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  • Dia y hora de la auditoria

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Criterio de auditoria

  • Los productos comercializados se definen como productos alimentarios que normalmente estarían dentro del alcance de la Norma y se almacenan en las instalaciones del establecimiento que se audita, pero no son fabricados, procesados, reelaborados, envasados ni etiquetados en dicho establecimiento.
    Esta sección abarca los requisitos de gestión de estos productos por parte del establecimiento.
    También se deben cumplir todos los requisitos relevantes de las secciones 1 a 8, además de los requisitos enunciados en esta sección.
    Cuando un establecimiento desee someterse a una auditoría según la sección 9 de la Norma, todos los productos alimentarios y materias primas alimentarias comercializados deben incluirse en el alcance de la auditoría. No está permitido incluir algunos productos alimentarios o materias primas alimentarias comercializados y excluir otros.
    Las no conformidades en relación con cláusulas de la sección 9 de la Norma se registrarán en el informe de la auditoría y se deben incluir en el cálculo de la calificación del establecimiento.
    Cuando un establecimiento haya comercializado productos alimentarios o materias primas alimentarias en el lugar pero quiera excluirlas del alcance de la auditoría, esto se registrará como una exclusión del alcance en el informe de la auditoría.

9 Requisitos para productos comercializados

9.1 Plan de seguridad alimentaria: APPCC SOI El establecimiento deberá contar con un plan de HACCP o de seguridad alimentaria del cual sea responsable.

9.1.1

  • La empresa deberá:

  • contar con un plan de HACCP o seguridad alimentaria específicamente para los productos comercializados que se manipulen en el establecimiento, o bien

  • incorporar los productos comercializados a los planes de HACCP o seguridad alimentaria (ver sección 2).

  • El alcance del plan de HACCP o seguridad alimentaria de los productos comercializados debe incluir los productos y procesos bajo responsabilidad del establecimiento. Como mínimo, deberá incluir buena recepción, almacenamiento y envío.

9.2

9.2.1

  • La empresa deberá contar con un procedimiento de aprobación de proveedores que identifique el proceso para aprobación inicial y continua de proveedores y el fabricante/ procesador de cada producto comercializado. Los requisitos se deberán basar en los resultados de una evaluación de riesgos que deberá considerar:

  • la naturaleza del producto y los riesgos asociados

  • requisitos específicos del cliente

  • requisitos legislativos en el país de venta o importación del producto

  • fuente o país de procedencia

  • potencial de adulteración o fraude

  • riesgos potenciales en la cadena de suministro hasta el punto de recepción de los bienes por parte de la empresa

  • la identidad de marca de los productos (es decir, marca propia del cliente o producto de marca).

9.2.2

  • La empresa deberá contar con un procedimiento para la aprobación inicial y continua de los fabricantes de productos. Este procedimiento de aprobación se basará en el riesgo e incluirá uno de los siguientes elementos o una combinación de varios:

  • una certificación válida de la Norma de BRCGS aplicable o norma comparable al esquema de GFSI El alcance de la certificación deberá incluir los productos comprados

  • auditorías de proveedores, con un alcance que incluya la seguridad del producto, trazabilidad, revisión de HACCP y buenas prácticas de fabricación, auditoría realizada por un auditor de seguridad de productos con experiencia y competencia demostrables.

  • Cuando la auditoría de este proveedor la realice un segundo o tercero, la empresa deberá:

  • demostrar la competencia del auditor

  • confirmar que el alcance de la auditoría incluye la seguridad del producto, trazabilidad, revisión de HACCP y buenas prácticas de fabricación

  • obtener y revisar una copia del informe de auditoría completo

  • o bien

  • cuando se proporcione una justificación basada en los riesgos válida y se determine que el proveedor es de bajo riesgo únicamente, se podrá utilizar un cuestionario para proveedores completado como aprobación inicial. El cuestionario deberá contener un alcance que incluya seguridad del producto, trazabilidad, revisión de HACCP y buenas prácticas de fabricación que deberá haber sido revisado y verificado por una persona cuya competencia se pueda demostrar.

9.2.3

  • Se deberán mantener registros de proceso de aprobación del fabricante o envasador, incluidos informes de auditoría o certificados verificados que confirmen el estado de seguridad del producto de los establecimientos de fabricación/envasado que suministran los productos comercializados. Deberá haber un proceso de revisión y registros del seguimiento de cualquier problema identificado en los establecimientos de fabricación/envasado que tienen potencial de afectar los productos alimentarios comercializados por la empresa.

9.2.4

  • Deberá haber un proceso para la revisión continua de fabricantes/envasadores en función del riesgo y según criterios de desempeño definidos, que pueden incluir quejas, resultados de las pruebas de productos, advertencias/alertas regulatorias, rechazos o retroalimentación de los clientes. El proceso deberá implementarse por completo.

  • Cuando la aprobación se base en cuestionarios, deberá volver a emitirse al menos cada tres años, y los proveedores deberán notificar al establecimiento acerca de cualquier cambio significativo que se haya producido, incluidos los cambios en el estado de la certificación.

  • Deberán conservarse registros de la revisión.

9.3 Especificaciones SOI Se deberán mantener y poner a disposición de los clientes especificaciones o información para cumplir con requisitos legales y ayudar a los clientes a utilizar el producto en forma segura.

9.3.1

  • Las especificaciones deberán estar disponibles para todos los productos. Deberán estar en un formato acordado suministrado por el cliente o, cuando esto no esté especificado, incluir datos clave para cumplir con requisitos legales y ayudar al cliente a utilizar el producto en forma segura.

  • Las especificaciones pueden presentarse en forma de documento impreso o electrónico, o parte de un sistema de especificación en línea.

9.3.2

  • La empresa procurará obtener un acuerdo formal de las especificaciones con las partes pertinentes. Cuando no se acuerden especificaciones formalmente, la empresa deberá poder demostrar que ha tomado las medidas para asegurar que haya un acuerdo formal.

9.3.3

  • Las empresas deberán desarrollar procesos demostrables para garantizar que se cumpla cualquier requisito especificado por el cliente. Esto puede ser por incorporación de los requisitos del cliente a las especificaciones de compra o realizando tareas adicionales en el producto adquirido para cumplir con la especificación del cliente (p. ej. , separación o clasificación del producto).

9.3.4

  • La revisión de la especificación deberá realizarse a una frecuencia suficiente para garantizar la vigencia de los datos o, al menos, cada tres años, y tomar en cuenta los cambios de producto, proveedores, reglamentaciones y otros riesgos.

  • Las revisiones y los cambios deberán documentarse.

9.4 Inspección del producto y pruebas de laboratorio SOI El establecimiento deberá contar con procesos que garanticen que los productos recibidos cumplen las especificaciones de compra y que el producto suministrado cumple con las especificaciones del cliente.

9.4.1

  • El establecimiento deberá contar con un programa de muestreo o aseguramiento de productos que verifique que el producto cumple con las especificaciones de compra y con los requisitos legales y de seguridad.

  • Cuando la verificación se base en el muestreo, la tasa de muestras y el proceso de evaluación deberán basarse en los riesgos.

  • Se deberán mantener registros de resultados de evaluaciones o análisis.

9.4.2

  • Cuando el proveedor otorgue la verificación de conformidad (p. ej. , certificados de conformidad o análisis), el nivel de confianza de la información suministrada deberá respaldarse realizando análisis periódicos independientes de productos.

9.4.3

  • Cuando se realicen declaraciones sobre los productos que se están manejando, incluida la procedencia, cadena de custodia o estado de asegurado o “identidad protegida” de un producto o materias primas utilizadas, la información de respaldo deberá estar disponible ya sea que provenga del proveedor o bien de una fuente independiente para verificar la declaración.

9.4.4

  • Cuando la empresa realice o subcontrate análisis que sean críticos para la seguridad o la legalidad de los productos, el laboratorio o la empresa subcontratada deberán contar con una acreditación reconocida o trabajar de acuerdo con los requisitos y principios de la Norma ISOIIEC 17025. La justificación documentada deberá estar disponible cuando se utilicen métodos de prueba no acreditados.

9.4.5

  • Los resultados de los análisis y de la inspección se deberán mantener y revisar para identificar tendencias. Deberán implementarse las acciones correspondientes para abordar de inmediato cualquier resultado o tendencia poco satisfactorios.

9.5 Legalidad del producto SOI La empresa deberá implementar procesos para garantizar que los productos alimentarios comercializados cumplan con los requisitos legales del país de venta, siempre y cuando se conozcan.

9.5.1

  • La empresa deberá disponer de procesos documentados para verificar la legalidad de los productos comercializados. Según sea el caso, estos procesos deberán incluir:

  • información de etiquetado

  • cumplimiento de los requisitos legales de composición relevantes

  • cumplimiento de los requisitos de cantidad o volumen.

  • Cuando el cliente asume dichas responsabilidades, deberá quedar claramente asentado en los contratos.

9.6 Trazabilidad SOI La empresa deberá poder rastrear todas las tandas de productos hasta el último fabricante y hacia el cliente de la empresa.

9.6.1

  • El procedimiento de trazabilidad del establecimiento (ver cláusula 3.9.1) deberá incluir detalles del sistema utilizado para la trazabilidad de los productos comercializados.

  • El sistema de trazabilidad deberá garantizar que, para todos los lotes de producto, el establecimiento pueda identificar al último fabricante o, en caso de productos agrícolas primarios, el envasador o lugar de último cambio significativo del producto.

  • También se deberán mantener registros para identificar al receptor de cada lote de producto de la empresa.

9.6.2

  • La empresa deberá probar el sistema de trazabilidad, al menos, en forma anual para garantizar que se pueda determinar la trazabilidad hasta el último fabricante y hacia al receptor del producto desde la empresa. Esto deberá incluir la identificación del movimiento del producto a través de la cadena desde el fabricante hasta la recepción por parte de la empresa (p. ej. , cada movimiento y lugar de almacenamiento intermedio).

9.6.3

  • La prueba de trazabilidad deberá incluir la conciliación de cantidades de producto recibidas por la empresa para el lote o la tanda de producto elegidos. La trazabilidad deberá poder lograr en el término de cuatro horas (una hora cuando partes externas requieran información).

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