintas condiciones de uso, en el sistema métrico legal argentino.

  • c) La identificación interna del autoelevador.

ARTÍCULO 3°.- CABINA

  • a) Estructura resistente a caida de materiales

  • b) El autoelevador que deba operar con lluvia, nieve, agua nieve, etc.

  • c) Cuenta con cerramiento y un sistema de limpiaparabrisas.

  • d) Cuenta con Aire interior de cerramiento según legislación vigente.

ARTÍCULO 4°.- SISTEMAS DE SEGURIDAD

  • Los mandos de la puesta en marcha, aceleración, elevación y freno poseen sistemas para evitar accionamiento involuntario.

ARTÍCULO 5° - ASIENTO

  • Ergonómico

  • Soporte Lumbar

  • Regulable

  • Neutraliza las las vibraciones

ARTÍCULO 6°.- ELEMENTOS DE SEGURIDAD

  • a) Cinturon de Seguridad

  • b) Luces de Giro - Balizas - Freno - Posicion

  • c) Luces para iluminacion frontal

  • d) Bocina

  • e) Dispositivo de reversa acustico-luminoso

  • f) Espejo Retrovisor en Ambos Lados

  • g) Arrestallamas

  • h) Aislante de Partes Calientes

  • i) Freno Estacionamiento

  • j) Cuñas para trabajos en pendientes

  • k) Extintor

  • m) Acceso / Descenso Seguro

  • n) Superficies antideslizantes en pedales y pisos

ARTÍCULO 7°.- MANUAL DEL OPERADOR

  • Está redactado en idioma español, en el Sistema métrico legal argentino y es accesible al operador.

ARTÍCULO 8°.- ASESORAMIENTO DE HyS

  • a) Cartelería que indique los máximos permitidos según velocidad max. estipulada por la Empresa y el servicio de HyS.

  • b) Medidas de seguridad en desniveles, obstaculos o piso resvaloso

  • c) Señalización en todas las áreas donde se desplace el autoelevador, con cartelería de seguridad, correspondiente a todos los aspectos relacionados con su circulación.

  • d) Prohibición de circulación de personas debajo de la carga elevada.

  • e) Altura de techos cañerías y otras estructuras Pintada y señalizada.

ARTÍCULO 9°.- RAMPAS DE ACCESO Y PASARELAS

  • a) Indicación de peso máximo a soportar para cada rampa.

  • b) Superficies antideslizantes y guardas para desplazamiento laterales

  • c) El ángulo de la rampa es el admisible por el autoelevador.

ARTÍCULO 10.- AMBIENTES EXPLOSIVOSRTICULO 10.- AMBIENTES EXPLOSIVOS

  • Instalaciones y dispositivos de seguridad adecuados.

ARTÍCULO 11.- SEÑALIZACIÓN EN EL AUTOELEVADOR

  • a) Obligacion de Uso del Cinturon de Seguridad

  • b) Riesgo de atrapamiento.

  • c) Aplicación del freno de estacionamiento al salir del vehículo.

  • d) Presión de inflado de los neumáticos.

  • e) Velocidades de circulación autorizadas.

  • f) Prohibición de llevar, elevar o transportar personas.

  • h) Riesgos en la recarga de baterías y recambio de GLP.

  • g) Prohibición de circulación de personas por debajo de la carga.

ARTÍCULO 12.- PERMISOS Y CAPACITACIÓN

  • El autoelevador es operado solo por conductores autorizados por el empleador para tal tarea y que poseen la capacitación.

  • Capacitación teórico-práctico no menor a DIEZ (10) horas con evaluación final con revalidación anual de DOS (2) horas de duración.

ARTÍCULO 14.- CREDENCIAL

  • Nombre, Apellido, DNI

  • Foto

  • Apto Medico

  • Fecha Ultima Capacitacion

  • Calificacion del operario según vehiculo

  • Exhibicion en lugar visible todo el tiempo

ARTÍCULO 16.- CHECK-LIST DIARIO

  • Realizado según el art. 16 de Res. 960

  • Chequeos Pre-turnos

ARTÍCULO 18.- PROTOCOLO DE BLOQUEO

  • Posee la empresa una Señalizado con la prohibición de manejo

ARTÍCULO 20.- SERVICE

  • Revisión Trimestral al día

ARTÍCULO 21.- PROGRAMA DE MANTENIMIENTO

  • Programa interno de mantenimiento preventivo establecido por el fabricante, o de la Empresa. Con registro de mantenimiento correctivo.

ARTÍCULO 22.- RECARGA COMBUSTIBLES

  • Registro de entrega de EPP para la tarea de recarga de combustible /energía.

  • Lugares designados y equipados para el reaprovisionamiento de combustible, la carga de baterías o el recambio de GLP, según la normativa vigente.

  • Procedimiento de trabajo seguro

  • El operario está autorizado para realizar la tarea por la Empresa

  • Registro de Capacitación en Tarea de carga de combustible / energía.

ARTÍCULO 23.- INFLADO DE NEUMATICO

  • Dispositivo que impida la proyección de objetos.

ARTÍCULO 24.- CONDUCCION EN VÍA PÚBLICA

  • Adecuado a Legislacion Provincial / Municipal

  • Auditado por:

The templates available in our Public Library have been created by our customers and employees to help get you started using SafetyCulture's solutions. The templates are intended to be used as hypothetical examples only and should not be used as a substitute for professional advice. You should seek your own professional advice to determine if the use of a template is permissible in your workplace or jurisdiction. You should independently determine whether the template is suitable for your circumstances.