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EVALUACION DEL RIESGO Y CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LA EDIFICACION

MEDIOS DE EVACUACION, SEÑALIZACIÓN Y OTROS

  • 1. Los medios de evacuación (pasadizos, escaleras, accesos y salidas) del establecimiento presentan un ancho mínimo de 1.20 m y/o que permitan la evacuación de las personas de manera segura. RNE A.010

  • 1. () ampliar los medios de evacuación (pasadizos, escaleras, accesos y salidas) del establecimiento de manera de cumplir con el ancho minino de 1.20 m o que permita la evaluación de las personas de manera segura RNE A.010

  • 2. Los medios de evacuación (pasadizos, escaleras, accesos y salidas) se encuentran libres de obstáculos. RNE A.130 Art 13; A.010 Art 25

  • 2. ( ) Retirar los obstáculos de los medios de evacuación (pasadizos, escaleras, accesos y salidas). RNE A.130 Art 13; A.010 Art 25 En:

  • 3. El establecimiento cuenta con señalización de seguridad (direccionales de salida, salida, zona segura en caso de sismo, riesgo eléctrico, extintores, otros). RNE A.130, Art. 39; NTP 399.010 1

  • 3. ( ) Implementar / completar la señalización de seguridad (direccionales de salida, salida, zona segura en caso de sismo, riesgo eléctrico, extintores, otros), según lo establecido en el RNE A.130, Art. 39 y la NTP 399.010 1 En:

  • 4. Cuenta con luces de emergencia operativas. RNE A130 Art. 40

  • 4. ( ) Dar mantenimiento a las luces de emergencia inoperativas. RNE A130 Art. 40. En:

  • 5. Las puertas que se utilizan como medios de evacuación abren en el sentido del flujo de los evacuantes o permanecen abiertas en horario de atención, sin obstruir la libre circulación y evacuación. RNE A130 Art. 5 y 6

  • 5. ( ) Acondicionar las puertas que se utilizan como medios de evacuación para que abran en el sentido del flujo de los evacuantes o permanezcan abiertas en horario de atención, sin obstruir la libre circulación y evacuación. RNE A130 Art. 5 y 6 En:

  • 6. En caso de contar con un ambiente con aforo mayor a 100 personas, en cualquier caso, la puerta de salida cuenta con barra antipánico. RNE A130 Art. 8

  • 6. ( ) Instalar barra antipánico en puerta de salida de ambiente con aforo mayor a 100 personas. RNE A130 Art. 8 En:

  • 7. No cuenta con material combustible o inflamable debajo de las escaleras que sirvan como medios de evacuación (cartones, muebles, plásticos otros similares). RNE A.010 Art. 26, b16

  • 7. ( ) Retirar debajo de las escaleras utilizadas como medios de evacuación el material combustible o inflamable (cartones, muebles, plásticos otros similares). RNE A.010 Art. 26, b16 En:

  • 8. Las escaleras cumplen con las caraceristicas en numero y tipo (incluye excepciones de la norma señaladas en el RNE A010 art 28) pasos, dimensiones, contrapasos, descansos y barandas correspondientes al tipo de la edificación y su altura. RNE A.010 hasta la A.110; A.140

  • 8. ( ) Colocar pasamanos a ambos lados en escaleras de evacuacion o escalera integrada utilizada como medio de evacuacion con ancho minimo de 1.20M hasta 2.40M RNE A.010 hasta la A.110; En:

  • 9. Las escaleras que comunican todos los niveles de la edificacion, son continuas desde el primer piso hasta el ultimo en sentido vertical u horizontal estan intercomunicadas entre si, por pasadizos de circulacion libre. Barreras de contencion y direccionamiento en piso de evacuacion en escaleras con continuidad a niveles inferiores de la salida de evacuacion. Las escaleras a los sotanos podran ser independientes; RNE A.010: 26 b.4

  • 9. ( ) Instalar barrera de contencion y direccionamiento en nivel de salida de evacuacion de la escalera para evitar seguir evacuando hacia el sotano. RNE A.010: 26 b.4 En:

INSTALACIONES ELÉCTRICAS

  • 1. El gabinete es de material metálico o de resina termoplástica y/o se encuentran en buen estado de conservación. CNEU 020.024, 020.026 b

  • 1. ( ) Instalar un gabinete de material metálico o de resina termoplástica y/o debe encontrase en buen estado de conservación. CNEU 020.024, 020.026 b. En:

  • 2. Cuenta con interruptores termomagnéticos y corresponden a la capacidad de corriente de los conductores eléctricos que protege. No utiliza llaves tipo cuchilla. CNEU 080.010, 080.100, 080.400

  • 2. ( ) Instalar interruptores termomagnéticos que correspondan a la capacidad de corriente de los conductores eléctricos que protege. Retirar las llaves tipo cuchilla. CNEU 080.010, 080.100, 080.400 En:

  • 3. Cuenta con un circuito eléctrico por cada interruptor termomagnético. El tablero tiene un interruptor general en su interior o adyacente al mismo. CNEU 080.010, 080.100, 080.400

  • 3.1. ( ) Independizar los circuitos eléctricos de manera de tener un interruptor termomagnético por circuito. 3.2. ( ) Instalar un interruptor general al interior del tablero o adyacente al mismo. CNEU 080.010, 080.100, 080.400 En:

  • 4. No utiliza conductores flexibles (tipo mellizo) en instalaciones permanentes de alumbrado y/o tomacorriente. CNEU 030.010.3

  • 4. ( ) Retirar conductores flexibles (tipo mellizo) en instalaciones permanentes de alumbrado y/o tomacorriente. CNEU 030.010.3 En:

  • 5. Los circuitos de tomacorrientes no están sobrecargados con extensiones o adaptadores. CNEU 080.100 a

  • 5. ( ) Retirar extensiones o adaptadores de los circuitos de tomacorrientes sobrecargados. CNEU 080.100 a En:

  • 6. En locales de pública concurrencia construidos con posterioridad a abril del 2008 tales como: cines, teatros, auditorios, estadios, ferias, parques de atracciones, salas de fiesta, discotecas, salas de juego de azar y similares, templos, museos, salas de conferencias, establecimientos comerciales, centros comerciales, mercados, hoteles y similares, hospitales, clínicas, bibliotecas, colegios, universidades y otros, las instalaciones eléctricas de cables y conductores eléctricos deben ser del tipo no propagador del incendio, con baja emisión de humos, libre de halógenos y ácidos corrosivos. CNEU 010.010.4, 020.126 (RM No. 1752008MEM/DM)

  • 6. ( ) Instalar cables y conductores eléctricos del tipo no propagador del incendio, con baja emisión de humos, libre de halógenos y ácidos corrosivos en cines, teatros, auditorios, estadios, ferias, parques de atracciones, salas de fiesta, discotecas, salas de juego de azar y similares, templos, museos, salas de conferencias, establecimientos comerciales, centros comerciales, mercados, hoteles y similares, hospitales, clínicas, bibliotecas, colegios, universidades y otros. CNEU 010.010.4, 020.126 (RM No. 1752008MEM/DM) En:

  • 7. La alimentación eléctrica a la bomba de agua contra incendios es independiente, no controlada por el interruptor general del edificio e interconectada al grupo electrógeno de emergencia del edificio, en caso de tenerlo. RNE IS 010.4.2. j

  • 7. ( ) Conectar a la bomba de agua contra incendios, de forma independiente, no controlada por el interruptor general del edificio e interconectada al grupo electrógeno de emergencia del edificio, en caso de tenerlo. RNE IS 010.4.2. j En:

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