Página de título
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EMPRESA
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FECHA INICIO
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FECHA FIN
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TÉCNICO
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MOTIVO
EN LA VISITA:
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Explicación del funcionamiento de la web
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Se explica a la empresa el funcionamiento de la web y la importancia de revisar la misma periódicamente para tener actualizada toda la información.
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¿Planificación cumplimentada?
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La empresa cumplimentará la planificación preventiva, incluyendo para cada actividad preventiva el plazo para llevarla a cabo, la designación de responsables y los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución, según lo indicado en artículo 16, punto 2 apartado b) de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales
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¿Se entregan los epis requeridos?
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La empresa pondrá a disposición de los trabajadores los equipos de protección individual correspondientes a su puesto de trabajo y controlará su adecuada utilización. La entrega de los equipos de protección individual quedará registrado por escrito. Articulo 3 del RD 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
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Se recuerda a la empresa na necesidad de realizar el registro de la entrega de los equipos de protección individual.
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¿Existen modificaciones de equipos, productos químicos, trabajadores?
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Se recuerda a la empresa la necesidad de comunicar al SPA los cambios en maquinaria, productos químicos, altas y bajas del personal, personal especialmente sensible, etc., para poder revisar y actualizar su evaluación de riesgos.
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¿Se manejan productos químicos?
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La empresa proporcionará al Servicio de prevención ajeno la relación de preparados químicos y la fichas de datos de seguridad de cada preparado para realizar valoración de los riesgos de estos y su utilización e incluirlo en la evaluación de riesgos. Artículo 3 RD 374/2001 sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
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¿Todos los trabajadores disponen de formación?
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La empresa proporcionará formación e información sobre los riesgos del puesto de trabajo en el momento de la incorporación de trabajadores a la empresa. Artículo 18 y 19 Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales
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¿Los trabajadores pasan reconocimiento médico?
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La empresa realizará el reconocimiento médico a los trabajadores de nueva incorporación a la empresa. Artículo 22 Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales
DOCUMENTACIÓN
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DOCUMENTACIÓN SOLICITADA
FORMACIÓN
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NECESIDADES FORMATIVAS
DEFICIENCIAS/SOLUCIONES
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DEFICIENCIAS
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SOLUCIONES
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FIRMA