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Auditoría Medioambiental

INFORMACIÓN GENERAL

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TEMAS AUDITADOS/HALLAZGOS

1.-DIRECTRICES AMBIENTALES

  • 1.1.-¿Cuenta con programa de auditorias y evaluación en los últimos 2 meses?

  • Se recomienda realizar este proceso sistemático, independiente y documentado, para obtener las evidencias necesarias y evaluarlas de manera objetiva, con el fin de determinar el grado en el que se cumplen los criterios de auditoría y las directrices medioambientales.

  • 1.2.-¿Cuenta con procedimiento de gestión de residuos (asimilables a domiciliarios o no peligrosos, peligrosos, líquidos, lodos)?

  • Se debe establecer a través de un procedimiento, la metodología para el manejo integral de residuos ,mediante la clasificación, separación y entrega de estos a un gestor autorizado, para evitar los impactos ambientales ocasionados por el mal tratamiento de estos. La generación de residuos es un aspecto ambiental de la actividad desarrollada en el centro comercial y, por lo tanto, se debe disponer de un procedimiento y mecanismo de control.

  • 1.3.-¿Mantiene registro de gestión de residuos (guías de despacho, disposición final)?

  • Se recomienda mantener disponible los registros de residuos generenados, que deberán consignar al menos lo siguiente:
    1.-Cantidad en peso y/o volumen e identificación de las características de los residuos generados.
    2.-Cantidad en peso y/o volumen e identificación de la características de los residuos peligrosos que ingresen o egresen del sitio de almacenamiento.
    3.-Cantidad en peso y/o volumen e identificación de la características de los residuos enviados a terceros para su eliminación.

  • 1.4.-¿Cuenta con registros de consumos de recursos (gas, electricidad, agua)?

  • Se deben mantener los registros necesarios que permitan documentar sistemáticamente el consumo de combustible , electricidad y agua, con el objeto de establecer los indicadores adecuados para mejorar su gestión y efectuar la medición de su huella de carbono.

  • 1.5.-¿Cuenta con registro asociados a de información ambiental (autorizaciones, permisos, fiscalizaciones y/o incidentes ambientales)?

  • Se deben mantener disponibles los registros ante eventuales fiscalizaciones de la autoridad y el cumplimiento de procesos internos de la organización.

  • 1.6.-¿Cuenta con Plan de Capacitaciones en temas ambientales (gestión de residuos, emisiones atmosféricas, manejo de derrames, RETC, entre otros)?

  • Debe contar con un plan de capacitación anual que permita asegurar la correcta gestión ambiental y cumplimiento del plan de trabajo corporativo.

  • 1.7.-¿Cuenta con indicadores que permitan hacer seguimiento a su gestión ambiental?

2.-DECLARACION DE FUENTES FIJAS Y EMISIONES ATMOSFERICAS

  • 2.1.-¿Cumple con informar todas las fuentes fijas en Registro único de Emisiones Atmosféricas (sistema sectorial RUEA)

  • Debe proporcionar, a más tardar el 1 de mayo de cada año, la información sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento y cantidades y tipo de combustibles que empleen los grupos electrógenos a través del formulario N° 138 en los plazos señalados.

    Art. 1, 2 y 3 del DS N° 138/2005 de Ministerio de Salud

  • 2.2.-¿Las fuentes de emisión cuentan con registro sanitario?( Solo Rm)

  • 2.3.-El Grupo Electrógeno cuenta con sistema de Ducto de descarga de gases de combustión

  • 2.4.-¿Mantiene un registro del Nivel de Actividad que individualice horas de trabajo; consumo de combusitble del equipo?

  • Se debe informar y llevar un regostro de actividad de las horas de funcionamiento de los grupos electrógenos, según lo indica el PPDA para el Valle Central de la Región de O´higgins y la Res 164 Ex de 2016 de la SMA.

    Art. tercero de la la Res 164 Ex de 2016 de la Superintendencia del Medio Ambiente

  • 2.5.-Los trabajadores que operaran Grupo Electrógeno, cuentan con Capacitación y Entrenamiento especifico para operar estos equipos

  • Realizar anualmente y cada vez que sea necesario, capacitaciones a los equipos de Mantención sobre la información que debe reportarse a través del formulario N° 138 y el formato de entrega de información. La evidencia del control es el registro de asistencia y la copia de la presentación.

  • 2.6.-Se cuenta con instrucciones de uso del equipo, en forma visible y en español

  • 2.7.-Se cuenta con Programa de Mantención Preventiva de los Grupos Electrógenos al menos de frecuencia anual?

  • Se debe contar con una programa de mantención que asegure el óptimo funcionamiento del equipo. además de cumplir con entregar el informe a la Superintendencia del Medio Ambiente, sobre las mantenciones realizadas al grupo electrógeno, con la periodicidad que indica el plan de prevención y descontaminación de la Región Metropolitana, debiendo contener dicho informe, el nombre del propietario, modelo, año de fabricación, número de identificación, horas de funcionamiento mediante horómetro digital sellado e inviolable sin vuelta a cero, dirección del grupo electrógeno, horas que faltan para alcanzar la vida útil del grupo electrógeno según lo indicado por el fabricante, entre otros.

  • 2.8.-Se cumple el requerimiento legal de reportar en RM Y 6° REGIÓN en las fechas indicadas, el informe anual de mantencion de GE a la superintendencia del Medio Ambiente (sistema SISAT) según Plan de descontaminación respectivo.?

  • Art. 69 del DS N° 31/2017, del Ministerio del Medio Ambiente.
    Cumplir con entregar el informe a la Superintendencia del Medio Ambiente, sobre las mantenciones realizadas al grupo electrógeno, con la periodicidad que indica el plan de prevención y descontaminación de la Región Metropolitana, debiendo contener dicho informe, el nombre del propietario, modelo, año de fabricación, número de identificación, horas de funcionamiento mediante horómetro digital sellado e inviolable sin vuelta a cero, dirección del grupo electrógeno, horas que faltan para alcanzar la vida útil del grupo electrógeno según lo indicado por el fabricante, entre otros.

  • 2.9.-¿Se mantiene algún registro del consumo de combustible de las fuentes fijas?

  • Se deben mantener los registros necesarios que permitan documentar sistemáticamente el consumo de combustible de las fuentes fijas con el objeto de establecer los indicadores requeridos para informar a la autoridad Medioambiental, mejorar su gestión y efectuar la medición de su huella de carbono.

  • 2.10.-¿Los datos de placa del grupo electrógeno se encuenttan visibles en el equipo?

3.-GESTION DE RESIDUOS PELIGROSOS

  • 3.1.-¿Cuenta con bodega de RESPEL autorizada?

  • Se debe dar cumplimiento a DS 148.Art. 29.Todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos deberá contar con la correspondiente autorización sanitaria de instalación, a menos que éste se encuentre incluido en la autorización sanitaria de la actividad principal.

  • 3.2.-¿Mantiene un registro de los residuos peligrosos generados?

  • El sistema de registro de residuos peligrosos que se generen, deberá consignar por lo menos:
    1.-Cantidad en peso y/o volumen e identificación de las características de peligrosidad de los residuos peligrosos generados.
    2.-Cantidad en peso y/o volumen e identificación de la características de peligrosidad de los residuos peligrosos que ingresen o egresen del sitio de almacenamiento.
    3.-Cantidad en peso y/o volumen e identificación de la características de peligrosidad de los residuos peligrosos enviados a terceros para su eliminación.

  • 3.3.-¿Cuenta con cuadro de incompatibilidad de residuos peligrosos?

  • Deberá implementarse tabla de incompatibilidades y dar cumplimiento a DS 148.Artículo 9 .Sólo se podrán mezclar o poner en contacto entre sí, residuos peligrosos cuando sean de naturaleza similar o compatible. Para estos efectos la “Tabla de Incompatibilidades” del artículo 87 del DS 148 tendrá carácter referencial.

  • 3.4.-¿Dispone de los formularios SIDREP correspondientes a los despachos y disposicion final de residuos peligrosos realizados?

  • 3.5.-¿Cuenta con procedimiento para manejo de RESPEL?

  • Disponer de un procedimiento de manejo de residuos peligrosos que detalle de los procedimientos internos para recoger, transportar, embalar, etiquetar y almacenar los residuos . Deberá contener la Identificación de los procesos de eliminación a los que serán sometidos los residuos peligrosos, explicitando los flujos y procesos de reciclaje y/o reuso. El procedimiento debe establecer durante las diferentes etapas del manejo de tales residuos, todas las medidas necesarias para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente.

  • 3.6.-¿ Existen HDS de los residuos peligrosos?

  • Se debe disponer en la bodega de residuos peligrosos, las Hojas de Datos de Seguridad de todos los residuos almacenados en ella.

  • 3.7.-¿Los residuos lmacenados se encuentran identiificados y etiquetados de acuerdo a DS 148?

  • 3.8.-¿El área circundante se encuentra con vías de tránsito y accesos despejados, y libre de materiales combustibles alrededor ?(maderas, Cartones, papeles, Plásticos)

  • Se sugiere mantener despejados los accesos y vías de circulación despejados de manera de reaccionar en forma rápida y expedita frente a una emergencia.

  • 3.9.-¿Cuenta con sistema de extinción de incendio operativo?

  • 3.10.-¿Los depósitos y recipientes , se encuentran en buen estado y rotulados adecuadamente sin mezcla de residuos según requerimientos de DS 148?

4.-GESTION DE RESIDUOS NO PELIGROSOS

  • 4.1.-¿Las áreas de almacenamiento temporal de Residuos No, Peligrosos estan identificadas?

  • 4.2.-¿Cuenta con registros de retiro, traslado y disposición final de los residuos no peligrosos , Declaración Sinader?. Plásticos, cartón, vidrio, etc.

  • Se deben reportar mensualmente los residuos no peligrosos generados en el mes anterior, entregando la información en la forma, modo y plazos, de manera de informar a través de ventanilla única en el sistema Nacional de Residuos (SINADER).

    Art. 25 del D.S. N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. D.S. N° 1 de 2013 del Ministerio del Medio Ambiente / Art. 9 de la Res Ex N°144/2020 del Ministerio del Medio Ambiente

  • 4.3.-¿El acceso a las áreas de manejo de residuo es controlado?

  • 4.4.-¿Conoce el alcance del contrato del servicio de manejo de residuos no peligrosos?

  • 4.5.-¿Cuenta con procedimiento para gestión de residuos?

  • 4.6.-¿Las áreas de manejo de residuos se encuentran limpias y ordenadas ?

  • 4.7.-¿Segrega los residuos según su tipo y clasificación?

  • 4.8.-¿Cuenta con sala de basura que cumpla con la norma?

  • D 10. Artículo 21.- Aquellos locales cuya generación de basura sobrepase los 700 litros de residuos sólidos del tipo domiciliario o asimilable, calculado como promedio diario sobre la base del día de la semana de mayor carga ocupacional, deberán contar con salas de almacenamiento de basuras con capacidad para almacenar las basuras durante el tiempo necesario, según la periodicidad de retiro del municipio correspondiente.

  • Artículo 20.- Para la acumulación de la basura, los locales deberán contar con recipientes con tapa, de material lavable, resistentes, no absorbentes, en buen estado de uso y en número suficiente para recibir todos los desperdicios producidos en el recinto en los momentos de máxima utilización. Los depósitos deben ser fáciles de manejar y limpiar y disponer de mecanismos que eviten la emanación de olores molestos y el ingreso de vectores de interés sanitario.

  • 4.9.-¿Dispone de registros de capacitación relativos a la gestión de residuos no peligrosos?

  • 4.10-¿Es adecuado el manejo de los residuos no peligrosos de las tiendas ancla?

  • 4.11.-¿Cuenta con puntos de almacenamientos de residuos segregados (cartón, plástico, entre otros)?

  • 4.12.-¿Hay un programa de trabajo en fomento al reciclaje?

  • 4.13.-¿Dispone de antecedentes para el control de vectores en el establecimiento?

  • D10 Artículo 13.- Cuando se detecte la presencia de vectores de interés sanitario, se deberán tomar todas las medidas de saneamiento y control necesarias para eliminar los focos de proliferación y atracción, así como las vías de acceso de los vectores al establecimiento, debiendo procederse a la fumigación, desinfección, desinsectación y/o desratización, según proceda, lo que deberá llevarse a cabo, fuera de las horas de funcionamiento habitual del establecimiento, por empresas aplicadoras de plaguicidas de uso doméstico y sanitario que cuenten con la respectiva autorización otorgada por la autoridad sanitaria competente, de conformidad con el Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico vigente.

5.-SUSTANCIAS PELIGROSAS - ASEO

  • 5.1.-¿Existe ( área) almacenamiento exclusivo para sustancias peligrosas (autorizado si corresponde)?. Para pequeñas cantidades ( Max 600 lkg) en estanterías de material liso no absorbente

  • Artículo 19.- Podrán almacenarse sustancias peligrosas envasadas en estanterías de material liso no absorbente, en instalaciones que no estén destinadas al almacenamiento o que no constituyan una bodega, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg o L.

  • 5.2.-¿Tiene una identificación de las sustancias químicas utilizadas?

  • DS 43. Deberá contener información sobre : a) Información sobre Nombre Comercial y Nombre Químico b) Indicaciones de Seguridad que contemple como mínimo: medidas de primeros
    auxilios, Información Toxicológica, Manipulación y Almacenamiento c) Identificación del Proveedor o Fabricante d) Etiquetado de Acuerdo a Nch2190Of2003 e) Número de Naciones Unidas – Listado en la NCh 382:2013 f) Teléfono de emergencias que funcione las 24 horas

  • 5.3.-Existe Cuadro de incompatibilidades de Sustancias químicas peligrosas?

  • 5.4.-¿Existe procedimiento de manejo de sustancias químicas?

  • Procedimientos de operación de la instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas
    deberán consignarse por escrito, estar en conocimiento de todo el personal asociado.

  • 5.5.-¿El lugar donde están almacenadas las sustancias peligrosas, cuenta con un sistema de control de derrames?

  • DS 43 Si se almacenan sustancias, clase 6.1 en envases menores a 25 kg y los de vidrio, deberán estar en estantería de material no absorbente, lavable, cerradas, con control de derrames, ventilación y señalizada.

  • 5.6.-¿Hay capacitaciones en el manejo de sustancias químicas?

  • 5.7.-¿El lugar donde están almacenadas las sustancias peligrosas cuenta un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, compatibles con los productos almacenados?

  • 5.8.-¿Hay plan de emergencia?

  • 5.9.-¿Las Sustancias almacenadas cuentan con hojas de seguridad disponibles?

  • DS 43 Deberá existir un registro impreso o electrónico, en idioma español, al interior de la empresa, pero fuera de la instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas, el que deberá estar a disposición del personal que trabaja o transita por ella, como también de los organismos fiscalizadores
    Deberán estar disponibles las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias almacenadas de acuerdo a Norma Chilena Oficial Nº 2245 del 2015.

  • 5.10.-¿Si existen envases menores a 5kg o de vidrio , las estanterías son de material no absorbente, liso , lavable, cerradas o con sistema antivuelco, con control de derrames y ventilación para evitar la acumulación de gases en su interior?

  • Dar cumplimiento Artículo 23.- Los envases menores o iguales a 5 kg o L y los de vidrio, deberán estar en estanterías de material no absorbente, liso y lavable, cerradas o con sistema antivuelco, con control de derrames y ventilación para evitar la acumulación de gases en su interior

  • 5.11.-¿La Bodega cuenta con señalización y pictogramas de acuerdo a DS 43 y NCh. 2190 Of 2003?

  • Se deben identificar las Sustancias peligrosas según Clasificación NCh 382:2017, se clasifican en nueve clases, a saber: explosivos, gases, líquidos inflamables, sólidos inflamables, sustancias comburentes y peróxidos orgánicos, sustancias tóxicas e infecciosas, sustancias radiactivas, sustancias corrosivas, sustancias y objetos peligrosos varios. Identificarlas según normas internacionales, por medio de señalética consistente en etiquetas de colores, símbolos y números, según lo señalado en Norma Chilena NCh 2190:2003

6.-SUSTANCIAS PELIGROSAS - MANTENCIÓN

  • 6.1.-¿Existe ( área) almacenamiento exclusivo para sustancias peligrosas (autorizado si corresponde)?. Para pequeñas cantidades ( Max 600 lkg) en estanterías de material liso no absorbente

  • Artículo 19.- Podrán almacenarse sustancias peligrosas envasadas en estanterías de material liso no absorbente, en instalaciones que no estén destinadas al almacenamiento o que no constituyan una bodega, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg o L.

  • 6.2.-¿Tiene una identificación de las sustancias químicas utilizadas?

  • Deberá existir un registro impreso o electrónico, en idioma español, al interior de la empresa, pero fuera de la instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas, el que deberá estar a disposición del personal que trabaja o transita por ella, como también de los organismos fiscalizadores. DS 43.

    Deberá contener información sobre : a) Información sobre Nombre Comercial y Nombre Químico b) Indicaciones de Seguridad que contemple como mínimo: medidas de primeros
    auxilios, Información Toxicológica, Manipulación y Almacenamiento c) Identificación del Proveedor o Fabricante d) Etiquetado de Acuerdo a Nch2190Of2003 e) Número de Naciones Unidas – Listado en la NCh 382:2013 f) Teléfono de emergencias que funcione las 24 horas

  • 6.3.-Existe Cuadro de incompatibilidades de Sustancias químicas peligrosas?

  • 6.4-¿Existe procedimiento de manejo de sustancias químicas?

  • Procedimientos de operación de la instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas
    deberán consignarse por escrito, estar en conocimiento de todo el personal asociado

  • 6.5.-¿El lugar donde están almacenadas las sustancias peligrosas cuenta con un sistema de control de derrames?

  • DS 43 Si se almacenan sustancias, clase 6.1 en envases menores a 25 kg y los de vidrio, deberán estar en estantería de material no absorbente, lavable, cerradas, con control de derrames, ventilación y señalizada.

  • 6.6.-¿Hay capacitaciones en el manejo de sustancias químicas?

  • 6.7.-¿El lugar donde estén almacenadas las sustancias peligrosas cuenta un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, compatibles con los productos almacenados?

  • 6.8.-¿Hay plan de emergencia?

  • 6.9.-¿Las Sustancias cuentan con hojas de seguridad?

  • DS 43 Deberá existir un registro impreso o electrónico, en idioma español, al interior de la empresa, pero fuera de la instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas, el que deberá estar a disposición del personal que trabaja o transita por ella, como también de los organismos fiscalizadores
    Deberán estar disponibles las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias almacenadas de acuerdo a Norma Chilena Oficial Nº 2245 del 2015.

  • 6.10.-¿Si existen envases menores a 5kg o de vidrio , las estanterías son material no absorbente, liso , lavable, cerradas o con sistema antivuelco, con control de derrames y ventilación para evitar la acumulación de gases en su interior?

  • 6.11.-¿La Bodega cuenta con señalización y pictogramas de acuerdo a DS 43 y NCh. 2190 Of 2003?

  • Se deben identificar las Sustancias peligrosas según Clasificación NCh 382:2017, se clasifican en nueve clases, a saber: explosivos, gases, líquidos inflamables, sólidos inflamables, sustancias comburentes y peróxidos orgánicos, sustancias tóxicas e infecciosas, sustancias radiactivas, sustancias corrosivas, sustancias y objetos peligrosos varios. Identificarlas según normas internacionales, por medio de señalética consistente en etiquetas de colores, símbolos y números, según lo señalado en Norma Chilena NCh 2190:2003

7.-RESIDUOS LÍQUIDOS

  • 7.1.-¿Cuentan con convenio para efectuar sus descargas al alcantarillado?

  • 7.2.-¿Se cuenta con una programa de limpieza de alcantarillado (limpieza y mantención estructural de alcantarillado, cámaras y lineas de descarga ?

  • 7.3.-¿El área de lavado de mopas es eficiente?

  • 7.4.-¿Se realiza declaración de lodos/ sólidos, enviados a disposicion final/( SINADER)?

  • 7.5.-Se dispone evidencia del control de aguas residuales (Informe de analisis fisico quimico de aguas; control de materia orgánica (sistema biotecnologico de inyección de bacterias)

  • Se debe asegurar que se realice el monitoreo de acuerdo al programa de autocontrol de RILES, en los establecimientos que en algún momento excedieron los parámetros en la medición efectuada por la sanitaria correspondiente a su zona de concesión. La evidencia de control es cumplimiento de programa y resultados de muestreos.

  • Anualmente, el Subgerente de Centros Comerciales coordina con un proveedor externo, la realización de muestreos de autocontrol para medir los parámetros de los RILES, y con ello implementa acciones preventivas/correctivas para mejorar la calidad del RIL según los resultados obtenidos en los mestreos de autocontrol. La evidencia del control es la programación anual de servicios y la evidencia de los muestreos realizados.

  • 7.6.-Se dispone de antecedentes de resultados de monitoreo de aguas residuales, efectuados por empresa sanitaria a la unidad de descarga del centro comercial?

PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL

  • Observaciones PGA

COMENTARIOS

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