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EVALUACION DEL RIESGO Y CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LA EDIFICACION
MEDIOS DE EVACUACION, SEÑALIZACIÓN Y OTROS
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1. Los medios de evacuación (pasadizos, escaleras, accesos y salidas) del establecimiento presentan un ancho mínimo de 1.20 m y/o que permitan la evacuación de las personas de manera segura. RNE A.010
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1. () ampliar los medios de evacuación (pasadizos, escaleras, accesos y salidas) del establecimiento de manera de cumplir con el ancho minino de 1.20 m o que permita la evaluación de las personas de manera segura RNE A.010
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2. Los medios de evacuación (pasadizos, escaleras, accesos y salidas) se encuentran libres de obstáculos. RNE A.130 Art 13; A.010 Art 25
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2. ( ) Retirar los obstáculos de los medios de evacuación (pasadizos, escaleras, accesos y salidas). RNE A.130 Art 13; A.010 Art 25 En:
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3. El establecimiento cuenta con señalización de seguridad (direccionales de salida, salida, zona segura en caso de sismo, riesgo eléctrico, extintores, otros). RNE A.130, Art. 39; NTP 399.010 1
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3. ( ) Implementar / completar la señalización de seguridad (direccionales de salida, salida, zona segura en caso de sismo, riesgo eléctrico, extintores, otros), según lo establecido en el RNE A.130, Art. 39 y la NTP 399.010 1 En:
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4. Cuenta con luces de emergencia operativas. RNE A130 Art. 40
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4. ( ) Dar mantenimiento a las luces de emergencia inoperativas. RNE A130 Art. 40. En:
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5. Las puertas que se utilizan como medios de evacuación abren en el sentido del flujo de los evacuantes o permanecen abiertas en horario de atención, sin obstruir la libre circulación y evacuación. RNE A130 Art. 5 y 6
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5. ( ) Acondicionar las puertas que se utilizan como medios de evacuación para que abran en el sentido del flujo de los evacuantes o permanezcan abiertas en horario de atención, sin obstruir la libre circulación y evacuación. RNE A130 Art. 5 y 6 En:
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6. En caso de contar con un ambiente con aforo mayor a 100 personas, en cualquier caso, la puerta de salida cuenta con barra antipánico. RNE A130 Art. 8
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6. ( ) Instalar barra antipánico en puerta de salida de ambiente con aforo mayor a 100 personas. RNE A130 Art. 8 En:
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7. No cuenta con material combustible o inflamable debajo de las escaleras que sirvan como medios de evacuación (cartones, muebles, plásticos otros similares). RNE A.010 Art. 26, b16
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7. ( ) Retirar debajo de las escaleras utilizadas como medios de evacuación el material combustible o inflamable (cartones, muebles, plásticos otros similares). RNE A.010 Art. 26, b16 En:
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8. Las escaleras cumplen con las caraceristicas en numero y tipo (incluye excepciones de la norma señaladas en el RNE A010 art 28) pasos, dimensiones, contrapasos, descansos y barandas correspondientes al tipo de la edificación y su altura. RNE A.010 hasta la A.110; A.140
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8. ( ) Colocar pasamanos a ambos lados en escaleras de evacuacion o escalera integrada utilizada como medio de evacuacion con ancho minimo de 1.20M hasta 2.40M RNE A.010 hasta la A.110; En:
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9. Las escaleras que comunican todos los niveles de la edificacion, son continuas desde el primer piso hasta el ultimo en sentido vertical u horizontal estan intercomunicadas entre si, por pasadizos de circulacion libre. Barreras de contencion y direccionamiento en piso de evacuacion en escaleras con continuidad a niveles inferiores de la salida de evacuacion. Las escaleras a los sotanos podran ser independientes; RNE A.010: 26 b.4
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9. ( ) Instalar barrera de contencion y direccionamiento en nivel de salida de evacuacion de la escalera para evitar seguir evacuando hacia el sotano. RNE A.010: 26 b.4 En:
INSTALACIONES ELÉCTRICAS
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1. El gabinete es de material metálico o de resina termoplástica y/o se encuentran en buen estado de conservación. CNEU 020.024, 020.026 b
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1. ( ) Instalar un gabinete de material metálico o de resina termoplástica y/o debe encontrase en buen estado de conservación. CNEU 020.024, 020.026 b. En:
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2. Cuenta con interruptores termomagnéticos y corresponden a la capacidad de corriente de los conductores eléctricos que protege. No utiliza llaves tipo cuchilla. CNEU 080.010, 080.100, 080.400
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2. ( ) Instalar interruptores termomagnéticos que correspondan a la capacidad de corriente de los conductores eléctricos que protege. Retirar las llaves tipo cuchilla. CNEU 080.010, 080.100, 080.400 En:
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3. Cuenta con un circuito eléctrico por cada interruptor termomagnético. El tablero tiene un interruptor general en su interior o adyacente al mismo. CNEU 080.010, 080.100, 080.400
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3.1. ( ) Independizar los circuitos eléctricos de manera de tener un interruptor termomagnético por circuito. 3.2. ( ) Instalar un interruptor general al interior del tablero o adyacente al mismo. CNEU 080.010, 080.100, 080.400 En:
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4. No utiliza conductores flexibles (tipo mellizo) en instalaciones permanentes de alumbrado y/o tomacorriente. CNEU 030.010.3
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4. ( ) Retirar conductores flexibles (tipo mellizo) en instalaciones permanentes de alumbrado y/o tomacorriente. CNEU 030.010.3 En:
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5. Los circuitos de tomacorrientes no están sobrecargados con extensiones o adaptadores. CNEU 080.100 a
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5. ( ) Retirar extensiones o adaptadores de los circuitos de tomacorrientes sobrecargados. CNEU 080.100 a En:
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6. En locales de pública concurrencia construidos con posterioridad a abril del 2008 tales como: cines, teatros, auditorios, estadios, ferias, parques de atracciones, salas de fiesta, discotecas, salas de juego de azar y similares, templos, museos, salas de conferencias, establecimientos comerciales, centros comerciales, mercados, hoteles y similares, hospitales, clínicas, bibliotecas, colegios, universidades y otros, las instalaciones eléctricas de cables y conductores eléctricos deben ser del tipo no propagador del incendio, con baja emisión de humos, libre de halógenos y ácidos corrosivos. CNEU 010.010.4, 020.126 (RM No. 1752008MEM/DM)
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6. ( ) Instalar cables y conductores eléctricos del tipo no propagador del incendio, con baja emisión de humos, libre de halógenos y ácidos corrosivos en cines, teatros, auditorios, estadios, ferias, parques de atracciones, salas de fiesta, discotecas, salas de juego de azar y similares, templos, museos, salas de conferencias, establecimientos comerciales, centros comerciales, mercados, hoteles y similares, hospitales, clínicas, bibliotecas, colegios, universidades y otros. CNEU 010.010.4, 020.126 (RM No. 1752008MEM/DM) En:
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7. La alimentación eléctrica a la bomba de agua contra incendios es independiente, no controlada por el interruptor general del edificio e interconectada al grupo electrógeno de emergencia del edificio, en caso de tenerlo. RNE IS 010.4.2. j
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7. ( ) Conectar a la bomba de agua contra incendios, de forma independiente, no controlada por el interruptor general del edificio e interconectada al grupo electrógeno de emergencia del edificio, en caso de tenerlo. RNE IS 010.4.2. j En:
MEDIOS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
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Cuenta con extintores operativos y en cantidad adecuada de acuerdo al riesgo existente en el establecimiento. NTP 350.043:2011
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1. ( ) Realizar mantenimiento a los extintores inoperativos e implementar una cantidad adecuada de acuerdo al riesgo existente en el establecimiento según la memoria descriptiva presentada. NTP 350.043:2011 En:
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Los extintores cuentan con tarjeta de control y mantenimiento actualizada, se encuentran operativos, a una altura no mayor de 1.50m, numerados, ubicados en los lugares accesibles. Los extintores tienen constancia de operatividad y mantenimiento. RNE A 130 ART 163, 165; NTP 350.0431s
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2.1. ( ) Actualizar la tarjeta de control y mantenimiento. 2.2. ( ) Instalar los extintores a una altura no mayor de 1.50m y numerados. 2.3. ( ) Ubicar los extintores en lugares accesibles. 2.4. ( ) Actualizar la constancia de operatividad y mantenimiento. RNE A 130 ART 163, 165; NTP 350.0431s En:
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Los extintores ubicados a la intemperie están colocados dentro de gabinetes o cobertores. RNE A 130 ART 163, 165; NTP 350.0431
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3. ( ) Colocar los extintores ubicados a la intemperie dentro de gabinetes o cobertores. RNE A 130 ART 163, 165; NTP 350.0431 En:
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Cuenta con plan de seguridad para hacer frente a los riesgos de incendio y otros vinculados a la actividad, para establecimientos de dos a más pisos. DS N° 0022018 PCM
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4. ( ) Desarrollar el plan de seguridad según lo establecido en el literal e), numeral 2.2.1.3 del Manual de Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones. DS N° 0022018 PCM En:
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Las mangueras del tipo flexible de los cilindros (balones) de Gas Licuado de Petróleo (GLP) tipo 10 (de capacidad hasta 25kg) se encuentran en buen estado de conservación (sin rajaduras, libres de grasa, limpias, con sujeción firme con abrazaderas. DS N° 02794 EM
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5.1 ( ) Cambiar las mangueras de tipo flexible deterioradas, rajadas y/o limpiarlas de la grasa. 5.2 ( ) Fijar la manguera con abrazaderas. DS N° 02794 EM. En:
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Las instalaciones de GLP que utilizan cilindros tipo 45 (de capacidad mayor a 25Kg), tienen tuberías de cobre o fierro galvanizado. DS N° 02794 EM
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6. ( ) Instalar tuberías de cobre o fierro galvanizado en las instalaciones de GLP que utilizan cilindros tipo 45 (de capacidad mayor a 25Kg). DS N° 02794 EM. En:
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Los cilindros de GLP están alejados de interruptores a una distancia mayor a 0.30m, y mayor a 0.50m de tomacorrientes, se ubican en lugares ventilados y alejados de cualquier fuente de calor. DS N° 02794 EM
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7.1 ( ) Alejar los cilindros de GLP de interruptores a una distancia mayor a 0.30m, y de tomacorrientes a una distancia mayor a 0.50m. 7.2. ( ) Ubicar los cilindros de GLP en lugares ventilados y alejados de cualquier fuente de calor. DS N° 02794 EM. En:
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Los cilindros de GLP no se encuentran ubicados en nivel de semisótano, sótanos, cajas de escalera, pasillos, pasadizos de uso común y vía pública. DS N° 02794 EM
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8. ( ) Retirar los cilindros de GLP ubicados en nivel de semisótano, sótanos, cajas de escalera, pasillos, pasadizos de uso común y vía pública. DS N° 02794 EM. En:
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En escaleras presurizadas, la alimentación de energía para los motores del ventilador debe contar con dos fuentes independientes, de transferencia automática. RNE A 130 Art. 34
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9. ( ) Instalar dos fuentes de alimentación de energía independientes para los motores del ventilador y con transferencia automática. RNE A 130 Art. 34 En:
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El sistema de presurización se encuentra en buen estado de conservación y operativo. CNEU 010.0103
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10. ( ) Realizar mantenimiento y/o actualizar el protocolo de operatividad y mantenimiento del sistema mecánico de presurización de la escalera emitido por una empresa especializada o profesional calificado. CNEU 010.0103 En:
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Cuenta con un sistema de proteccion contraincendios a base de agua en función al tipo de edificación, área, altura, y clasificacion del riesgo. RNE A130 Art.100 y 102 (DISEÑO) NFPA 14. VIVIENDA art 66, 67, 69, y 70 art 71 y 75 art 81 art 89 art 99 art.100, 102, 117, y 152) art 172, 179, y 181, 185 , 186, 187, 188, y 189.art 197 , 201 , 205 , 208 , 213 y 214 RNE A.100 art 25 y 26. INDUSTRIAS DS 42F, CAPITULO II, Seccion 2da Art 145
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11. ( ) Implementar y/o realizar mantenimiento al sistema de protección contraincendios a base de agua. Presentar o actualizar el protocolo de operatividad y mantenimiento. RNE A130 En:
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Para todas las edificaciones se debe cumplir con las distancias máximas de recorrido hasta una zona segura exterior o hasta una escalera del tipo de evacuación. Los rociadores son de uso obligatorio en las edificaciones donde sea requerido de acuerdo a la norma en particular de cada tipo de edificación. NFPA 13. RNC S2241,2, RNE A.130 Art 102.A; Art 162 A.130 Art 161.COMERCIO RNE A.130 Art 89, y 96 OFICINAS RNE A.130 Art 99; ALMACENES RNE A.130 ART 171, ART 181 (ALT MENOR A 3.7), 185 (ALT ENTRE 3.70 Y 7.6), 186 (ALT MAYOR A 7.6), Art 188, 189, y 192; INDUSTRIAS USAR DS 42F art 114, 157, 158,
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12. ( ) Instalar / realizar mantenimiento al sistema de rociadores. Presentar o actualizar el protocolo de operatividad y mantenimiento, así como la memoria descriptiva del sistema por empresa especializada o profesional calificado. RNE A130 Art. 162 En:
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Las puertas de la escalera de evacuación cumplen con las caracteristicas de resistencia al fuego y cuentan con accesorios (cierrapuertas, barra antipanico) segun corresponda, en base al riesgo, tipo, uso y altura de la edificacion. RNE A.010 Art. 26 b), A.130:art.,78, 1011, A 010 Art. 26.b,A.060 art. 13.)
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13.1. ( )Instalar puertas cortafuego de resistencia adecuada. 13.2. ( ) Presentar certificacion del fabricante y/o proveeedor autorizado de resistencia al fuego de los marcos, puertas, y accesorios de evacuación. 13.3. ( ) Presentar declaracion jurada de resistencia al fuego de la puerta en caso de edificaciones anteriores a junio del 2006 firmada por el propietario de la edificación. RNE A.010 Art. 26 b), A.130:art.,78, 1011, A 010 Art. 26.b,A.060 art. 13.) En:
PARA LA FUNCIÓN COMERCIO
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Cuenta con un sistema de detección y alarma de incendios centralizado operativo. Se encuentran exceptuados. RNE A.130 Art 89
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1. ( ) Instalar / realizar mantenimiento al sistema de detección y alarma de incendios centralizado. Presentar o actualizar el protocolo de operatividad y mantenimiento. RNE A.130 Art 89. En:
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Cuenta con extintores operativos en cantidad adecuada de acetato de potasio para ambientes que cuentan con freidora, producen humos y vapores de grasa. NTP 350.043:2011; RNE A130 Art. 165
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2. ( ) Instalar / realizar mantenimiento a los extintores de acetato de potasio. Presentar o actualizar el protocolo de operatividad y mantenimiento. NTP 350.043:2011; RNE A130 Art. 165 En:
PARA LA FUNCIÓN ENCUENTRO
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Cuenta con un sistema de detección y alarma de incendios centralizado operativo. Están exceptuados los locales menores a 100m2 de área techada. RNE A.130 Art 53
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1. ( ) Instalar / realizar mantenimiento al sistema de detección y alarma de incendios. Presentar o actualizar el protocolo de operatividad y mantenimiento. RNE A.130 Art 53 En:
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En salas de centro de diversion y espectaculos, el numero y dimension de las puertas de escape depende del numero de ocupantes y de la necesidad de evacuarlos en un maximo de 3 minutos. Los locales ubicados a uno o mas pisos por encima o por debajo del nivel de acceso al exterior deberán contar con una o mas salidas de emergencia de las escaleras de uso general que constituya una ruta de escape alterna, conectada a la escalera de emergencia con acceso directo al exterior. RNE A.100 Art. 8,16 c),A.130 22)
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2.1. ( ) Ampliar y/o incrementar salidas existentes para cumplir con las dimensiones de ancho minimo de
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ml. 2.2. ( ) Construir una escalera de ancho
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ml como una salida alterna independiente de salida de la escalera de uso general y conectada a la escalera de emergencia a prueba de humo con acceso directo al exterior. 2.3. ( ) Reducir aforo y mobiliario para cumplir con los medios de evacuacion existentes. RNE A.100 Art. 8,16 c),A.130 22) En:
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Cuenta con extintores operativos en cantidad adecuada de acetato de potasio (Tipo K) para ambientes que cuentan con freidora, producen humos y vapores de grasa. NTP 350.043:2011; RNE A130 Art. 165
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3. ( ) Instalar / realizar mantenimiento a los extintores de acetato de potasio. Presentar o actualizar el protocolo de operatividad y mantenimiento. NTP 350.043:2011; RNE A130 Art. 165 En:
PARA LA FUNCIÓN DE OFICINAS ADMINISTRATIVAS
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Cuenta con un sistema de detección y alarma de incendios centralizado operativo. RNE A.130 Art 99
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1. ( ) Instalar / realizar mantenimiento al sistema de detección y alarma de incendios. Presentar o actualizar el protocolo de operatividad y mantenimiento. RNE A.130 Art 53 En:
PARA LA FUNCIÓN SALUD
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En caso de contar con un sistema de detección y alarma de incendio centralizado, este se encuentra operativo; esto es obligatorio para centros de salud de dos o más pisos. RNE A.130 Art 53
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1. ( ) Instalar / realizar mantenimiento al sistema de detección y alarma de incendios. Presentar o actualizar el protocolo de operatividad y mantenimiento. RNE A.130 Art 53 En:
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En caso de contar con escalera de evacuación presurizada, el sistema debe encontrarse operativo. RNE A 010.Art 26b
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2. ( ) Realizar mantenimiento al sistema de presurización de la escalera de evacuación y a sus componentes. Actualizar el protocolo de operatividad y mantenimiento. RNE A 010.Art26b En:
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En caso de contar con un sistema de protección contra incendios a base de agua, (gabinetes contra incendio y/o rociadores), estos se encuentran operativos. Para centros de salud de tres o más niveles es obligatorio. RNE A130 Art.100, 159, 160, 105, 153
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3. ( ) Instalar / realizar mantenimiento al sistema de protección contra incendios a base de agua, (gabinetes contra incendio y/o rociadores). Presentar / actualizar la constancia de operatividad y mantenimiento. RNE A130 Art.100, 159, 160, 105, 153. En:
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La sala de operaciones y de partos, cuentan con piso conductivo antiestatico, de resistencia entre 0.5 y 1.0 megaohmios. RM N° 6602014/MINSA
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4. ( ) Instalar en la sala de operaciones y de partos , pisos conductivos antiestaticos de resietencia entre 0.5 y 1.0 megaohmios. RM N° 6602014/MINSA
PARA LA FUNCIÓN HOSPEDAJE
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Cuenta con extintores operativos en cantidad adecuada, de acetato de potasio (Tipo K) para ambientes que cuentan con freidora, producen humos y vapores de grasa. NTP 350.043:2011; RNE A130 Art. 165
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1. ( ) Instalar / realizar mantenimiento a los extintores de acetato de potasio. Presentar protocolo de operatividad y mantenimiento. NTP 350.043:2011; RNE A130 Art. 165 En:
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Cuenta con un sistema de detección y alarma de incendios centralizado y se encuentra operativo. RNE A.130 Art 71
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2. ( ) Instalar / realizar mantenimiento al sistema de detección y alarma de incendios. Presentar o actualizar la constancia de operatividad y mantenimiento. RNE A.130 Art 53 En:
PARA LA FUNCIÓN ALMACÉN
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Almacenaje no techado de productos peligrosos.Las mercancias deben ser almacenadas en funcion al tipo de riesgo, no juntando o almacenando productos que reaccionan entre si y/o que no son compatibles, de acuerdo a las guias NFPA 49 491, RNE A130 Art. 175, Art 176, Art 177, Art 178.NFPA 704.D.S.042 F. Art. 1020 Almacenaje techado de productos peligrosos.Los almacenes mayores a 250 m2 destinados a carga y/o mercaderias y/o materiales peligrosos, deberan ser diseñados y protegidos segun NFPA 5000.Basados en el grado de peligrosidad y cantidad de mercancia almacenada. RNE A.130 Art 188
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1.1. ( ) Clasificar y almacenar productos y materiales peligrosos (productos quimicos peligrosos) de acuerdo a las hojas de seguridad correspondientes (MSDS) RNE A130 Art. 175, Art 1762. 1.2. ( ) Almacenar los materiales peligrosos con proteccion permanente, estable, impermeable y separado del suelo, con un sistema de drenaje adecuado. RNE 130 ART 177, ART 178 En: 1.3. ( ) Exhibir en lugar visible de acceso a las zonas de almacenaje, las etiquetas de los materiales peligrosos, guia de respuesta de emergencia, y hojas de seguridad del producto. (D.S.042 F. Art. 1020) En:
PARA LA FUNCIÓN INDUSTRIA
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En salas de calderas, la puerta se ubica a una distancia no mayor de 15 metros y abre hacia afuera. Cerramiento en colindancia con ambiente donde se fabriquen , empleen o manipulen material explosivo o altamante inflamable o en colindancia con ambientes de uso publico o vias de evacuacion, se encuentran cerrados completamente con muros resistentes al fuego de minimo 2 horas. RNC VII14.2, RNE: NTP 350.3022009 art 5.1.2 a), b) c) D.S. 42 F Art. 458, 445, 457, UNE 60601 RNE EM 100 Art. 9; RNE EM 100 Art. 4.2
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1. En el caso de puertas de sala de calderas 1.1. ( ) Aperturar una puerta a una distancia maxima de 15 metros y que abra hacia afuera. 1.2. ( ) Cambiar el giro de apertura de la puerta hacia afuera. 1.3. ( ) Cerrar con muros resistentes al fuego en la colindancia con ambientes donde se fabriquen, empleen o manipulen material explosivo o altamante inflamable o en colindancia con ambientes de uso publico o vias de evacuacion. RNC VII14.2, RNE: NTP 350.3022009 art 5.1.2 a), b) c) D.S. 42 F Art. 458, 445, 457, UNE 60601 RNE EM 100 Art. 9; RNE EM 100 Art. 4.2 En:
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Los elementos de cierre o acabados no presentan caracteristicas de riesgo inflamable o toxico, como poliuretano expandido, espuma plastica, plasticos, cauchos, cartones , y similar. RNE A.130: CAP XI, CAP XII
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1. ( ) Retirar el material de cierre o acabados que tienen riesgo inflamable o toxico. RNE A.130: CAP XI, CAP XII En:
RIESGO DE COLAPSO
PARA TODAS LAS FUNCIONES
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La cimentación o parte de ella no se encuentra expuesta, inestable en peligro de colapso como consecuencia de filtraciones de agua, erosión, socavamiento, otros. RNE E.050
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1. ( ) Controlar la filtración de agua, erosión o socavamiento u otros de manera que no afecte la cimentación o parte de ella. La cimentación no debe encontrarse expuesta. RNE E.050. En:
Estructuras de concreto
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Las estructuras de concreto no presentan i) fisuras, grietas, rajaduras, deflexiones, pandeos, muros inclinados, varillas de acero expuestas a la intemperie sin recubrimiento en: columnas, vigas, losas de techos, etc., ii) deterioro por humedad producido por: filtraciones, de tanques y cisternas de almacenamiento de agua, de líquidos, tuberías rotas, lluvias, etc., otras fallas estructurales. RNE E.060
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1.1 ( ) Reparar o reforzar las estructuras de concreto que presentan fisuras, grietas, rajaduras, deflexiones, pandeos, muros inclinados, otros. 1.2. ( ) Colocar recubrimiento de concreto o epóxico a las varillas de acero expuestas a la intemperie en columnas, vigas, losas de techos, otros. 1.3. ( ) Reparar el deterioro de las estructuras originado por humedad, filtraciones de tanques y cisternas de almacenamiento de agua, de líquidos, tuberías rotas, lluvias, etc. Controlar las causas que originan la filtración, humedad y otros. RNE E.060 En:
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Las estructuras de la edificación (losas y vigas de techos, azoteas o losas en niveles intermedios), no presentan fisuras, grietas, rajaduras, pandeos, deflexiones, humedad, otros; como consecuencia de sobrecargas existentes producidas por: tanque elevado, equipos, antenas, panel publicitario, otros. RNE E.060, E.020
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2. ( ) Reparar o reforzar las estructuras de la edificación (losas y vigas de techos, azoteas o losas en niveles intermedios), que presentan fisuras, grietas, rajaduras, pandeos, deflexiones, humedad, otros; como consecuencia de sobrecargas existentes producidas por: tanque elevado, equipos, antenas, panel publicitario, otros. RNE E.060, E.020 En:
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Los muros de contención en sótanos, en cercos y otros, no presentan fisuras, grietas, rajaduras, deflexiones, pandeos, inclinaciones, varillas de acero expuestas a la intemperie sin recubrimiento, deterioro por humedad producido por filtraciones de tanques y cisternas de almacenamiento de agua, de líquidos, tuberías rotas, lluvias, etc. y otros. RNE E.060
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3. ( ) Reparar o reforzar los muros de contención en sótanos, en cercos y otros, que presentan fisuras, grietas, rajaduras, deflexiones, pandeos, inclinaciones, varillas de acero expuestas a la intemperie sin recubrimiento, deterioro por humedad producido por filtraciones de tanques y cisternas de almacenamiento de agua, de líquidos, tuberías rotas, lluvias, etc. y otros. RNE E.060 En:
Estructuras de albañilería (ladrillo)
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La edificación de albañilería cuenta con elementos de concreto armado de confinamiento, amarre y/o arriostramiento tales como: cimientos, columnas, vigas, losas. RNE E.070
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1. ( ) Confinar o amarrar la edificación de albañilería (muros) con elementos de concreto armado tales como: cimientos, columnas, vigas, losas. RNE E.070. En:
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Los muros de albañilería no presentan daños: humedad, rajaduras, grietas, inclinaciones, otros. RNE E.070
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2. ( ) Reparar los muros de albañilería que presentan daños por humedad, rajaduras, grietas, inclinaciones, otros. RNE E.070 En:
Estructuras de adobe
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Los muros de adobe no presentan fallas ni daños ocasionados por el deterioro y/o humedad (fisuras, grietas, inclinaciones). No es utilizado como muro de contención de suelos, materiales u otros que hagan que pierda su estabilidad. Sobre los muros de adobe no existen construcciones de albañilería o concreto. Los muros de adobe están protegidos de la lluvia en zonas lluviosas. RNE E.080, E.020
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1. ( ) Reparar o reforzar los muros de adobe que presentan fallas y daños ocasionados por el deterioro y/o humedad (fisuras, grietas, inclinaciones). 2. ( ) Retirar los materiales, suelos que ejercen empuje sobre los muros de adobe. 3. ( ) Retirar construcciones de albañilería o concreto ubicadas sobre los muros de adobe. 4. ( ) Proteger a los muros de adobe de la lluvia en zonas lluviosas. RNE E.080, E.020 En:
Estructuras de madera / bambú
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Las estructuras de madera, bambú, no presentan rajaduras, deflexiones, pandeos, deterioro por apolillamiento, humedad, otros. RNE E.010
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1. ( ) Retirar, reparar o reforzar las estructuras de madera, bambú, que presentan presentan rajaduras, deflexiones, pandeos, deterioro por apolillamiento, humedad, otros. RNE E.010 En:
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Las estructuras (postes, columnas, vigas, viguetas, techos entablados, tijerales o cerchas, etc.), no presentan rajaduras, pandeos, deflexiones, como consecuencia de sobrecargas existentes producidas por: tanque elevado, equipos, antenas, panel publicitario, o como consecuencia de otros usos que impliquen cargas mayores a la que puede soportar la estructura. RNE E.010, E.020
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2. ( ) Retirar, reparar o reforzar las estructuras (postes, columnas, vigas, viguetas, techos entablados, tijerales o cerchas, etc.), que presentan rajaduras, pandeos, deflexiones, como consecuencia de sobrecargas existentes producidas por: tanque elevado, equipos, antenas, panel publicitario, o como consecuencia de otros usos que impliquen cargas mayores a la que puede soportar la estructura. RNE E.010, E.020 En:
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La estructura de madera se encuentra alejada o aislada de fuentes de calor que podrían dañarla, o en caso de encontrarse próxima a fuentes de calor, se encuentra protegida con material incombustible y/o tratada con sustancias retardantes o ignifugas. RNE E.010 Numeral 11.3.8
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3. ( ) Retirar, proteger o aislar la estructura de madera que se encuentra cerca a fuentes de calor. Proteger con material incombustible y/o realizar tratamiento con sustancias retardantes o ignifugas u otro. RNE E.010 Numeral 11.3.8. En:
Estructuras de acero
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Las edificaciones o techos de estructura de acero no presentan deformaciones o pandeos excesivos y visibles que perjudiquen su estabilidad. Los apoyos, uniones y anclajes son seguros (tienen pernos y soldaduras en buen estado de conservación). RNE E.090
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1.1. ( ) Reparar o reforzar las edificaciones o techos de estructura de acero que presentan deformaciones o pandeos excesivos y visibles que perjudiquen su estabilidad. 1.2. ( ) Fijar de manera segura los apoyos, uniones y anclajes. 1.3. ( ) Realizar mantenimiento contra el óxido y corrosión a los pernos y soldaduras. RNE E.090. En:
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No presentan deterioro por oxido y/o corrosión y se encuentra protegida contra este. RNE E.090
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2. ( ) Realizar mantenimiento contra el óxido y corrosión a las estructuras de acero. RNE E.090. En:
OTROS RIESGOS VINCULADOS A LA ACTIVIDAD, APLICABLE PARA TODAS LAS FUNCIONES
Riesgo de Electrocución
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El tablero eléctrico de material metálico está conectado a tierra. CNEU 060.402.1 h
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1. ( ) Conectar el sistema de puesta a tierra al tablero eléctrico de material metálico. CNEU 060.402.1 h En:
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El tablero cuenta con placa de protección (mandil). CNEU 020.202.1
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2. ( ) Instalar placa de protección (mandil). CNEU 020.202.1 En:
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Las aberturas no usadas en los tableros eléctricos (espacios de reserva) se encuentran cerradas con tapas. CNEU 070.3026
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3. ( ) Colocar tapas de proteccion en los espacios de reserva. CNEU 070.3026 En:
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Todos los circuitos eléctricos tienen protección de interruptores diferenciales. CNEU 020.132 (RM No.1752008MEM)
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4. ( ) Instalar protección de interruptores diferenciales en los circuitos eléctricos. CNEU 020.132 (RM No.1752008MEM) En:
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Los componentes del pozo de puesta a tierra presentan óxido, deterioro del cable de conexión, conector y varilla en mal estado de conservacion. CNEU 010.010.3
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5.1. ( ) Realizar mantenimiento a los componentes del pozo a tierra a tierra. 5.2. ( ) Actualizar el protocolo de medición de la resistencia del pozo a tierra, firmado por un ingeniero electricista o mecánico electricista colegiado y habilitado. Dicho certificado debe tener un periodo de vigencia anual. CNEU 060.712 En:
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Si cuenta con equipos y/o artefactos eléctricos, (hornos microondas, congeladoras, refrigeradoras, lavadoras, calentadores y similares) los enchufes tienen espiga de puesta a tierra y los tomacorrientes cuentan con conexión al sistema de puesta a tierra. CNEU 060 512.c
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6. ( ) Instalar enchufes y tomacorrientes que conecten al sistema de puesta a tierra a los equipos y/o artefactos eléctricos, (hornos microondas, congeladoras, refrigeradoras, lavadoras, calentadores y similares). CNEU 060 512.c En:
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Las carcasas de los motores eléctricos estacionarios, grupos electrógenos y equipos de aire acondicionado están conectados al sistema de puesta a tierra. CNEU 060.400, 060.402
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7. ( ) Conectar al sistema de puesta a tierra las carcasas de los motores eléctricos estacionarios, grupos electrógenos y equipos de aire acondicionado. CNEU 060.400, 060.402 En:
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Las estructuras metálicas de techos, anuncios publicitarios, canaletas y otros, que tienen instalado equipamiento eléctrico y se encuentran al alcance de una persona parada sobre el piso, deben estar conectados al sistema de puesta a tierra. CNEU 060.002, 060.400
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8. ( ) Conectar al sistema de puesta a tierra las estructuras metálicas de techos, anuncios publicitarios, canaletas y otros, que tienen instalado equipamiento eléctrico y se encuentran al alcance de una persona parada sobre el piso. CNEU 060.002, 060.400 En:
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La carcaza y motor del ascensor, montacargas, escaleras mecánicas y de equipos de elevación eléctrica, deben estar conectados al sistema de puesta a tierra. CNEU 200.046, 200.048
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9. ( ) Conectar la carcaza y motor del ascensor, montacargas, escaleras mecánicas y de equipos de elevación eléctrica, al sistema de puesta a tierra. CNEU 200.046, 200.048 En:
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El ascensor, montacargas, escaleras mecanicas y equipos de elevacion electrica, cuentan con constancia de operatividad y mantenimiento, firmado por ing. mecánico, electricista o mecánico electricista colegiado y habilitado. CNEU 010.010.3
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10. ( ) Presentar constancia de operatividad y mantenimiento del ascensor, montacargas, escaleras mecanicas y equipos de elevacion electrica, , firmado por ing. mecánico, electricista o mecánico electricista colegiado y habilitado. CNEU 010.010.3 En:
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Los conductores eléctricos utilizados se encuentran protegidos con tubos o canaletas de PVC. CNEU 070.212
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11. ( ) Instalar tubos y/o canaletas para dar proteccion a los conductores eléctricos. CNEU 070.212 En:
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Las cajas de paso de conductores eléctricos deben tener tapa. CNEU 070.3002, 070.3004
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12. ( ) Colocar tapas ciegas a las cajas de paso de conductores eléctricos. CNEU 070.3002, 070.3004 En:
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La subestación esta protegida con cercos, tabiques o paredes para limitar el acceso de personas no autorizadas. La estructura metálica esta conectada al sistema de puesta a tierra. SUM 110.A.1
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13.1. ( ) Proteger la subestación con cercos, tabiques o paredes para limitar el acceso de personas no autorizadas. 13.2. ( ) Conectar la estructura metálica al sistema de puesta a tierra. SUM 110.A.1 En:
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Las estructuras metálicas de soporte y/o los equipos electrónicos, deben estar conectados al sistema de puesta a tierra. CNEU 060.102, 060.106
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14. ( ) Conectar las estructuras metálicas de soporte y/o los equipos electrónicos, al sistema de puesta a tierra. CNEU 060.102, 060.106 En:
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Las máquinas tragamonedas no presentan superficies energizadas y están conectadas al sistema de puesta a tierra. CNEU 060.106, 010.010.3
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15. ( ) Conectar las máquinas tragamonedas al sistema de puesta a tierra. CNEU 060.106, 010.010.3 En:
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Los equipos electromecánicos de gimnasios deben estar conectados al sistema de puesta a tierra. CNEU 060.106, 010.010.3
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16. ( ) Conectar los equipos electromecánicos de gimnasios al sistema de puesta a tierra. CNEU 060.106, 010.010.3 En:
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Los diagramas unifilares, plano(s) de distribución de tableros electricos y cuadro de cargas concuerdan con lo verificado físicamente. RNE GE 020 Art.14, CNEU 010.008
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17. ( ) Actualizar los diagramas unifilares, plano(s) de distribución de tableros electricos y cuadro de cargas. RNE GE 020 Art.14, CNEU 010.008 En:
Riesgo de caídas
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Las rampas tienen una pendiente no mayor al 12% permitiendo la evacuación, tienen pisos antideslizantes y tienen barandas. RNE A.130, Art. 16
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1. ( ) Instalar rampas con una pendiente no mayor al 12% , permitiendo la evacuación, colocando pisos antideslizantes y barandas. RNE A.130, Art. 16 En:
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Las aberturas al exterior ubicadas a una altura mayor a 1.00 m sobre el suelo, en tragaluces, escaleras y azotea cuentan con protección al vacío de altura mínima de 1.00m, para evitar caídas al vacío. RNE NTE 060 Art. 11; RNE A.010 Art. 33
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2. ( ) Instalar barandas o antepechos para evitar caidas al vacio en tragaluces, escaleras y azotea. RNE NTE 060 Art. 11; RNE A.010 Art. 33 En:
Riesgo de colapso en estructuras de soporte y otros
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Las estructuras que soportan las antenas y/o paneles publicitarios son seguras, estables, tienen anclajes y se encuentran en buen estado de conservación, no presentan óxido o corrosión, inclinaciones que podrían desestabilizarlas y ocasionar su colapso. RNE E.090, GE.040 Art. 11 y 12
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1. ( ) Fijar de manera segura y dar mantenimiento a las estructuras que soportan las antenas y/o paneles publicitarios. RNE E.090, GE.040 Art. 11 y 12. En:
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Las estructuras metálicas de soporte de productos de almacenamiento (racks) están fijas, asegurando su estabilidad, se encuentran en buen estado de conservación, no presentan óxido o corrosión, inclinaciones que podrían desestabilizarlas y ocasionar su colapso. RNE E.090, GE.040 Art. 11 y 12
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2. ( ) Fijar adecuadamente y dar mantenimiento a las estructuras metálicas de soporte de productos de almacenamiento (racks) . RNE E.090, GE.040 Art. 11 y 12 En:
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Las estructuras de soporte de equipos de aire acondicionado, condensadores y otros, apoyados en la pared y/o techo, están adecuadamente fijadas y en buen estado de conservación, no presentan óxido ni corrosión. Los equipos instalados sobre estas estructuras se encuentran debidamente asegurados. RNE 0.90, GE.040 Art. 11 y 12
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3. Fijar adecuadamente y dar mantenimiento a las estructuras de soporte de equipos de aire acondicionado, condensadores y otros, apoyados en la pared y/o techo. RNE 0.90, GE.040 Art. 11 y 12 En:
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En caso de contar con sistema el sistema de extracción de monóxido de carbono en sótano, éste se encuentra operativo y cuenta con constancia de operatividad y mantenimiento. RNE A010 Articulo 69
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4. ( ) Presentar constancia de operatividad y mantenimiento del sistema de extracción de monóxido de carbono. RNE A010 Articulo 69. En:
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Los juegos infantiles de carpintería metálica, de madera o plástico, son estables, seguros, están bien instalados y en buen estado de conservación. RNE E.090, E.010, GE.040 Art. 11 y 12
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5. ( ) Instalar de forma segura y dar mantenimiento a los juegos infantiles de carpintería metálica, de madera o plástico. RNE E.090, E.010, GE.040 Art. 11 y 12 En:
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Las puertas, ventanas, mamparas, techos; enchapes de muros con espejos, ubicados en áreas donde existe el riesgo de impacto accidental o de exposición de las personas ante roturas, que son de vidrio, son de vidrio templado o laminado. En caso de ser de vidrios primarios, tienen láminas de seguridad en todo el paño de vidrio u otro sistema de protección en caso de rotura. RNE E.040 Art. 23 y GE.040 Art. 11 y 12
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6. ( ) Instalar láminas de seguridad en los paños de vidrio primario en puertas, ventanas, mamaparas, techos, otros. RNE E.040 Art. 23 y GE.040 Art. 11 y 12. En:
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El(los) tablero(s) eléctrico(s) cuenta(n) con identificación. CNEU 020.100.1, 020.100.3.1
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7. ( ) Colocar identificacion a los tableros eléctricos. CNEU 020.100.1, 020.100.3.1 En:
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Tiene directorio de los circuitos, indicando de manera visible y clara la instalación que controla. CNEU 020.100.1, 020.100.3.1
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8. ( ) Colocar directorio de los circuitos, indicando de manera visible y clara la instalación que controla. CNEU 020.100.1, 020.100.3.1 En:
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Existe espacio libre no menor a un metro frente a los tableros eléctricos. CNEU 020.308
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9. ( ) Mantener espacio libre no menor a un metro frente a los tableros eléctricos. CNEU 020.308 En:
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Existe iluminación general y de emergencia en la zona de ubicación de los tableros eléctricos. CNEU 020.314
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10. ( ) Instalar iluminación general y de emergencia en la zona de ubicación de los tableros eléctricos. CNEU 020.314 En:
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Si el establecimiento cuenta con tanque estacionario de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en cantidades superiores a 0.45m3 (118.18gl) y/o liquido combustible y sus derivados en cantidades a partir de 1m3 (264.17gl), llamado Consumidor Directo, debe tener constancia de registro de hidrocarburos emitido por OSINERGMIN. NTP 321.121
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11. ( ) Presentar constancia de registro de hidrocarburos emitido por OSINERGMIN, ademas de la constancia de Operatividad y mantenimiento de la red de interna de GLP y/o líquido combustible, emitido por empresa o profesional especializado. NTP 321.121 En:
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En caso de tener caldero: Mostrar el libro del servicio del caldero visado por el Ministerio de Trabajo, el mismo que debe estar actualizado a la fecha. El nivel del agua del caldero debe encontrarse dentro del rango de mínimo y máximo. La presión de trabajo debe ser menor a la presión indicada por el fabricante. El caldero debe contar con valvula de seguridad, presostato y manómetro. Para el caso del caldero que se encuentre en una ruta de evacuación debe estar cercado con muros de resistencia al fuego. De utilizar combustible GLP o GN no se permite su instalación en sótano. DS No. 042F
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12.1. ( ) Mostrar el libro del servicio del caldero visado por el Ministerio de Trabajo y actualizado a la fecha. 12.2. ( ) Realizar mantenimiento conservando el nivel del agua dentro del rango de mínimo y máximo, la presión de trabajo menor a la presión del fabricante y contar con valvula de seguridad, presostato, manometro. 12.3. ( ) Cercar con muros de resistencia al fuego, si se encuentra el caldero en una ruta de evacuación. DS No. 042F En:
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El caldero se encuentra en buen estado de conservación y mantenimiento. DS No. 042F
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13. ( ) Realizar mantenimiento al caldero y presentar constancia, firmada por empresa o profesional especializado. DS No. 042F En:
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El caldero se encuentra operado por un personal calificado que cuenta con constancia de capacitación actualizada emitido por profesional o empresa especializada. DS No. 042F
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14. ( ) Presentar constancia de capacitación del personal a cargo de la operación del caldero emitido por un profesional o empresa especializada. DS No. 042F En:
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Para edificaciones con giro de explosivos, artefactos pirotécnicos y otros afines: Cuenta con sistemas a prueba de explosión, si corresponde. Ley No. 30299 y su Reglamento Decreto Supremo No. 0102017IN
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15. ( ) Instalar sistemas a prueba de explosión. Ley No. 30299 y su Reglamento Decreto Supremo No. 0102017IN En:
OTRAS OBSERVACIONES:
RESULTADO DE LA VERIFICACIÓN DEL LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES
( ) EL ESTABLECIMIENTO OBJETO DE INSPECCIÓN ( ) SI CUMPLE ( ) NO CUMPLE CON LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD SEGUN LO VERIFICADO POR EL GRUPO INSPECTOR
INSPECTOR ESPECIALIZADO
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ADMINISTRADO
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FIRMA: NOMBRE: DNI: FECHA / HORA:
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En este recuadro el administrado puede expresar su conformidad o disconformidad con las observaciones que haya formulado el inspector o grupo inspector en la ejecución de la ITSE:
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FIRMA: NOMBRE: DNI: FECHA / HORA:
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FIRMA: NOMBRE: DNI: FECHA / HORA:
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CARGO DE RECEPCIÓN: FIRMA NOMBRE: DNI: FECHA / HORA: