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  • Inspección de riesgos

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    Los artículos fueron modificados para su fácil comprensión y mejor manejo de los mismos.

Operativo

  • Edificios

  • En caso de que el trabajo se realice en locales a cielo semiabierto o abierto, ¿estos son capaces de proteger a los trabajadores en caso de lluvia y exceso de polvo?

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 14.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Superficie y Cubación

  • ¿Los trabajadores tienen garantizado el libre desplazamiento, sin hacinamientos?

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 15.

  • Presupuesto estimado Q.

  • ¿Hay un mínimo de tres metros de altura contados desde el piso hasta el techo?

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 16, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • ¿Cada trabajador cuenta con dos metros cuadrados libres en su puesto operativo?

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 16, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • ¿Cada trabajador cuenta como mínimo con un volumen de 10 metros cúbicos?

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 16, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Iluminación

  • ¿De no haber luz natural suficiente, las áreas cuentan con luz artificial para iluminar los espacios?

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 17.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La iluminación directa o refleja, no debe ser tan intensa ni poner en riesgo la salud o exponer a accidentes a sus trabajadores.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 17.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Pisos, techos y paredes

  • El piso debe constituir un conjunto de material resistente y homogéneo, sin deterioro físico, liso y no resbaladizo.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 18.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En el caso que el piso se lave, ¿Cuenta con los declives suficientes y apropiados para facilitar el desagüe del agua?

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 18.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si hay hornos, hangares, calderas, etc. El piso de su alrededor y en un radio razonable, debe de ser de un material incombustible y/o no conductor de cambios térmicos.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 19.

  • Presupuesto estimado Q.

  • ¿Toda la superficie de trabajo de los diferentes departamentos se encuentran en un mismo nivel?

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 20.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las paredes deben ser lisas, repelladas, pintados en tonos claros y susceptibles a ser lavadas.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 21.

  • Presupuesto estimado Q.

  • ¿Los techos cuentan con la resistencia requería para soportar el peso al que son sometidos?

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 23.

  • Presupuesto estimado Q.

  • ¿Los techos son capaces de prestar la debida protección contra las inclemencias atmosféricas?

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 23.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los techos no deben ser utilizados para soportar cargas fijas o móviles si no fueran diseñados para tal fin.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 23.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Pasillos

  • Los corredores, galerías, y pasillos principales deben tener un ancho mínimo de 1,20 metros.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 24.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los corredores, galerías y pasillos secundarios deben tener un ancho mínimo de 1,00 metros.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 24.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los pasillos no deben contar con ningún tipo de obstáculos y no deben ser utilizados para el almacenamiento temporal o improvisado.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 24.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La distancia entre cada maquina debe ser de un mínimo de 90 centímetros para la fácil movilidad de los trabajadores. Esta distancia debe contarse desde el punto más saliente de la maquinaria.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 25.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si hay maquinaria que invade el desplazamiento de las personas, debe estar señalizado en el suelo con una franja amarilla de un grosor de 0.10 centímetros.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 25.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Al rededor de los hornos, calderas o cualquier maquinaria que sea un foco radiante de calor debe haber un espacio libre no menor a 1.50 metros.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 26.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El suelo y las paredes dentro de un área con hogueras, hornos, calderas, etc. Debe ser de un un material incombustible.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 26.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los pasillos en donde transiten móviles o personas deben cumplir con las normas de Utilización de Colores y Señalización de Seguridad.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 27.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los pasillos deben tener la anchura adecuada a la cantidad de trabajadores que circulan en el mismo.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 28.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los pasillos deben evitar las esquinas pronunciadas y no deben tener una inclinación mayor a los 15 grados.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 29.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los pasillos deben tener una altura mínima de 2.20 metros.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 29.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Puertas y salidas

  • Las puertas deben contar con un acceso viable, señalizado y suficientemente iluminado.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 30.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ninguna puerta debe abrir directamente hacia las escaleras sin su debido descanso.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 30.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ninguna puerta debe tener obstáculos en su acceso o recorrido.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 31.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Escaleras

  • Todas las escaleras deben ofrecer la garantía de solidez, estabilidad, claridad y seguridad.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 32.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Escaleras fijas y de servicio

  • Todas las escaleras deben ofrecer resistencia suficiente para soportar 1100 libras por metro cuadrado.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 33.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las escaleras y plataformas de material perforado no deben tener agujeros con diámetro.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 34.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todos los locales que tengan más de un piso deben contar con escaleras principales que conecten los pisos, aun en aquellos casos que dispongan de ascensor.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 35.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las escaleras deben ser construidas con un material incombustible y con un dispositivo anti deslizante con características luminiscentes en cada una de sus huellas.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 35.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las escaleras deben tener un ancho mínimo de 90 centímetros y su inclinación no debe ser mayor a los 20 grados, ni menor a los 45 grados.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 36.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los escalones deben tener una profundidad de 30 centímetros, una contra huella de 18 centímetros y los contra peldaños no pueden tener más de 20 centímetros ni menos de 13 centímetros.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 37.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No debe existir una variación en los escalones ni en la altura de los peldaños, todos los escalones deben ser iguales.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 38.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Es prohibida la instalación de escaleras de caracol, exceptuando las escaleras que sean de servicio.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 38.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las escaleras con más de cuatro peldaños deben contar con una barandilla a los lados con una altura mínima de 0.90 metros contados desde la base de la escalera. Así mismo debe tener largueros intermedios a una altura no menor a los 45 centímetros.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 39.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La anchura libre de las escaleras de servicio debe ser mínimo de 45 centímetros.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 40.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si las aberturas de las ventanas que se encuentran en los descansos son superiores a los 30 centímetros de anchura y el antepecho este a menos de 90 centímetros se debe resguardar con barras, listones o enredados para evitar caídas.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 41.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los pasamanos sujetos a la pared deben estar fijos con anclas ubicados en la parte inferior del pasamanos.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 42.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las partes metálicas y herrajes de las escaleras deben ser de acero, hierro forjado u otro material resistente y deben estar sujetos de manera sólida.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 43.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Debe haber mínimo una plataforma de descanso cada 9 metros o fracción en cada escalera.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 44.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Escaleras de mano

  • Las escaleras de mano deben ofrecer solidez, estabilidad, y seguridad.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 45.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si la escalera es de madera los largueros deben ser una sola pieza y los peldaños deben estar bien asegurados, no deben tener únicamente clavos.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 46.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las escaleras de madera no tienen que pintarse, únicamente se pueden cubrir con barniz transparente.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 47.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe el empalme de dos escaleras, a menos que estas estén especialmente diseñadas para ello.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 48.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Es prohibido el uso de las escaleras para distancias superiores a los 5 metros, a me is que estas estén reforzadas en el centro. Para distancias mayores a 7 metros se debe utilizar una escalera espacial que debe ser fijada en la base y la cabeza.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 49.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las escaleras deben fijarse sobre superficies planas y sólidas o sobre placas horizontales de resistencia y finesa.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 50, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las escaleras deben tener zapatas, puntas de hierro, grapas u otro mecanismo anti deslizante.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 50, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los puntos superiores de apoyo de las escaleras, deben superar mínimo un metro el acceso al lugar.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 50, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El asenso y descenso de las escaleras, se debe hacer siempre de frente a las mismas.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 50, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Deben utilizarse abrazaderas en caso de que las escaleras se apuren sobre un poste.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 50, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las escaleras no deben utilizarse simultáneamente para dos trabajos.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 50, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe el transporte de cualquier objeto o peso, para garantizar el buen agarre de las manos a la escalera.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 50, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La distancia entre los pies y la verticalidad de su punto superior de apoyo debe ser la cuarta parte de su longitud de la escalera hasta su punto de apoyo.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 50, Sección H.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las escaleras de tijeras o doble peldaño tienen que estar sujetas por una cadena para impedir su abertura al ser utilizada.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 50, Sección I.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para trabajos en las alturas debe utilizarse una bolsa porta herramientas.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 50, Sección J.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Escaleras de emergencia

  • Si el centro de trabajo tiene mas de un nivel, deben ser necesarias unas escaleras de emergencia que evacuen a los trabajadores de manera oportuna hacia un punto de reunión preestablecido.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 51.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Trampas, aberturas y zanjas

  • Si existieren trampas, posos o aberturas en el área de trabajo, estas deben ser cerradas o tapadas siempre que lo permita la índole.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 53.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso que los pozos, aberturas o trampas no se puedan tapar, estos deben estar debidamente señalados y deben estar rodeados por barandillas o rodapiés.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 53.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En las aberturas deben colocarse tablones o pasarelas sólidos de suficiente anchura y provisto de barandillas y rodapiés.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 53.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Aberturas en pisos

  • Las aberturas en los pisos deben estar protegidas con barandillas no inferiores a 90 centímetros y rodapiés o zócalos de 10 centímetros de altura.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 54.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las aberturas para escaleras deben estar protegidas por todos lados excepto por las escaleras.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 55.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las aberturas, escotillas, conductos, pozos y trampas necesitan protección fija en dos lados y protección movil en los dos restantes.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 56.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las aberturas en el piso poco utilizadas deben estar protegidas con cubiertas móviles, y cuando estas no estén colocadas deben haber barandillas móviles.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 57.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los agujeros destinados a inspección deben estar cubiertos por una cubierta simple, cubierta de tal manera que no pueda deslizarse.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 58.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Aberturas en las paredes

  • Las aberturas en las paredes que<br>-Estén a menos de 90 centímetros sobre el piso.<br>-Cuenten con una dimensión mínima de 75 centímetros de alto por 45 centímetros de ancho.<br>-Tengan una posibilidad de caída mayor a 2 metros.<br>Deben estar protegidos por una barandilla, reja u otro resguardo que completen la protección hasta 90 centímetros sobre el piso y sean capaces de soportar una carga mínima de 300 libras por metro lineal.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 59.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Plataformas de trabajo

  • Las plataformas de trabajos fijas o móviles deben estar construidas de material resistente y deben ser capaces de soportar la carga a los cuales son sometidos.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 60.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los pisos y pasillos de las plataformas deben ser anti deslizantes y deben mantenerse libres de obstáculos.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 61.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las plataformas que ofrezcan peligro de caída de más de dos metros deben estar protegidas por barandillas en todo su contorno.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 62.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se realizan trabajos sobre plataformas móviles deben emplearse dispositivos de seguridad para evitar su desplazamiento o caída.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 63.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Barandillas

  • Las barandillas y zócalos deben ser constituidos de un material resistente y deben soportar más de 300 libras.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 64.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las altura de las barandillas debe ser mínimo de 90 centímetros y deben estar protegidas con barrotes verticales con una separación máxima de 15 centímetros.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 65.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los rodapiés o sociales deben tener una altura de mínimo 10 centímetros.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 66.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Puertas y salidas de emergencia

  • La distancia máxima entre las puertas de salida no debe ser superior a los 45 metros.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 67.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La distancia máxima entre puertas de salida puede ser de 50 metros si conducen a una zona protegida contra incendios.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 67.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si el número de trabajadores es menor a 50, en ancho mínimo de la puerta debe ser de 1,20 metros. Si exceden los 50, se debe agregar 0.50 metros más por cada 50 personas extras.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 68.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las puertas de emergencia que no sean de vaivén se deben abrir hacia afuera.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 69.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ninguna puerta debe ser cerrada con candado o llave para evitar la obstrucción de la salida.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 70.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las puertas de acceso a escaleras no deben abrirse directamente hacia los escalones, deben abrir hacia un descanso con el ancho mínimo de la puerta.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 71.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En lugares expuestos a riesgos de incendio, explosión, intoxicación súbita, etc. Deben haber un mínimo de dos puertas de salida, preferiblemente ubicados en direcciones opuestas.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 2, Artículo 72.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Pantallas de visualización

  • El patrono debe adoptar medidas necesarias para que la utilización de equipos con pantallas de visualización no suponga riesgos para la seguridad y salud del trabajador, o si ello no fuera posible, para que tales riesgos se reduzcan al mínimo.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 73.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El patrono debe evaluar los riesgos para la seguridad y salud de sus trabajadores, teniendo en cuenta los posibles riesgos para la vista y los problemas físicos y de carga mental, así como el posible efecto añadido o combinado de los mismos. La evaluación debe realizarse tomando en cuenta las características propias del puesto de trabajo y las exigencias de la tarea, considerando especialmente las siguietnes:<br><br>-El tiempo promedio de utilización diaria del equipo.<br>-El tiempo máximo de atención continua a la pantalla requerido por la tarea habitual.<br>-el grado de atención exige dicha tarea.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 74.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si los resultados de la evaluación ponen en peligro la salud o seguridad del empleado, es obligación del patrono debe adoptar las medidas necesarias para eliminar o reducir el riesgo. En particular se debe reducir el tiempo máximo del trabajo continuo frente a la pantalla.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 75.

  • Presupuesto estimado Q.

  • De los monitores de las computadoras

  • Los caracteres de la pantalla deben estar bien definidos, configurados en forma clara y tener una dimensión suficiente, disponiendo de un espacio entre los caracteres y renglones.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 76, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las imágenes de la pantalla deben ser estables sin fenómenos de destello u otras formas inestables.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 76, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El usuario con terminales de pantalla debe poder ajustar fácilmente la luminosidad y el contraste, también ajustar el fondo de pantalla para adoptarlo fácilmente al entorno.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 76, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La pantalla debe ser orientada e inclinada a voluntad, con facilidad para adaptarse a las necesidades del usuario.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 76, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Debe utilizarse un pedestal independiente o una mesa regulable para la pantalla.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 76, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La pantalla no debe tener reflejos ni reverberaciones que puedan molestar al usuario.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 76, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Del teclado

  • El teclado debe ser inclinable e independiente de la pantalla para permitir que el trabajador adopte una postura cómoda que no provoque cansancio en los brazos y manos.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 77.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Debe haber un espacio no menor a 16 centímetros entre la fila central del teclado hasta el. Orde de la superficie de trabajo.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 77, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La superficie del teclado debe ser color mate para evitar reflejos al usuario.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 77, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los símbolos de las teclas deben resaltar lo suficiente y ser legibles desde la posición normal de trabajo.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 77, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • De la mesa o superficie de trabajo

  • La mesa o superficie de trabajo debe ser de un material anti reflectante.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 78, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La mesa o superficie debe poseer las dimensiones adecuadas que permita la colocación flexible de la pantalla, el teclado, los documentos, material y accesorios necesarios para el desempeño laboral.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 78, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El soporte de los documentos debe ser estable y estar organizado de tal modo que reduzca al mínimo el movimiento de la cabeza y los ojos.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 78, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La estación de trabajo debe permitir a los trabajadores una posición cómoda y segura.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 78, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Del asiento de trabajo

  • La altura de la silla debe permitir que el brazo quede en posición horizontal.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 79, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Al usar la silla los pies deben quedar perfectamente apoyados al suelo.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 79, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los bordes de la silla deben ser redondeados.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 79, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El respaldo de la silla debe ser recto y la altura de la misma debe ser graduable.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 79, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La espalda debe poder apoyarse en el respaldo de la silla.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 79, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La silla debe tener 5 apoyos.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 79, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La silla debe prestar buena condiciones de estabilidad, libertad de movimiento y procurar una postura confortable y segura.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 79, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Espacio

  • El puesto debe contar con las condiciones ,intimas expuestas con anterioridad para permitir el libre desplazamiento del trabajador.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 80.

  • Presupuesto estimado Q.

  • De las condiciones del entorno

  • La iluminación general y de los espacios, especialmente en donde hay pantallas de visualización debe ser la indicada para proporcionar la suficiente visibilidad al trabajador y evitar el sofocamiento.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 81.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El acondicionamiento del lugar y el puesto de trabajo debe estar dispuesto de tal manera que se eviten los deslumbramientos y los reflejos molestos en las pantallas u otras partes del equipo.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 82.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los puesto de trabajo deben instalarse de tal manera que las fuentes de luz no provoquen deslumbramiento directo ni produzcan reflejos en la pantalla.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 83.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las ventanas deben estar equipadas con un artefacto que pueda regular la entrada de luz a los puestos de trabajo.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 84.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Al instalar el equipo de trabajo debe tomarse en cuenta el ruido que produce, en especial para que no perturbe la atención ni comunicación.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 85.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los equipos instalados en el puesto de trabajo no deben provocar calor adicional para evitar riesgos de problemas de salud y seguridad de los trabajadores.

  • Referirse al Título 2, Capítulo 3, Artículo 86.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Manipulación manual de cargas

  • Se deben adaptar las medidas técnicas u organizativas necesarias para evitar la manipulación manual de cargas, en especial cuando se requiere de la utilización de equipos para un mejor manejo de la misma.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 1, Artículo 88.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los límites de carga deben de ser<br><br>-Varones de 16 a menos de 18 años..........15 Kilogramos.<br>-Varones de 18 a 21 años.............................20 Kilogramos.<br>-Mujeres de 16 a menos de 18 años..........10 Kilogramos.<br>-Mujeres de 18 a 21 años.............................15 Kilogramos.<br>-Varones adultos...........................................55 Kilogramos.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 1, Artículo 90.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El peso máximo que puede cargar un hombre adulto es de 55 Kilogramos y esto debe ser intermitente en un promedio de 3 movimientos por hora. La intermitencia puede variar con pesos menores a los 50 Kilogramos. Los pesos mayores a los 55 gramos se pueden mover en conjunto, siempre y cuando se cumpla con la normativa de los pesos.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 1, Artículo 90, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El peso máximo que pueden cargar las mujeres adultas, tiene que ser el 75% del peso máximo que soportan los varones adultos.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 1, Artículo 90, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe el empleo de mujeres durante el embarazo, comprobado por un médico, y 10 semanas siguientes al parto, para el transporte manual de cargas.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 1, Artículo 90, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Tanto mujeres como varones deben ser capacitados para aplicar los pasos del Método Cinético, el cual dicta<br><br>-Colocarse cerca de la carga, con los pies separados con fin de mantener el equilibrio, y con el pie derecho hacia delante.<br>-Agacharse, doblando las piernas, manteniendo la espalda en línea recta, para sujetar la carga con la mano completa, no con la punta de los dedos.<br>-La posición de la barbilla debe ser hacia dentro.<br>-Se debe levantar la carga con los brazos, acercándola al cuerpo.<br>-Debe levantarse con la fuerza de las piernas, manteniendo el tronco recto, los brazos flexión adiós y los codos cerca del puerto.<br>-La carga se debe mantener cerca del tronco y se debe sostener con la fuerza de los brazos.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 1, Artículo 91.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Siempre se debe informar a los trabajadores el peso exacto que tiene que manipular para poder adoptar las precauciones previstas.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 1, Artículo 92.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Almacenamiento de materiales

  • Los lugares en donde se realicen almacenamientos temporales o fijos, deben permanecer siempre limpios y ordenados.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 93.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La base de los lugares utilizados para el almacenamiento debe ser firme.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 93.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las estanterías del lugar donde se ubican los materiales deben de estar bien sujetos al suelo y a la pared.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 94.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No se debe permitir que los empleados utilicen las estanterías como escaleras.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 94.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los pasillos que se ubiquen entre apilamientos o estantes no deben ser inferiores a 1 metro de ancho.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 95.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Según el tipo de material que se esta almacenando debe haber un espacio a ras de suelo, para la ventilación, limpieza y control de plagas.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 95.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La altura máxima para el almacenamiento en forma manual no puede superar los 1.75 metros. Si la altura para el almacenamiento manual es mayor a este nivel, debe proporcionarse algún medio fijo o móvil que le permita llegar a la altura deseada, sin sobrepasar el limite mencionado.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 96.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si el apilamiento es mecánico, la altura máxima dependerá de la capacidad de soporte e gozado del equipo, tomando en cuenta:<br><br>-Cables para equipo de elevación.<br>-Criterios de examen y sustitución del cable.<br>-Ganchos de elevación.<br>-Características generales.<br>-Cables de acero con alma fibra natural dura para ascensores y montacargas.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 97.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si el almacenamiento mecánico es en estantes, los materiales mas pesados deben ser ubicados en la parte inferior para dar más estabilidad al mismo, dejando una distancia mínima de 90 centímetros, entre el ultimo material almacenado y el cielo raso.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 98.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En el almacenamiento y apilado de materiales se debe marcar el contorno del pasillo y zonas de almacenamiento según la norma de Utilización De Colores en seguridad y su simbología, con franjas cuyo ancho no pueden ser menores a 10 centímetros y no pueden superar los 15 centímetros.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 99.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si el sitio almacena químicos y desechos peligrosos, se debe contar con la simbología adecuada de los materiales, hoja de seguridad de los productos, y los trabajadores deben estar capacitados para actuar en casos específicos.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 99.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El almacenamiento de sacos debe realizarse en lugares secos, sin filtración, y con tarimas estables, impermeables y su disposición debe ser en capas transversales con la boca mirando hacia el centro de la pila.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 100.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los postes, tubos u otros materiales de forma redonda se deben apilar en capas, separadas, con madera o hierro, que tendrán calzas al final o bien deben estar clavadas hacia arriba en sus extremos.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 101.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las pilas de barriles deben ser simétricas, estables y preferiblemente en forma piramidal.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 102.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si el almacenamiento de los barriles es vertical, entre capa y capa se debe colocar una plataforma de madera.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 102.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si el almacenamiento de los barriles es en posición horizontal, se debe acudir a las estanterías especialmente construidas para este fin o de lo contrario entre capa y capa, se deben colocar tablones y calzas en los extremos.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 102.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todos los materiales almacenados deben cumplir con las normas nacionales e internacionales y de guías técnicas para el manejo ambiental de productos químicos y desechos peligrosos.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 103.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las bodegas con puntos ciegos deben contar con espejos de 90, 180 o 360 grados según sea el caso, para poder brindar una amplia visibilidad.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 2, Artículo 104.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Señalización de los locales de trabajo

  • Las señales de seguridad deben basarse en la combinación del mensaje en cuanto a prohibición, protección contra incendios, advertencias, etc. Las figuras geométricas consistentes en círculos, cuadrados, triángulos rectángulos y los colores de seguridad.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 3, Artículo 106.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las señales de seguridad deben atraer la atención del trabajador o trabajadores a los que esta destinado el mensaje.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 3, Artículo 107, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las señales de seguridad deben dar a conocer el riesgo con anticipación.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 3, Artículo 107, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las señales de seguridad deben tener una única interpretación.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 3, Artículo 107, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las señales de seguridad deben ser claras para facilitar su interpretación.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 3, Artículo 107, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las señales de seguridad deben informar sobre la acción especifica a cada caso.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 3, Artículo 107, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las señales de seguridad deben ofrecer una posibilidad real de cumplirla.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 3, Artículo 107, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las señales de seguridad deben estar ubicadas de tal manera que sea fácil de visualizar e interpretar.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 3, Artículo 107, Sección.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para todas las señales debe tomarse en cuenta las normas específicas para señalización del SSO (Salud y Seguridad Ocupacional).

  • Referirse al Título 3, Capítulo 3, Artículo 108.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Prevención y extinción de incendios disposiciones generales

  • En los centros de trabajo se debe cumplir con las normas para incendio especificadas a continuación y todas las demás normas emanadas de organismo con competencia en la protección civil.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 109.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Emplazamiento de locales

  • Los locales en los que se produzca o empleen sustancias altamente inflamables, o sean susceptibles a la incendios de rápida propagación, se deben construir a una distancia razonable del resto de los locales.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 110, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • De no ser posible la separación de locales, se debe aislar construyendo una pared resistente de concreto y ladrillos rellenos de tierra o algún otro material incombustible. Sin ningún agujero.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 110, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso que el incendio se derivará de una posible explosión de materiales explosivos determinados en la norma NFPA 704, entre cada local se debe construir un muro de tierra de un metro de ancho en la cúspide y con la pendiente natural de reposo hacia la base de altura superior de un metro a la de los locales que separe.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 110, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Siempre que sea posible, los locales que sean susceptibles a incendios, deben ser orientados, evitando su posición en dirección a los vientos dominantes o los más violentos.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 110, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Pasillos y corredores, puertas y ventanas

  • En actividades que produzcan un peligro de incendio, los pisos de los pasillos y corredores, deben ser ignífugos.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 111.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las puertas deben estar libres de obstáculos, debidamente señalizadas y deben abrir hacia el exterior. Queda prohibida la instalación de puertas verticales y las puertas arrolladoras o giratorias.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 112.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En locales donde exista el riesgo de incendio de rápida propagación, deben haber dos o más puertas de salida en direcciones contra opuestas, y antes y después de las mismas debe haber un espacio libre de 3 metros con pisos y paredes refractarios.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 112.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las puertas que no se utilizan a menudo deben contar con un rotulo que diga "Salida de emergencia"

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 112.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando las ventanas son constituidas como salidas de emergencia, están deben abrir hacia afuera y deben carecer de rejas.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 113.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ningún puesto de trabajo fijo debe estar a más de 45 metros de una salida de emergencia.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 114.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Escaleras

  • Las escaleras deben ser construidas o recubiertas con materiales resistentes al fuego.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 115.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ningún puesto de trabajo fijo puede estar a más de 25 metros de las escaleras de emergencia.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 115.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La anchura de las escaleras debe ser igual al de las salidas que las que las comunican.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 115.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si el peligro de incendio es alto, deben instalarse escaleras metálicas a lo largo de la fachada con fácil acceso a la misma desde toda la planta.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 116.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los ductos o cubos de las escaleras deben estar sellados, para evitar que actúen como efecto chimenea en un siniestro

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 117.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ascensores y aparatos elevadores

  • Los asensores, grúas, elevadores y aparatos destinados al transporte de personas, materiales o equipo, deben cumplir con las normas en cuanto a su construcción, estabilidad y resistencia. También deben estar provistos de mecanismos o dispositivos de seguridad adecuados.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 118.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los par atados que no deben transportar personas, deben hacerlo constar así, indicando la carga máxima que pueden soportar, y deben ser sometidos a una vigilancia rigurosas en cada una de sus piezas y mecanismo.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 119.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No debe permitirse a los trabajadores circular o estacionarse debajo de los asensores, elevadores o transportadores, a menos que el trabajo lo requiera y dichos apartados deberán complot con las condiciones de seguridad indispensables, convocándose un aviso de "PELIGRO" en los lugares adecuados.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 120.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las cajas de los elevadores y ascensores deben ser de tipo cerrado y resistentes al fuego.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 121.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Señales de salida

  • Todas las puertas exteriores y pasillos de salida deben estar identificados, preferiblemente iluminados o fluorescentes.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 122.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Pararrayos

  • Se debe instalar Pararrayos en<br><br>-Edificios en donde se fabriquen, manipulen o almacenen explosivos comerciales.<br>-Tanques que sustentan materiales altamente inflamables.<br>-Chimeneas altas.<br>-Edificaciones de centros laborales que destaquen por su elevación.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 123.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Medidas y medios de prevención y extinción Norma general

  • En los centros de trabajo que ofrezcan peligro de incendio sin o con explosión deben adoptar las medidas de prevención que se indica a continuación.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 124.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Uso del agua

  • Donde existan condiciones de agua a presión, se deben instalar varias tomas o bocas a distancias convenientes, por donde circulen los trabajadores y cerca de los puesto de trabajo. Se recomienda colocar una manguera por cada toma de agua, o una cada 50 metros.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 125.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si se carece de agua a presión o esta no es suficiente, se deben instalar los suficientes pozos de agua para poder combatir los incendios.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 126.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En incendios provocados por líquidos, gases, pinturas inflamables o pollo organico, debe aplicarse agua pulverizada.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 127.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No se puede utilizar agua bajo la presencia de polvo de aluminio o magnesio, o en presencia de carburo de calcio u otras sustancias que al contacto del agua produzcan explosiones, gases inflamables o nocivos.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 128.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En incendios que impliquen instalaciones eléctricas con tensión, se prohíbe el uso de extintores de espuma química, soda ácida o agua.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 129.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Extintores portatiles

  • Se deben colocar extintores portátiles o móviles sobre ruedas a la proximidad de los puestos de trabajo con mayor riesgo a incendio, estos pueden ser según convenga a la causa determinante del fuego a extinguir.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 130.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los extintores deben estar ubicados a 1.50 metros teniendo como referencia la parte superior del cilindro o el cuerpo

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 130.

  • Presupuesto estimado Q.

  • De haber distintos extintores, estos deben rotularse con carteles indicadores del lugar e indicando el tipo de fuego al que debe emplearse.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 131.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de r necesario se debe capacitar al personal del peligro que implica el uso de retractor uno de carbono y cloruro de metilo en atmósferas cerradas y las reacciones químicas que implican al entrar en contacto con líquido de extintores y materias sobre las que pueden proyectarse.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 132.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los extintores deben ser revisados periódicamente y deben ser recargados después de su uso. De no ser usados deben ser recargados anualmente.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 133.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Empleo de arenas finas

  • Para extinguir incendios producidos por polvo o viruta de magnesio o aluminio se debe utilizar arena fina seca de polvo de piedra u otras materias inertes semejantes. Estos deben estar ubicados en cajones debidamente ubicados cerca del área de trabajo.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 134.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Detectores automáticos

  • Si el lugar de trabajo es de gran peligrosidad debido al riesgo de incendio, y si el proceso de producción lo permite, tendrá que ser instalado un equipo de detector de fuego dotado de rociadores. Por lo que deberá dejarse un espacio libre entre la mercadería y los rociadores de mínimo 80 centímetros.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 135.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Prohibiciones personales

  • Queda prohibido fumar, introducir cerillas, mecheros o cualquier artefacto de ignición. Esta prohibición debe indicarse con carteles visibles a la entrada y en los espacios libres de las paredes de tales dependencias.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 136, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe al personal introducir o emplear útiles de trabajo no autorizados por la empresa que puedan producir chispas por contacto o proximidad con sustancias inflamables.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 136, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Equipos contra incendios

  • En casos que exista alto riesgo de incendio, se le debe proporcionar a los trabajadores guantes, manoplas, mandiles o trajes ignífugos y calzado especial contra incendios.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 137.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe instruir y capacitar al personal integrado en el equipo o a la brigada de incendios sobre el manejo y conservación de las instalaciones, material extintor, señales de alarma, evacuación de los trabajadores y socorro inmediato a los accidentes. Así mismo se debe capacitar a los trabajadores sobre los plantes de evacuación.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 138.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El personal de brigada contra incendios debe disponer, según sea el caso de cascos, trajes aislantes, botas, guantes y cinturones de seguridad. En casos específicos deben disponer de máscaras y equipo de respiración autónoma.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 139.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El material que se utilizará para la extinción de incendios tales como mangueras, escaleras, cubiertas d leona, tejido ignífugo, et. No puede ser utilizado para otros propósitos y la ubicación de estos debe ser conocida por todas las personas que deben emplearlo.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 140.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe designar a un jefe del personal de la brigada contra incendios que debe cumplir estrictamente con las instrucciones técnicas dictadas en el plan de gestión de riesgos y emergencias.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 141.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Simulacros de incendio

  • Para verificarse la efectividad del plan de respuesta contra incendios, el jefe de la brigada contra incendios debe realizar simulacros d e incendio periódicos. Se recomienda realizar uno anualmente.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 142.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Trabajos diversos, trabajos en espacios confinados

  • Para trabajos que se realizan en donde la entrada de aire y ventilación natural sea desfavorable, o en donde puedan acumularse concentraciones de tóxico o inflamables o exista una pequeña concentración de oxígeno, se deben aplicar las normas siguientes.

  • Garantizar las condiciones de seguridad necesarias.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 143, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los trabajos se deben realizar bajo supervisión de personal competente, en donde se requiere un ayudante en el exterior para la actuación en procedimientos de emergencia.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 143, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Antes de iniciar con los trabajos se debe garantizar la ausencia de residuos de sustancias tóxicas o inflamables.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 143, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Adecuar una adecuada calidad del aire en el interior, con una concentración de sustancias tóxicas por debajo de los niveles permisibles.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 143, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El trabajador debe contar con una constancia escrita ara realizar el trabajo, en donde se especifique las operaciones y precauciones necesarias.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 143, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si fuera necesaria la implementación de herramientas eléctricas se deben tomar precauciones necesarias para evitar cualquier tipo de chispa.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 143, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe procurar que el equipo de protección no cuente con prendas metálicas para evitar cualquier tipo de chispa.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 143, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si se necesitará soldadora, el área debe estar libre de gases y sustancias inflamables. Y los trabajadores deben estar especialmente capacitados para su uso.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 143, Sección H.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Excavaciones

  • En trabajos de excavación se deben tomar las precauciones para evitar cualquier tipo de derrumbamientos, según la naturaleza y condiciones del terreno.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 144.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Zanjas

  • Las excavaciones de zanjas deben estar protegidas posteriormente con obras de concreto o similares, cuya inclinación del talud debe coincidir con el ángulo natural de inclinación de la tierra para evitar el desprendimiento. Si posteriormente se realiza otra excavación con el talud mas acentuado que el anterior, se debe dispone de una entubación o fortificación que ofrezca plena garantía de seguridad.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 145.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando las zanjas tengan una profundidad de 80 centímetros a 1.30 metros, debe entibarse de forma horizontal, en un terreno con suficiente cohesión que le permita ser auto estable mientras se finaliza con la excavación.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 146.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando las zanjas tengan una profundidad de 1.50 metros a 1.80 metros, debe entibarse de forma vertical, cuando el terreno no presenta la suficiente cohesión o no se tenga garantía de ello.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 146.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Antes de las excavaciones se debe tener en cuenta las condiciones del terreno y en su caso circunstancias específicas tales como edificaciones continuas o el tráfico cercano.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 147.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Materiales de excavación

  • Si durante la excavación se utilizarán materiales que no se pueden retirar inmediatamente, estos se deben apilar a una distancia suficiente del borde de la excavación para que no suponga carga que pueda provocar desprendimientos.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 148.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El mínimo de distancia de apilamiento tiene que ser del doble de la profundidad de la excavación.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 148.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Maquinaria de excavación

  • Cuando la excavación se realice con medios mecánicos, los trabajadores no puede permanecer en el radio de acción de la pala o elemento mecánico.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 149.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En toda excavación, principalmente de zanjas se deben instalar escaleras para la fácil movilidad de los trabajadores. La separación máxima de estas debe ser de 7 metros.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 149.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Fortificaciones o entibaciones

  • En los pozos y zanjas siempre debe instalarse una entubación adecuada. En caso de pozos circulares esta debe estar constituida por un revestimiento de blindaje efectuado con tablas estrechas o con pieza que se adapten a la curva, mantenida verticalmente en su dirección sostenida por una serie de arcos o cinchos de hierro extensibles, reguladas por cualquier procedimiento mecánico o bien por medio de cuñas.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 150.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Subida y bajada de los trabajadores

  • Si se emplean métodos mecánicos para el asenso y descenso de los trabajadores, deben aplicarse las medidas de seguridad necesarias.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 151.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si se emplean métodos mecánicos para el asenso y descenso de los trabajadores, deben aplicarse las medidas de seguridad necesarias.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 151.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Queda prohibido utilizar el mismo entramado o entibado para el ascenso o descenso de los trabajadores.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 151.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Trabajos en interior de pozos

  • Antes de ingresar a los pozos se deben hacer las pruebas necesarias para conocer el estado de la atmósfera. Los trabajadores tienen prohibido ingresar a los pozos sin antes haber tomado las precauciones necesarias para impedir accidentes por intoxicación o asfixia.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 152.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Demoliciones

  • Antes de toda demolición o derribo,mala dirección técnica debe inspeccionar todas las partes del edificio para conocer la resistencia y organizar el orden de los apuntalamientos o sujeciones necesarios.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 153.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se trabaje la demolición en diferentes alturas se deben adoptar las precauciones necesarias de prevención y protección para la seguridad de los empleados en las plantas bajas.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 154.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Trabajos con explosivos

  • Con el uso de explosivos se debe poner especial cuidado conga carga y pega de barreños dando aviso de las descargas mediante alarmas sonoras para que los empleados se dirijan a zonas seguras.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 155.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de la manipulación y uso de mechas, detonadores, pólvora, explosivos, etc. Se deben adoptar los mecanismos y medios adecuados para cumplir rigurosamente con las instrucciones internas y de la autoridad competente.

  • Referirse al Título 3, Capítulo 4, Artículo 156.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Condiciones higiénicas ambientales en el lugar de trabajo, ambientes libres de humo de tabaco en lugares de trabajo

  • Según el Decreto 74-2008, se prohíbe fumar o mantener cualquier producto derivado del tabaco en cualquier espacio de trabajo, incluyendo áreas de descanso, baños, salones de conferencia, etc.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 157.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe garantizar que ninguno de los empleados fume en su área de trabajo , adoptando políticas y procedimientos internos en cumplimiento a la ley.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 157, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Debe haber un responsable para capacitar a los trabajadores de trabajar en lugares libres de humo de tabaco, así como sus obligaciones para el cumplimiento del mismo.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 157, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Esta dentro de las obligaciones de la empresa colocar señalización interna sobre la prohibición de fumar, y la eliminación de ceniceros de toda la instalación.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 157, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Condiciones higiénicas de naturaleza física, iluminación, disposiciones generales

  • Todos los lugares de trabajo o tránsito deben contar con la suficiente iluminación natural, artificial o mixta, apropiada a las operaciones que se ejecutan.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 158.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Siempre que sea posible, la luz natural debe intensificarse en máquinas, lugares de tránsito con riesgo a caídas, escaleras y salidas de emergencia.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 159.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Iluminación Natural

  • Cuando exista luz natural, se debe procurar que la intensidad luminosa sea uniforme en todas las áreas, evitando sobreas, reflejos, y deslumbramientos al trabajador.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 160.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe realizar una limpieza periódica de las ventanas, domos, y superficies con el propósito de permitir la entrada de la luz natural.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 161.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En áreas de las ventanas, domos, y superficies con propósito de permitir el ingreso de luz natural, debe representar como mínimo el 17% de la superficie del suelo.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 162.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Iluminación Artificial

  • En zonas de trabajo que carezca de luz natural, sea insuficiente, o se creen sombras que dificultan las operaciones laborales deben ser iluminadas con luz artificial.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 163.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando El trabajo exigía una alta iluminación, se debe combinar la iluminación general con otra implementaría, adaptándola y disponiendo de ella de tal modo que evite deslumbramientos.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 164.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Debe evitarse el fuerte contraste de luz o sombra para poder apreciar los objetos en sus tres dimensiones.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 165.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No se deben implementar lamparas con pantallas protectoras o difusores a menos de 5 metros. A menos que se les aplique protección anti-deslumbrante de modo eficaz.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 166, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El ángulo que forma el rayo luminoso no puede ser inferior a los 30 grados sobre la horizontal del ojo trabajador.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 166, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben utilizar reflectores opacos para evitar el deslumbramiento en el ojo del trabajador.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 166, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • De ser necesario, la maquinaria debe pintarse de color mate para evitar el reflejo de la luz sobre el ojo del trabajador.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 166, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe el empleo de fuentes de luz que produzcan oscilaciones en la emisión de flujo luminoso.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 166, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se emplee iluminación fluorescente del montaje debe ser doble, la superficie iluminada debe ser homogénea, y ni debe ser alimentada con corriente que no tenga menos de cincuenta periodos por segundo. En su frecuencia debe utilizarse una pantalla difusora y de protección que permita una distribución homogénea del haz luminoso y el posible desprendimiento de un fluorescente.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 166, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En locales con riesgo a explosión por el genero de actividades, sustancias almacenadas o ambientes peligrosos, la iluminación debe ser antideflagrante.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 166, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La iluminación artificial debe ofrecer garantía de seguridad, no viciar la atmósfera ni presentar ningún peligro de incendio o explosión.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 166, Sección H.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Intensidad de la iluminación artificial

  • Los niveles de iluminación son presentados en la siguiente tabla, la cual depende de las exigencias visuales de las tareas a desarrollar.<br><br>-Donde se ejecuten tareas con baja exigencia visual.............................................................100-200 lux.<br>-Donde se ejecuten tareas con exigencias visuales moderadas, ordinarias y fáciles.........200-500 lux.<br>-Donde se ejecuten tareas con exigencias visuales altas o moderadamente críticas........500-1000 lux.<br>-Donde se ejecuten tareas con exigencias visuales altas, severas y prolongadas..............1000-2000 lux.<br>-Tareas muy severas y prolongadas, con detalle minucioso de muy poco contraste........2000-5000 lux.<br>-Tareas excepcionales difíciles e importantes..........................................................................10000-20000 lux. <br>

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 167.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Iluminación de emergencia

  • Todos los locales que cuenten con mas de una habitación deben contar con luces de emergencia adecuada a las dimensiones del local y números de trabajadores ocupados simultáneamente. Estos deben mantener al menos durante 90 minutos con una intensidad de 10 Lux promedio al inicio y 1 Lux a lo largo de las vías medidas a nivel del suelo.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 168.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La fuente de energía de las luces de emergencia debe ser completamente independiente al sistema normal de iluminación.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 168.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ventilación

  • Todos los locales deben contar con un sistema de ventilación que asegure la renovación del aire y mantenga la temperatura a niveles tales que no resulte molesta o perjudicial para la salud de los trabajadores, si el proceso lo amerita.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 169.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Es prioridad la implementación de un sistema capaz de acondicionar el aire de tal modo que regule la temperatura la ventilación y circulación del aire.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 169.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La ventilación debe ser mayor o igual a 50 m3 por hora y por trabajador, el cálculo se debe hacer estimando una renovación de 4 a 8 veces por hora en ambiente d e oficina. La velocidad de circulación debe prevalecer en 0.2 metros por segundo en ambientes confortables, y entre 0.5 a 1 metro por segundo en ambientes calurosos.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 169.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En ningún caso el anhídrido carbonizo o ambiental debe sobrepasar la porción de 50/10,000 y el monóxido de carbono 10/10,000

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 169.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe emplear braseros, o sistemas de calor por fuero libre, salvo en la intemperie y siempre que no implique peligro de incendio o explosión.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 169.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La renovación del aire puede realizarse por medio natural o artificial, tomando en cuenta:<br><br>-Numero de trabajadores.<br>-Naturaleza del proceso de trabajo.<br>-Velocidad y entrada del aire.<br>-Humedad del ambiente.<br>-Bienestar térmico de los trabajadores.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 170.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En los centros de trabajo donde se utilicen o emitan gases inflamables, debe ser necesaria la ventilación, para evitar que estos alcancen sus límites de inflamabilidad.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 171.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En los ambientes de trabajo en donde se utilicen gases, polvos o alguna otra sustancia que afecte las normas de calidad del aire, deben implementarse las suficientes entradas de aire, como ventanas, puertas, etc. Las cuales deben colocarse cerca de las fuentes de calor o de las fuentes de los contaminantes de calor para evitar cualquier escape hacia el conjunto general de aire.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 172.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Radiaciones

  • En todo lugar de trabajo en donde se exponga a radiaciones ionizantes y no ionizantes se debe cumplir con lo que disponga el Acuerdo Gubernativo o Ministerial vigente en la metería en Guatemala, desde la importación, colocación y funcionamiento de la fuente emisora sea sanitaria o industrial.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 173.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Temperatura y humedad

  • En lugares de trabajo en donde las condiciones sean de altos grados de temperatura o bajas extremas, es obligación del patrono disponer de las medidas preventivas para proteger a los trabajadores del daño que este trabajo les pueda ocacionar. Para ello se debe considerar el desgaste kilocalórico que exige la actividad por hora, la vestimenta, las temperaturas de bullbo, la velocidad del aire. humedad relativa, entre otros.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 174.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los estudios para evaluar el confort térmico y las medidas adecuadas son responsabilidad de los patronos. Para poder realizarlos se deben emplear los criterios mencionados con anterioridad, cuyos resultados deben estar a disposición de las autoridades competentes al momento que estas lo soliciten.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 175.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Trabajo en ambientes calurosos

  • Se debe entender que un trabajador se expone a un trabajo caluroso cuando al evaluar su sobrecarga térmica se obtengan valores superiores a los indices ponderados de la temperatura del globo, seca y bulbo húmedo. Recomendamos y vigentes por la Conferencia Americana Gubernamental de Higiene de los Estados Unidos, sobre los valores límites permisibles.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 176.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Un trabajador que inicie sus labores en ambientes calurosos, debe someterse a un proceso de aclimatación de una semana, iniciando con un 50% de la exposición total el primer día, siguiendo con un aumento del 10% diario hasta completar el 100% a la exposición.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 177.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de trabajadores ya aclimatados, pero han tenido periodos de 10 o más días consecutivos sin exposición a altas temperaturas, será necesario someterlos nuevamente a un nuevo proceso de aclimatación, esta vez iniciando con un 50% total de la exposición el primer día, y luego incrementando un 20% y así sucesivamente hasta completar un 100%.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 177.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En los lugares de trabajo en donde se expongan a altas temperaturas, su jornada laboral debe concluir 15 minutos antes, y deben contar con cuartos de descanso con temperatura regulada, donde el trabajador se recupere y establezca su equilibrio térmico natural, sin perjudicar su salud, además d en estricto control de hidratación.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 178.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En lugares en donde se esté expuesto a las altas temperaturas, se le debe proporcionar a los trabajadores agua potable u otra bebida necesaria a disposición de los trabajadores, ubicada en puntos estratégicos y de fácil acceso a los mismos.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 179.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Trabajo en ambientes fríos

  • En aquellos ambientes en donde se trabaje a temperaturas menores a 16 ºC se debe instalar un sistema de termometría para garantizar el control y medidas de protección: Dotar de protección en las manos a los trabajadores que realicen operaciones manuales de predicción.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 180, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En aquellos ambientes en donde se trabaje a temperaturas menores a 4 ºC se debe proveer protección corporal total adicional adecuada para el nivel de frío y actividad física.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 180, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En aquellos ambientes en donde se trabaje a temperaturas menores a -1 ºC se debe excluir a los trabajadores que padezcan enfermedades o estén tomando algún medicamento que entorpezca la regulación normal de la temperatura corporal o reduzca la tolerancia del trabajador en ambientes frios.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 181.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los ambientes de trabajo y descanso por exposición diaria a ambientes fríos se regirán por la siguiente tabla:<br><br>-1 a -34 ºC............................Tiempo total de trabajo de 4 horas, alternando 1 hora dentro y 1 hora fuera del área a baja temperatura.<br>-34 a -57 ºC..........................Tiempo total de trabajo permitido 1 hora, dos periodos de 30 minutos cada uno, con intervalo de 4 horas mínimo.<br>-57 a -73ºC...........................Tiempo total de trabajo permitido 5 minutos.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 181.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ruido

  • Se considera centro de trabajo ruidoso aquellos que empleen fuentes generadoras de ruidos, ya sean continuos con niveles de presión sonora superiores a 85 dB (A) o de impacto superiores a los 90 dB (A).

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 182.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las maquinas que produzcan ruidos o vibraciones molestas se deben aislar por medio de técnicas de control de ingeniería en el recinto de ellas solo deben trabajar el personal necesario para su mantenimiento durante el tiempo indispensable.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 183.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe la instalación de máquinas o aparatos ruidosos adornados a Paredes o columnas de las que distará como mínimo 0.70 metros de tabique medianeros y 1 metro de las paredes exteriores y columnas.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 184.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todas las fuentes de sonido que produzcan los niveles de presión sonoras anteriormente mencionadas, deben ser instalados de manera tal que se elimine o reduzca el ruido a percibir por los trabajadores.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 185.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las instalaciones o fuentes generadoras de sonido deben ser aisladas de las áreas contiguas con material que atenúe la propagación de sonido a niveles inferiores a los establecidos en el presente reglamento.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 186.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Toda fuente generadora de sonido que supere los 85 o 90 dB (A), debe encontrarse bien cimentada, nivelada, ajustada y lubricada de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 187.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Queda prohibido dentro de los lugares de trabajo niveles de presión sonora iguales o superiores a los 90 dB (A) para ruidos intermitentes o de impacto.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 188.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En lugares de trabajo en donde la presión sonora sean iguales o superiores a los 85 dB (A) para ruido continuo y 90 dB (A) para ruidos intermitentes o de impacto, las jornadas de trabajo se deben ajustar a lo siguiente.<br><br>Ruido continuo:<br>85 dB (A).....................8 horas<br>88 dB (A).....................4 horas<br>91 dB (A).....................2 horas<br>94 dB (A).....................1 hora<br>97 dB (A).....................30 minutos<br>100 dB (A)...................15 minutos<br><br>Ruido intermitente o de impacto<br>90 dB (A).....................8 horas<br>93 dB (A).....................4 horas<br>96 dB (A).....................2 horas<br>99 dB (A).....................1 hora<br>102 dB (A)...................30 minutos<br>105 dB (A)...................15 minutos

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 189.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso que los niveles de presión sonora no sea ninguno a los especificados en la tabla anterior, se debe hacer un cálculo aplicando la siguiente fórmula: Tiempo. Máximo. ( hora / día ) = 8 / 2 (NSCE-85)/3 en donde NSCE = Nivel de presión sonora en dB (A)

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 190.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los trabajadores que se expongan a presiones sonoras mayores a 85 dB (A) y especialmente que sean protegidos con medios de protección personal individual o a travez de la reducción de tiempo de exposición, deben estar sujetos a vigilancia médica mediante reconocimientos o exámenes médicos periódicos. La periodicidad de los exámenes dependerá del tiempo de exposición y las características del ruido.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 191.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todo centro de trabajo que sea ruidoso, conforme a los niveles de sonido que señala el presente reglamento, debe implementar un programa de conservación auditiva a largo plazo para controlar los riesgos inherentes al ruido y las vibraciones, el cual debe:

  • Garantizar que las medidas preventivas adoptadas sean eficaces.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 192, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Minimizar en los centros de trabajo, los niveles sonoros de conformidad con la norma establecida en el presente Reglamento.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 192, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Garantizar que las modificaciones o cambios en los procesos industriales, no afecten los niveles de ruido establecidos.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 192, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Promover la aplicación de medidas de prevención que garantice la salud de los trabajadores.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 192, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Determinar y registrar el nivel sonoro continuo o de impacto.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 192, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La implementación del programa mencionado en el artículo anterior es responsabilidad del patrono y las evaluaciones o resultados del mismo deben estar disponibles en el momento que lo solicite la autoridad competente.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 193.

  • Presupuesto estimado Q.

  • De las vibraciones

  • El anclaje de máquinas o aparatos que produzcan ruidos, vibraciones o trepidaciones debe realizarse de la manera más estética y dinámica.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 194.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los conductos con circulación forzada de líquidos o gases y que estén conectados con máquinas que tengan partes en movimiento, deben estar provistos con dispositivos que impidan la transmisión de las vibraciones que generan, aislándolo con materiales absorbentes en sus anclajes y partes que atraviesen muros o tabiques.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 195.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El control de ruidos agresivos en los centros de trabajo no se debe limitar al aislamiento del foco que los produce, también se deben adaptar las prevenciones técnicas para evitar que los fenómenos de reflexión y resonancia alcancen niveles peligrosos para la salud de los trabajadores.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 196.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las maquinas operadoras, vehículos, etc. Que produzcan vibraciones, deben estar provistos de asientos con amortiguadores y sus conductores deben contar con el equipo de protección personal adecuado.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 197.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Toda fuente generadora o transmisora de vibraciones, debe cumplir con las medidas siguientes:

  • Conservarse para su perfecto equilibro estático y dinámico.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 198, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Mantenerse en perfecto estado de utilización, reparándose o descartándose si el desgaste mecánico que presenta la hace irrecuperable.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 198, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Implementarse sistemas de montaje y suspensión anti vibrátiles.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 198, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe instalar en forma conveniente, alejadas de las columnas, fundiciones o elementos de sustentación de las estructuras.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 198, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se trate de conductos de circulación forzada (gases, líquidos o sólidos en suspensión), deben estar provistos de dispositivos amortiguadores que impidan dicha transmisión oscilatoria.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 198, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Toda fuente generadora de vibraciones debe estar provista de amortiguadores, atendiendo a su vez las medidas expuestas en el numeral anterior.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 199.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso que el trabajo genere muchas vibraciones, se le deben proporcionar guantes anti vibratorios al trabajador, así mismo, todo trabajador que se exponga a vibraciones debe practicarse le conocimiento médico anual.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 1, Artículo 200.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Sustancias peligrosas, polvo, gases o vapores inflamables o insalubres

  • En los lugares de trabajo en donde se desprenda mucho polvo, gases o vapores inflamables o nocivos a la salud, se deben reunir las condiciones máximas de cubicación, ventilación, iluminación, temperatura, y grado de humedad.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 201.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En los lugares de trabajo en donde se desprenda mucho polvo, gases o vapores inflamables o nocivos a la salud, se deben reunir las condiciones máximas de cubicación, ventilación, iluminación, temperatura, y grado de humedad.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 201.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El piso paredes y techos, así como las instalaciones deben ser de materiales resistentes a la acción de los agentes indicados y susceptibles de ser sometidos a limpieza y lavados convenientes.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 201.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Dentro del centro de trabajo, estos locales deben aislarse o tomarse las medidas necesarias de protección con el objeto de evitar riesgos a la salud de los trabajadores dedicados a otras labores.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 201.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe estar sujeto al reglamento específico para sustancias peligrosas, que aplica para cualquier centro de trabajo en donde se manipule, manufacture o utilicen sustancias dañinas en estado sólido, líquido, gaseoso, o en donde se produzca o libere polvo, fibras, emanaciones, etc. Que sean capaces de afectar la salud de las personas.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 202.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Siempre que sea posible, las sustancias nocivas deben ser sustituidas por sustancias inocuas o menos nocivas, y se deben establecer tasas o valores límites de concentración permisibles de las sustancias nocivas.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 203.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Es obligación del empleador y del encargado eliminar o minimizar el riesgo adoptando las medidas que garanticen condiciones de salud y seguridad.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 204.

  • Presupuesto estimado Q.

  • De ser necesario, los trabajadores deben contar con el equipo de protección personal necesario conforme las reglamentaciones especiales que se dicten sobre la materia.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 205.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si existe posibilidad de desprendimiento de gases o vapores en cantidades que expongan la vida de los trabajadores, debe instalarse un sistema que anuncie la aparición del peligro, y al activarse, es obligación de los trabajadores el abandono del área de riesgo. Para esto se debe capacitar debidamente al personal.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 206.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si se manipulan materiales orgánicos susceptibles a la descomposición, este se debe someter a un proceso de desinfección previa, siempre que no cause prejuicio a la industria o al empleado. En caso de no poder realizarse, deben tomarse las medidas higiénicas en cuanto a limpieza general y protección del trabajador. Las áreas de trabajo deben estar libres de cualquier residuo.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 207.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los depósitos, calderas, etc. Que contengan líquidos corrosivos, calientas o que puedan dañar la integridad del trabajador, deben estar provistos por una tapa resistente al material que conserva, su borde superior debe estar por lo menos a 90 centímetros sobre el suelo o plataforma en donde se colocan los trabajadores, de no ser posible se deben colocar sólidas barandillas con la misma altura de 90 centímetros y sus correspondientes rodapiés, que circulen los aparatos en la forma más eficaz permitirá por la naturaleza de los trabajos.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 208.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si algún deposito es abierto, y se deba transitar sobre ellos, se debe contar con pasarelas que sean sólidas y estén provistas de barandillas. Deberán colocarse señales de peligro en las proximidades.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 208.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los sistemas o aparatos que sean herméticos, tuberías y conductos, deben someterse en constantes pruebas para verificar que no existe ninguna fuga. En caso de que existiera una fuga, se deben contener y repararlas inmediatamente. Si estas ofrecen grave peligro, será necesario colocar un cartel con la indicación "PELIGRO, NO TOCAR", con su respectiva gráfica visual.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 209.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Envasado, transporte y manipulación de materias peligrosas e insalubres

  • En envase, transporte, manipulación de productos corrosivos, calientes o peligrosos, debe hacerse por medios y dispositivos que ofrezcan garantía de seguridad para que los trabajadores no tengan contacto con los vapores o resulte alcanzado por proyecciones de los mismos, empleando anteojos, guantes, equipos especiales o máscaras respiratorias.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 210.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los recipientes móviles de cualquier clase que contengan productos peligrosos, deben reunir condiciones de seguridad y resistencia para su transporte.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 210.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Toda la materia peligrosa, envasada con cualquier tipo de envase, deben llevar en el exterior de este un letrero resistente en forma rectangular, en el que figure claramente la palabra "PELIGRO", el nombre del producto y las indicaciones necesarias para su manejo y manipulación.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 210.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La fabricación, almacenamiento, manejo, transporte y uso de explosivos y productos pirotécnicos debe ajustarse a lo que indiquen los reglamentos especiales.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 2, Artículo 211.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Precauciones

  • En actividades en donde exista riesgo para la salud o seguridad de los trabajadores como consecuencia del trabajo con agentes biológicos se deben adoptar las siguientes medidas:<br><br>-Prohibir que los trabajadores coman, beban o fumen en zonas de trabajo en las que exista dicho riesgo.<br>-Proveer a los trabajadores de prendas de protección apropiadas.<br>-Disponer de aseos apropiados para el uso de los trabajadores.<br>-Disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos, verificar que se limpien y comprobar su funcionamiento.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 3, Artículo 216.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Aseo personal

  • Los trabajadores que tengan contacto o manejo de agentes biológicos, deben disponer de 10 minutos para su aseo personal antes de la comida al igual que antes de abandonar el trabajo.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 3, Artículo 217.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Al salir de la zona de trabajo, el trabajador deberá quitarse la ropa de trabajo y equipo de protección que pueda estar contaminado y guardarlo en lugares que no contengan otras prendas. De ser posible se deberán utilizar prendas de protección desechables en los trabajos con agentes biológicos de los grupos 2, 3, y 4.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 3, Artículo 218.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Medidas de precaución

  • Se debe evitar la utilización de agentes cancerígenos en el trabajo, se debe sustituir por otra sustancia o preparado o u procedimiento que en condiciones normales de utilización no sea peligrosa o sea en menor grado para la salud y seguridad de los trabajadores.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 221.

  • Presupuesto estimado Q.

  • De no ser técnicamente posible la instalación de un sistema cerrado, se deben garantizar que el nivel de exposición de los trabajadores con agentes cancerígenos debe reducirse a un valor tan bajo como sea técnicamente posible.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 223.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En todas las actividades en donde exista un riesgo de contaminación por agentes cancerígenos, el patrono debe adoptar las medidas necesarias para:

  • Prohibir que los trabajadores coman, beban o fumen en las zonas de trabajo en las que exista el las que exista el riesgo.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 224, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Proveer a los trabajadores de ropa de protección apropiada o de otro tipo de ropa especial adecuada.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 224, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Disponer de lugares separados, para guardar de forma separada las ropas de trabajo o de protección y las ropas de vestir.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 224, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección y verificar que se limpien y se compruebe su buen funcionamiento con anterioridad y después de cada utilización, reparar o sustituir los elementos defectuosos antes de su nuevo uso.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 224, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Disponer d e inodoros, baños y cuartos de aseo apropiados y adecuados para uso de los trabajadores.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 224, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los trabajadores que laboren con sustancias potencialmente cancerígenas, deben disponer de 15 minutos para aseo personal antes de la comida y otros 15 minutos antes de abandonar el trabajo.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 225.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El patrono debe hacerse responsable del lavado y descontaminación de la ropa de trabajo, no debe permitir que los trabajadores se lleven dicha ropa a su domicilio para tal fin. Así mismo, se debe contratar un servicio de manera externa y enviar la ropa en recipientes cerrados y etiquetados con las advertencias precisas.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 226.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de emergencia en donde los trabajadores puedan sufrir una exposición anormal a los agentes cancerígenos, el patrono debe informar inmediatamente, y al momento en el que termine la amenaza, debe adoptar las medidas necesarias para:<br><br>-Limitar la autorización para trabajar en la zona afectada a los trabajadores que sean indispensables para efectuar las reparaciones u otros trabajos necesarios.<br>-Garantizar que la exposición no sea permanente y que su duración para cada trabajador se limite a lo estrictamente necesario.<br>-Impedir el trabajo en la zona afectada de los trabajadores no protegidos adecuadamente.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 227.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En todas aquellas actividades no regulares en donde pueda preverse la posibilidad de un incremento significativo de la exposición de los trabajadores, el patrono, una vez agotadas todas las posibilidades para implementarse otras medidas de técnicas preventivas para limitar la exposición, debe adoptar, previa consulta a los trabajadores o sus representantes, las medidas necesarias para:

  • Evitar la exposición permanente del personal, reduciendo la duración de la misma al tiempo estrictamente necesario.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 228, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Adoptar medidas complementarias para garantizar la protección de los trabajadores afectados, en particular poner a su disposición ropa y equipos de protección adecuados que debe utilizar mientras dure la exposición.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 228, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Evitar que las personas no autorizadas tengan acceso a las zonas en donde se desarrollen estas actividades, bien delimitado y señalizado dichos lugares o bien protegidos por otros medios.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 228, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En todo caso, el patrono debe adoptar las medidas siguientes:

  • Limitar cantidades de agentes cancerígenos en el lugar de trabajo.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 229, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Limitar al menor número posible los trabajadores expuestos.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 229, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Disociar los procesos para reducir al mínimo la formación de agentes cancerígenos.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 229, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Utilizar los métodos de medición adecuados.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 229, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Delimitar las zonas de riesgo.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 229, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Velar porque todos los recipientes, envases e instalaciones que contengan agentes cancerígenos estén etiquetados de manera clara.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 229, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Instalar dispositivos de alerta.

  • Referirse al Título 4, Capítulo 4, Artículo 229, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Equipo de protección personal

  • Los equipos de protección individual son aquellos equipos destinados a ser llevados o sujetados por el trabajador para que proteja uno o varios riesgos que puedan amenazar su salud o seguridad, así como cualquier otro complemento o accesorio destinado para tal fin. Quedan excluidos:<br><br>-La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a la protección de la salud o la integridad física del trabajador.<br>-Los equipos de los servicios de primeros auxilios y salvamentos.<br>-Los equipos de protección de los policías y de las personas de los servicios de mantenimiento del orden.<br>-Los medios de protección individual de los medios de transporte de carretera.<br>-Los implementos deportivos.<br>-El material de autodefensa.<br>-Los aparatos portátiles para la detección y señalización de los riesgos de los factores de molestias.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 1, Artículo 230.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El equipo de protección personal debe utilizarse cuando exista algún riesgo que no pudo evitarse o limitarse convenientemente con las protecciones colectivas.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 1, Artículo 231.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los equipos de protección personal debe cumplir con el respaldo de certificación y homologación de organismos o entes conocidos como ANSI., N.I.O.S.H., O.S.H.A. Y otras que autoricen las autoridades competentes.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 1, Artículo 231.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ropa de trabajo

  • Todo trabajador que este sometido a riesgos de accidente o enfermedad o cuyo trabajo sea sucio o pesado, está obligado al uso de la ropa de trabajo que le será facilitada gratuitamente por la empresa. Esta debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:<br><br>-Ser de tejido ligero y flexible que permita su fácil limpieza.<br>-Se ajustara bien al cuerpo.<br>-Siempre que el trabajo lo permita las mangas serán cortas y cuando sean largas ajustarán en los puños.<br>-Se eliminarán en lo posible los elementos tales como bolisillos, botones, etc.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 1, Artículo 232.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Protección de la cabeza

  • En los puesto de trabajo en donde exista riesgo de enganche de pelo, se deben utilizar redecillas, gorros, turbantes u otro elemento de protección para el cabello, bien ajustado y de fácil limpieA, proporcionado gratuitamente por el patrono.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 2, Artículo 233.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si el trabajo determina la exposición constante al sol o la lluvia es obligatorio el uso de un cubre cabezas.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 2, Artículo 234.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si existe riesgo de caída o impacto d en objeto sobre la cabeza, será necesario el uso de cascos protectores debidamente garantizados, con las características siguientes:<br><br>-Clase A: Para impactos, lluvia, fuego, sustancias químicas y preste cien eléctrica no menor a 2200 V.<br>-Clase B: Con idénticas características a los cascos clase A, pero con protección eléctrica no menor a 15000 V.<br>-Clase C: Con idénticas características a los cascos clase A, pero no deben ser utilizados cerca de cables eléctricos o sustancias corrosivas.<br>-Clase D: Con idénticas características a los cascos clase A, variando el contorno del ala delantera y trasera (uso para bomberos).

  • Referirse al Título 5, Capítulo 2, Artículo 235.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los cascos de seguridad deben cumplir con las siguientes características:<br><br>-Atalaje o equipo regulable para adaptarlo a cada caso.<br>-Fabricados con materiales resistentes al impacto.<br>-Proteger al trabajador frente a las descargas eléctricas.<br>-Será de uso personal obligatorio.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 2, Artículo 236.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Protección de la cara

  • A todos aquellos trabajadores que estén expuestos a radiaciones luminosas, infrarrojas, ultravioletas, agentes químicos y biológicos, así como al polvo, humo, neblina, gases, vapores o voladura de partículas, se debe proteger la cara de todos estos agentes cuales de daño según sea el caso en particular.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 3, Artículo 237.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las medidas de protección de la cara pueden ser de varios tipos:<br><br>-Pantallas abatibles con arnés propio.<br>-Pantallas abatibles sujetas al casco.<br>-Pantallas de protección de la cabeza fija y abatible.<br>-Pantallas sostenidas con la mano.<br>-Pantalla inactínica para evitar quemaduras en el rostro por arco eléctrico.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 3, Artículo 238.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las pantallas contra la protección de cuerpos físicos deben ser de material orgánico transparente libres de estrías o rayas.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 3, Artículo 239.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La protección para los trabajos de hornos debe ser de material aislante o tejido aluminizado, evitándose en lo posible el uso de protecciones de amianto.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 3, Artículo 240.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En los trabajos de soldadura eléctrica se debe utilizar pantalla con cristal oscuro que mediante un dispositivo se retira y queda un cristal blanco para las labores de remate de la soldadura.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 3, Artículo 241.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Protección de la vista

  • Se debe utilizar protección para la vista en caso que se exponga a los siguientes riesgos:<br><br>-Choque o impacto de partículas sólidas.<br>-Acción de polvos y humos.<br>-Proyección y salpicadura de líquidos fríos y calientes.<br>-Sustancias gaseosas irritantes o cáustica.<br>-Radiaciones peligrosas.<br>-Deslumbramientos.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 4, Artículo 242.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La protección de la vista debe realizarse mediante el empleo de gafas, lentes de seguridad, pantallas transparentes o viseras que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Aprobación de su calidad y seguridad por organismos nacionales e internacionales.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 4, Artículo 243, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Que se adapten perfectamente a las características físicas de cada trabajador.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 4, Artículo 243, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Que los lentes correctores se integren a los mismos, independiente de las características y fin de proteger.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 4, Artículo 243, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los lentes para las gafas de protección deben ser óptimamente neutras, libres de burbujas o de otros defectos.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 4, Artículo 243, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de utilización contra riesgos mecánicos, es necesario un lente de seguridad resistente a la fuerza exterior que proporcione la voladura de partículas y además debe garantizar un campo visual óptimo para el tipo de labor a realizar.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 4, Artículo 243, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para riesgos químicos es necesario que las gafas sean totalmente herméticas, de adaptación perfecta a las características físicas del trabajador, de fácil limpieza y campo visual óptimo para el labor a ejecutar. Para lo cual son necesarias las válvulas antivaho con el objeto de evitar el empañamiento de los lentes.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 4, Artículo 243, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Protección del oido

  • Si en el puesto de trabajo, el ruido sobrepasa los 85 dB (A), es obligatorio utilizar protección auditiva, la cual tiene que ser proporcionada por el patrono de forma gratuita, además de corregir la fuente del ruido para evitar daños a la salud.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 5, Artículo 244.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para los ruidos que superan los 100 dB (A), se debe dotar a los trabajadores con auriculares con filtro, orejeras con almohadilla u otros dispositivos similares.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 5, Artículo 245.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los tapones, orejeras u otros dispositivos similares deben seleccionarse según los niveles de exposición al ruido al que se encuentran expuestos los trabajadores, considerando las características y comportamiento del ruido en el medio laboral, tales como nivel sonoro y nivel de presión acústica por bandas de octava, para que el equipo sea adecuado y especifico a la naturaleza del riesgo. Dicha selección es responsabilidad del patrono y encargado de la oficina de seguridad según los estudios de ruido realizados.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 5, Artículo 246.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Tanto los dispositivos intramuros ultra como los de tipo concha deben poseer certificado de homóloga día que garantice su nivel de atenuación con relación al comportamiento del ruido, bajo los parámetros descritos en el artículo anterior.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 5, Artículo 247.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La inspección periódica de los protectores auditivos debe realizarlas el Patrono o el Comité de Salud y Seguridad, así como la reposición de los mismos debe ser diaria según el uso que se le de.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 5, Artículo 248.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Protección de las extremidades inferiores

  • A los trabajadores que tengan riesgo de sufrir accidentes mecánicos en los pies, por caída o golpes de objetos, se les debe dotar de calzado que cumpla con las siguientes características:

  • Suela anti deslizante.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 6, Artículo 249, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Punta de acero, con resistencia acorde al riesgo y a la magnitud que ocasionaría la caída de objetos pesado o cortaduras (golpes, quebraduras o trituración de los dedos).

  • Referirse al Título 5, Capítulo 6, Artículo 249, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Con plantilla metálica entre la suela y la entresuela, cuando haya riesgo potencial de penetración de objetos punzo cortantes que puedan causar lesiones en la planta del pie.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 6, Artículo 249, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Zapato dieléctrico, los cuales deben usarse cuando exista el riesgo de contacto con sistemas energizados, además éstos no deben de poseer algún medio metálico que sea conductor de la electricidad.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 6, Artículo 249, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La suela debe ser vulcanizada o cocida, sin clavos u otro material mecánico adicional que pueda condicionar un riesgo potencial para el trabajador.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 6, Artículo 249, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de que se requiera proteger los dedos del pie, además del riesgo eléctrico, es necesario utilizar puntera de acero totalmente aislada de manera tal que no exista contacto directo con el pie.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 6, Artículo 249, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para evitar mordeduras de serpientes, deben utilizarse botas altas y chaparreras.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 6, Artículo 249, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de trabajos con exposición al agua y humedad, se deben utilizar botas altas de goma para aislar al trabajador de la humedad.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 6, Artículo 250.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Bajo ninguna circunstancia el trabajador debe estar descalzo, el patrono se hace responsable por la falta de calzado, sea o no de seguridad.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 6, Artículo 251.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de ser necesario se debe completar la protección con polainas o cubre pies, en especial a los trabajadores de soldaduras.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 6, Artículo 252.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En locales con riesgo a explosión, el calzado nunca tendrá en la suela algún objeto o material que pueda producir una chispa.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 6, Artículo 253.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Protección de las extremidades superiores

  • La protección de antebrazos, ambos y brazos debe ser por medio de guantes, siendo este de material específico para su uso. Deben cumplir con las siguientes características:<br><br>-De acuerdo con la naturaleza del riesgo puede ser de diferente tamaño, de punto corto hasta la muñeca, d empunto mediano hasta el codo o de punto largo hasta el hombro.<br>-Deben ser adecuados a cada trabajador.<br>-Deben deshacerse si han perdido su capacidad de flexibilidad por el uso diario o bien si poseen rasgaduras o perforaciones.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 7, Artículo 254.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El trabajador debe evitar el uso de anillos y pulseras que por naturaleza pongan en riesgo su salud o se expongan a un accidente laboral.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 7, Artículo 254.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para la electricidad únicamente se debe hacer uso de material dieléctrico acorde al voltaje que se ah de trabajar.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 7, Artículo 255.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Protección del aparato respiratorio

  • Para trabajos en donde se expongan a contaminantes químicos como polvo, humo, vapores, etc. En donde la vía más expuesta es la respiratoria, es necesario utilizar medios de protección al órgano afectado.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 8, Artículo 256.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para seleccionar el equipo de protección respiratorio necesario, se debe tomar en cuenta:<br><br>-Características físicas y químicas del contaminante.<br>-Características de las labores que se realizan.<br>-Condiciones del local con relación a las concentraciones del contaminante.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 8, Artículo 257.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando los protectores respiratorios sean de filtros mecánicos, estos deben sustituirse cada vez que exista dificultad respiratoria, se perciba el olor del contaminante o cuando el componente filtrante se haya saturado y este se solidifique en forma granular.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 8, Artículo 258.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando los filtro son químicos estos deben ser específicos a la naturaleza del riesgo, ya sean gases , vapores, neblina, etc. Al igual que los filtros mecánicos, los filtros químicos deben reemplazarse cuando:<br><br>-Exista dificultad respiratoria.<br>-Exista presencia de olor del contaminante.<br>-De acuerdo al tiempo establecido por el fabricante con relación a la capacidad del filtro, concentración del contaminante en el ambiente y tiempo de uso del respirador.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 8, Artículo 259.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los protectores respiratorios deben contar con una válvula de inhalación y exhalación con características herméticas óptimas.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 8, Artículo 260.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando por la índole de las labores son necesarios equipos especiales de protección respiratoria con suministro de oxígeno, en forma autónoma o semi autónoma, es necesario cumplir con las especificaciones técnicas y de procedimiento que establezcan las normas técnicas nacionales o internacionales.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 8, Artículo 261.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Es obligatorio para cada protector respiratorio contar con el certificado de calidad y seguridad impresa en cada dispositivo o en los manuales de uso, suministrados por el fabricante, vendedor o distribuidor del mismo.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 8, Artículo 262.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En aquellas actividades en donde exista la posibilidad de contacto con el tronco con materiales constantes, calientes, corrosivos, etc. Es necesaria la protección del tronco, brazos y piernas como medio intermediario para evitar lesiones serias al trabajador y cumplir las siguientes características:<br><br>-Tipo apropiado al riesgo.<br>-Ajustarse completamente a la cara.<br>-Causar las mínimas molestias al trabajador.<br>-Vigilar su conservación y funcionamiento.<br>-Limpiar después de uso.<br>-Ser de uso individual.<br>-Las partes en contacto con la piel deben ser de material no irritante y que no causen molestias.<br>-Se empleará siempre que hayan polvos, humos, nieblas, vapores metálicos, gases tóxicos, óxido de carbono.<br>-Los filtros deben ser de acuerdo al tipo de químico contaminante de exposición.<br>-En los aparatos de respiración autónoma el oxigeno de los cilindros debe ser cargado a una presión que no exceda a 150 atmósferas y dispondrá el regulador automático y válvula de seguridad, estos aparatos solo deben utilizarse por el personal experimentado y debidamente entrenado.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 8, Artículo 263.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cinturones de seguridad

  • En todo trabajo con peligro a caída de distancias superiores a 3 metros, se debe utilizar cinturón de seguridad o arnés.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 9, Artículo 264.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los cinturones de seguridad deben ser fabricados específicamente para el trabajo, se prohíbe el uso de cinturones que no hayan sido fabricados para tal fin. A ser posible solo se utilizarán cinturones que hayan sido homologados por algún organismo de reconocido prestigio y certificados.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 9, Artículo 265.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando el trabajo obligue a tener la cuerda que une al cinturón con el cable o punto de enganche flojo, para evitar lesiones en la espalda, se debe utilizar arnés o cinturón de paracaidista para que los trabajadores no se sostengan de la cintura y s e sujete por encima de los hombros.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 9, Artículo 266.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Del diseño de los puestos de trabajo

  • Todo diseño que se realice en cualquier puesto de trabajo debe perseguir la reducción de las condiciones de trabajo que puedan generar riesgos y disminución de las exigencias que implique la labor.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 267.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En el diseño de los puestos de trabajo se debe considerar como mínimo lo siguiente:

  • Descripción del tipo de proceso de producción y maquinaria a emplear.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 268, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Características de los materiales que intervienen en los procesos.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 268, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Caracterización antropométrica de equipamiento básico y entorno físico de trabajo.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 268, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Definición de los planos de trabajo.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 268, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Distancias visuales de trabajo.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 268, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Disponibilidad de movimientos con respecto al acceso, espacio para las piernas, ausencia de obstáculos.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 268, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Características de las sillas y asientos.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 268, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Características de los utensilios y herramientas manuales en cuanto a tamaño, peso, agarres, posiciones de manejo, entre otros.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 268, Sección H.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Características de otros equipos en cuanto a disposiciones de palancas, mandos, ayudas mecánicas, entro otros.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 268, Sección I.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Jornadas de trabajo.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 268, Sección J.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Posturas corporales a emplearse.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 268, Sección K.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todo lo concerniente a los diseños de los puestos de trabajo no contemplados en el presente reglamento, se aplicará lo que al respecto establezca la norma ISO 7250.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 269.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En actividades permanente, cuando el trabajador no puede desplazarse a otra área durante la jornada y el mismo se realice fuera de la planta física del centro de labores, dicho puesto debe contener un aposento o un lugar acondicionado para el consumo de sus alimentos y otro independiente donde se ubique el servicio sanitario, lavamanos y los implementas necesarios establecidos por el reglamento.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 10, Artículo 270.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Del transporte de los trabajadores

  • Queda prohibido para el patrono que requiera trasladar a los trabajadores desde su domicilio habitual hasta el centro de labores o hacia diversas zonas de trabajo con uso de transportes de uso agrícola.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 11, Artículo 271.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando el patrono contrate o dentro de su planilla hay personal con discapacidad, es obligación cumplir con todo lo establecido en la Normas Nacionales e Internacionales. Ello incluye la adaptación a los puestos de trabajo, instalación general, parqueos, etc.

  • Referirse al Título 5, Capítulo 11, Artículo 272.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Condiciones de los lugares de trabajo para las personas con discapacidad

  • Cuando el centro o lugar de trabajo quede en una zona aislada, el patrono debe proveer de transporte en grupo gratuito o en dado caso subvencionado

  • Referirse al Título 5, Capítulo 12, Artículo 273.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Actividades de limpieza en los locales de trabajo

  • Todos los centros de trabajo y dependencias anexas deben mantenerse en buenas condiciones de orden y limpieza.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 1, Artículo 274.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La limpieza debe realizarse fuera del horario de trabajo, de preferencia antes del inicio de la jornada, cuyo caso debe darse un lapso de 30 minutos para la ventilación de los locales,

  • Referirse al Título 6, Capítulo 1, Artículo 275.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando el trabajo sea continuo, debe seleccionarse las horas en donde se encuentre el menor número de personas en los locales, tomándose las medidas y precauciones para evitar los estos desagradables y nocivos de la operación.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 1, Artículo 276.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando la limpieza de suelos, paredes, techos, etc. Ofrezcan algún daño para la salud de la persona encargada, debe proveérseles de equipos de protección personas y utensilios apropiados para el trabajo.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 1, Artículo 277.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Debe cuidarse en especial las áreas de tránsito como pasillos o escaleras, manteniéndolo libre de aceites o materiales resbaladizos.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 1, Artículo 278.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Debe evitarse la permanencia de material susceptibles a la descomposición, nocivos o peligrosos. Los residuos de materias primas o de fabricación debe almacenarse, evacuarse o eliminarse por procedimientos especiales, según sea la naturaleza de los mismos.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 1, Artículo 279.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los aparatos, maquinaria e instalación en general, deben mantenerse siempre en buen estado de orden y limpieza.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 1, Artículo 280.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los útiles para el aseo debe conservarse en buen estado y almacenarse en locales apropiados.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 1, Artículo 281.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Limpieza de ventanas

  • Se debe realizar periódicamente limpieza de ventanas y tragaluces para evitar la acumulación de polvo u otras materias que impidan la adecuada iluminación de los locales.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 1, Artículo 282.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para la limpieza de las ventanas de debe dotar al personal de los útiles necesarios para su fácil limpieza y en su caso de protección personal necesaria para evitar los posibles riesgos de caída.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 1, Artículo 283.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Servicios de higiene y abastecimiento de agua

  • Todos los centros de trabajo deben estar abastecidos de agua purificada en proporción al número de trabajadores, de forma gratuita, de fácil acceso y distribuida en lugares próximos a los puestos de trabajo.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 284.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No se permite sacar o trasegar agua para la bebida por medio de vasijas, barriles, cubos u otros recipientes abiertos o cubiertos provisionalmente.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 285.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe beber directamente de los labios a los grifos, recomendándoles las fuentes de surtidor.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 285.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe indicar mediante carteles si el agua es o no potable. Cuando sea potable es necesario el respaldo de un laboratorio clínico, examinándose el agua dos veces al año.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 286.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No debe existir ningún tipo de conexión del agua potable con el agua que no sea propia para vender, evitándose la contaminación por porosidad o contacto.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 287.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En aquellos lugares de trabajo que posean su sistema de abastecimiento de agua, deben contener suficiente liquido para todos los trabajadores, así mismo en trabajos transitorios donde no exista servicio de agua potable, el patrono debe garantizar el suministro diario de la misma.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 288.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Vestidores y aseo

  • Los centros de trabajo en donde se ejecuten trabajos sucios, se manipulen sustancias tóxicas, infecciosas, etc. Debe disponerse de cuartos de vestuario de aseo y uso personal, debidamente separados por sexo de los trabajadores, deben mantenerse permanentemente aseados, lavados y desinfectados al término e inicio de cada jornada o turno. Así mismo los pisos deben ser de material anti deslizante e impermeables.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 289.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los vestuarios deben contar con las dimensiones adecuadas al número de trabajadores, con iluminación y ventilación.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 290.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los vestuarios deben estar provistos de asientos y armarios o casilleros individuales con llave para poder guardar la ropa.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 291.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Por excepción en oficinas, los cuartos vestuarios pueden ser sustituidos por colgadores o armarios que permitan guardar la ropa.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 292.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los cuartos vestuarios o los locales de aseo deben disponer de un lavamanos de agua y en un numero adecuado a la plantilla estimándose como indicativo el de uno por cada 25 trabajadores.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 292, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La empresa debe dotar toallas individuales o bien dispondrá de calentadores de aire caliente, toalleros automáticos o toallas de papel, existiendo, en este último caso, recipientes adecuados para depositar las usadas.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 292, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • A los trabajadores que realicen labores marcadamente sucias o manipulen sustancias tóxicas, se les debe facilitar los medios especiales de limpieza necesarios en cada caso.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 292, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Inodoros

  • En todo centro de trabajo deben existir inodoros o letrinas y mingitorios o urinarios, a ser posible, de descarga automática de agua y debe promocionarse papel higiénico. Se deben instalar por separación de sexos.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 293.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Debe haber por lo menos 1 inodoro por cada 20 hombres y 1 por cada 15 mujeres, cuando el total de trabajadores sea menor a 100. Si lo excede, debe haber 1 inodoro por cada 28 hombres y 1 inodoro por cada 20 mujeres.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 294.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando los baños comuniquen con lugares de trabajo deben estar completamente cerrados con ventilación hacia el exterior. No pueden tener comunicación con comedores, cocinas, dormitorios y cuartos de vestuario. Las puertas deben impedir totalmente la visibilidad desde el exterior y estarán provistas de cierre interior y de percha.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 295.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los inodoros y urinarios deben conservarse en debidas condiciones de desinfección, desodorización y supresión de emanaciones. El lavado debe realizarse siempre que sea necesario por lo menos una vez al día.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 296.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de actividades temporales, debe contarse con cabinas de sanitarios portátiles, separadas por géneros y cumpliendo con los reglamentos descritos con anterioridad.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 297.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Duchas

  • Cuando la empresa se dedique a actividades que normalmente impliquen riesgos para la higiene personal, se manipulen sustancias tóxicas, infecciosas, irritan, etc. Se debe instalar una ducho de agua fría y una de agua caliente por cada diez trabajadores o fracción del dígito que trabajen en la misma jornada.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 298.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En todo centro de trabajo, las duchas deben contar con las siguientes características según el género:

  • Iluminación y ventilación apropiadas.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 299, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Deben estar aisladas, cerradas, en compartimentos individuales, con puertas dotadas de cierre interior.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 299, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Deben estar situadas en los cuartos de vestuario y de aseo, se debe instalar colgadores para ropa, mientras los trabajadores se duchan.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 299, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En trabajos tóxicos o muy sucios, se debe facilitar los medios de limpieza y desinfección necesarios.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 299, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Normas comunes de conservación y limpieza

  • Los suelos, paredes y techos de los inodoros, lavamanos, duchas, etc. Deben ser continuos, lisos e impermeables, pintados con tonos claros y con material que permita el lavado con líquidos desinfectantes o antisépticos con la frecuencia necesaria. Todos sus elementos tales como grifos, desagües y regaderas de duchas siempre deben estar en perfecto estado de funcionamiento y los armarios y bancos aptos para su utilización.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 300.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Queda prohibido utilizar los,locales para usos distintos de aquellos a los que estén destinados.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 2, Artículo 301.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Servicios de atención de urgencias médicas y servicios de atención en salud

  • En centros de trabajo con más de 100 trabajadores debe existir un médico durante las horas de trabajo.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 3, Artículo 302.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En los centros de trabajo en donde cuenten con más de 100 pero menos de 500 trabajadores, estos se pueden unir formando comunidades y tener un médico para el conjunto. Esto se puede realizar una vez los centros de trabajo no disten entre sí más de 25 kilómetros y se dediquen a actividades similares.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 3, Artículo 303.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En todos los centros de trabajo se debe disponer de botiquines fijos o portátiles, bien señalizados y convenientemente situados que estarán a cargo de auxiliares de enfermería o socorristas. Cada botiquín debe contar como mínimo con:<br><br>-Esfigmomanometro.<br>-Estetoscopio.<br>-Agua oxigenada.<br>-Alcohol 95º<br>-Clorhexidina.<br>-Gasa estéril.<br>-Algodón hidrofilo.<br>-Vendas.<br>-Esparadrapo.<br>-Antiespasmodicos.<br>-Antiácidos.<br>-Analgésico intramuscular y vía oral (IM y PO).<br>-Antiemeticos.<br>-Bolsa de goma para agua o hielo.<br>-Guantes esterilizados.<br>-Jeringuillas.<br>-Agujas inyectables.<br>-Termómetro clínico.<br>-Cabestrillos de tela.<br>-Inmovilizadores.<br><br>Estos se deben chequear mensualmente y reponer inmediatamente tras su uso.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 3, Artículo 304.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Una vez prestados los primeros auxilios por las personas encargadas, la empresa debe disponer lo necesario para la atención médica consecutiva a los trabajadores enfermos o lesionados.

  • Referirse al Título 6, Capítulo 3, Artículo 305.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Protección contra contactos en instalaciones y equipos eléctricos

  • En instalaciones y equipos eléctricos para la protección de las personas contra los contactos con partes en tensión:<br><br>-Se debe alejar las partes activas de la instalación a distancia suficiente del lugar donde las personas habitualmente se encuentran o circulan, para evitar un contacto fortuito o por la manipulación de objetos conductores cuando éstos puedan ser utilizados cerca de la instalación.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 306, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben recubrir las partes activas con aislamiento apropiado, que conserven sus propiedades indefinidamente y que limiten la corriente de contacto o a un valor inocuo.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 306, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben interponer obstáculos que impidan todo contacto accidental con las partes activas de la instalación. Los obstáculos de protección deben estar fijados en forma segura y resistir a los esfuerzos mecánicos usuales.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 306, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para la protección contra los riesgos de contacto con las masas de las instalaciones que puedan quedar accidentalmente con tensión, se debe adoptar, en corriente alterna, uno o varios de los dispositivos de seguridad siguientes:<br><br>-Puestas a tierra de las masas. Las masas deben estar unidas eléctricamente a una toma de tierra o a un conjunto de tomas de tierra ínter conectadas, que tenga una resistencia apropiada. Las instalaciones, tanto con neutro aislado a tierra, como neutro unido a tierra, deben estar permanentemente controlados por un dispositivo que indique la existencia de cualquier defecto de aislamiento, o que separe automáticamente la instalación o parte de la misma, en la que este el defecto de la fuente de energía alimentada.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 307, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • De corte automático o de aviso, sensible a la corriente de defecto (Interruptores diferenciales) o a la tensión de defecto (heles de tierra).

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 307, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Unión equipotencial o por su superficie aislada de tierra o de las masas (conexiones equipotenciales).

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 307, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Separación d ellos circuitos de utilización de las fuentes de energía por medio de transformadores o grupos convertidores , manteniendo aislado de tierra todos los conductores de circuito de utilización, incluido el neutro.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 307, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Por doble aislamiento de los equipos y maquinas eléctricas.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 307, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En corriente continua se deben adornar sistemas de protección adecuada para cada caso, similares a los referidos para la alterna. Queda prohibido enchufar sin clavija o espiga.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 308.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todas las partes de los equipos que operen o estén cerca de líneas conductoras de corriente eléctrica, se deben conectar a tierra. Dichas conexiones deben hacerse de acuerdo a las disposiciones reglamentarias que se dicten.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 309.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Inaccesibilidad a las instalaciones eléctricas

  • Los lugares de paso deben tener un trazo y dimensiones que permitan el tránsito cómodo y seguro, estando libres de objetos que puedan dar lugar a accidentes que dificulten la salida en caso de emergencia.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 310.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todo recinto de una instalación de alta tensión debe estar protegido desde el suelo por un cierre metálico o de fabrica, con una altura mínima de 2.20 metros, provisto de señales de advertencia de peligro de alta tensión para impedir el acceso a personas ajenas al servicio.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 311.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los interruptores de gran volumen de aceite u otro líquido inflamable deben estar separado de su mecanismo de accionamiento por una protección o resguardo adecuado, con objeto d e proteger al personal de servicio contra los efectos de una posible proyección de líquido o de arco eléctrico al momento de la maniobra.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 312.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En los trabajos que se realicen en líneas elevadas, postes o torres, debe usarse trepadores, cinturones de seguridad o arneses, línea de vida con absorbed ir de envía, Tie Off que ofrezcan las debidas garantías para los trabajadores.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 313.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Baterías y acumuladores

  • En locales que cuenten con baterías acumuladores deben adoptar las siguientes precauciones:<br><br>-Si la tensión es superior a los 110 V, con relación a la tierra, el suelo de los pasillos de servicio será eléctricamente aislante.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 314, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando entre las piezas desnudas bajo la tensión exista una diferencia de potencias superior a los 250 V, se debe instalar en modo que sea posible para el trabajador el contacto simultáneo o inadvertido con aquellas.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 314, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe mantener una ventilación adecuada para evitar la atmósfera inflamable o nociva.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 314, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando las baterías o acumuladores estén ubicadas en locales con otros fines, estas deben estar provistas de envoltura o protección y de dispositivos especiales para agitar la acumulación de gases inflamables.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 315.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Soldadura eléctrica

  • En la instalación y utilización de soldadura eléctrica son obligatorias las percepciones siguientes:<br><br>-La masa de cada aparato de soldadura debe estas puestas a tierra, así como uno de los conductores de circuito de utilización para la soldadura. Debe ser admisible la conexión para uno de los oídos de circuito de solfeo a estas masas cuando por su puesta a tierra no provoquen corrientes vagabundas de intensidad peligrosa. En caso contrario, el circuito de solfeo debe estar puesto a tierra en el lugar de trabajo.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 316, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • -La superficie exterior de los porta electrodos y en lo posible sus mandíbulas, deben estar aislados.<br><br>-Los bornes de conexión para los circuitos de alimentación de los aparatos manuales de soldadura deben estar cuidadosamente aislados.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 316, Sección B y C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • -Cuando los trabajos de soldadura se realizan en locales muy conductores, no deben emplearse tensión superiores a los 50 V, o en otro caso, la tensión en vacío entre el electrodo y la pieza a soldar no superará los 90 V en corriente alterna a los 150 V en corriente continua. El equipo de soldadura debe estar colocado en el interior del recinto en que opera el trabajador.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 316, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Máquinas de elevación y transporte

  • Las máquinas de elevación y transporte se deben poner fuera de servicio mediante un interruptor omnipolar general, accionado a mano, mandiles o gabachas de cuero y botas.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 317.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los elevadores y la estructura del motor y maquinas elevadoras, cubiertas, combinados y las cubiertas metálicas de los dispositivos eléctricos del interior de las cajas o se re ellas y en hueco deben conectarse a tierra.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 318.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las vías de rodamiento o grúas de taller deben estar unidas a un conductor de protección.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 319.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Electricidad estática

  • Para evitar el peligro de la electricidad estática y que se produzca chispas en ambiente inflamable, deben adoptarse las precauciones siguientes:<br><br>-La humedad relativa del aire se debe mantener sobre el 50%

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 320, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las cargas de electricidad estática que pueda acumularse en los cuerpos metálicos deben ser neutralizados por medio de conductores a tierra, especialmente:<br><br>-Los ejes de las transmisiones a correas y poleas.<br>-En el lugar más próximo en ambos lados de las correas y en el punto donde salgan de las poleas mediante peines metálicos.<br>-En los ejes metálicos que se pinten o barnicen con pistolas de pulverización. Estas pistolas también se conectaran a tierra.<br>-Las estanterías metálicas que sirvan para almacenar mercancías tendrán igualmente puestas a tierra para evitar la acumulación de electricidad estática.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 320, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En sustitución a las conexiones a tierra al que se refiere el apartado anterior, se debe aumentar hasta en un valor suficiente la conductividad a tierra d ellos cuerpos metálicos.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 321.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se transvasen fluidos volátiles de un tanque almacén a un vehículo tanque, la estructura metálica de la primera será conectada a la del segundo y también a tierra si el vehículo tiene neumáticos o llantas de caucho o plástico.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 322, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se transporten materiales finamente pulverizados por medio de transportadores neumáticos con secciones metálicas, estas secciones se conectaran eléctricamente entre si, sin soluciones de continuidad y en toda la superficie del recorrido del polvo inflamable.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 322, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se manipule aluminio o magnesio finalmente pulverizado, se deben instalar detectores que descubran la acumulación de electricidad estática.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 322, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se manipulen detonadores o material explosivo de manera industrial, los trabajadores deben utilizar calzado anti eléctrico y visera para la protección de la cara.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 322, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Finalmente, si las precauciones mencionadas con anterioridad resultan ineficaces m se deben emplear eliminadores o equipos neutralizadores de la electricidad estática y especialmente contra las chispas incendiarias. De emplearse a tal fin equipos radioactivos se deben proteger los mismos de manera que eviten los trabajadores su exposición a las radiaciones.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 323.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Motores eléctricos

  • Los motores eléctricos deben estar provistos de cubiertas permanentes u otros resguardos necesarios, a menos que:

  • Estén instalados en locales aislados y destinados exclusivamente para motores.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 324, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Estén instalados en una altura no inferior a tres metros sobre el piso o plataforma.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 324, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Sean de tipo cerrado.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 324, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Nunca deben instalarse motores eléctricos que:<br><br>-No cuenten con su debido blindaje o anti explosivo probado.<br>-Se encuentren en proximidad con materias fácilmente combustibles.<br>-En locales cuyo ambiente contengan gases, partículas o polvos explosivos.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 325.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los tableros de distribución para el control individual de los motores deben ser del tipo blindado y todos sus elementos a tensión deben estar en compartimentos cerrados.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 326.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Conductores eléctricos

  • Los conductores eléctricos fijos deben estar debidamente aislados respecto a tierra.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 327.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los conductores portátiles o suspendidos no deben emplearse en en circuitos que utilicen tensiones superiores a los 250 Voltios a tierra de corriente alterna. A menos que dichos conductores puedan deteriorarse, deben estar cubiertos por una cubierta de caucho dura y si es necesario, deben tener una protección adicional de metal flexible, siempre que no este en alguno de los ambientes señalados en el apartado anterior de este artículo.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 328.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe evitar el empleo de conductores desnudos, en todo caso se prohíbe su uso en:

  • Locales de trabajo en que existan materiales combustibles o ambiente de gases, polvo o productos inflamables.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 329, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Donde pueda depositarse polvo en los mismos, como en fábricas de cemento, harina, hilaturas.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 329, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los conductores desnudos, o que su revestimiento sea insuficiente o de alta tensión, se deben encontrar fuera del alcance de la mano, de no ser posible deben ser eficazmente protegidos al objeto de evitar cualquier contacto.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 330.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los conductores o cables para instalación en ambientes inflamables explosivo so expuestos a la humedad, corrosión, deben estar estandarizados para este tipo de riesgos.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 331.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todos los conductores deben tener sección suficiente para que el coeficiente de seguridad en función a los esfuerzos mecánicos que soportan no sea inferior a 3.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 332.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Interruptores y corta circuitos de baja tensión

  • Los fusibles y cortacircuitos no deben estar al descubierto, a menos que estén montados de forma que no puedan producirse proyecciones ni arcos.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 333.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los interruptores deben ser de equipo completamente cerrado, que imposibiliten en cualquier caso el contacto fortuito de personas o cosas.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 334.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe el uso de interruptores denominados "de palanca" o "de cuchilla" que no estén debidamente protegidos, incluso durante su acondicionamiento.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 335.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los interruptores situados en locales de carácter inflamable o explosivo, se deben colocar fuera de la zona de peligro. De ser imposible, deben estar cerrados en cajas antideflagantes o herméticas, las cuales no se pueden abrir a menos que la fuente de energía eléctrica este cerrada.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 336.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los fusibles montados en tableros de distribución deben ser de construcción tal, que ningún elemento a tensión podrá tocarse y deben estar aislados de tal manera que los mismos:

  • Se desconecten automáticamente de la fuente de energía eléctrica antes de ser accesibles.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 337, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Pueda desconectarse por medio de conmutador.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 337, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Pueden manipularse convenientemente por medio de herramientas aislantes apropiadas.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 1, Artículo 337, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Equipos y herramientas eléctricas portátiles

  • La tensión de alimentación en las herramientas eléctricas portátiles de cualquier tipo, no podrá exceder los 250 voltios con relación a la tierra. Si están provistos de motor deben tener un dispositivo para unir las partes metálicas accesibles del mismo a un conductor de protección.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 338.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En los aparatos y herramientas eléctricas que no lleven dispositivos que permitan unir sus partes metálicas accesibles a un conductor de protección, su aislamiento debe corresponder en todas sus partes a un doble aislamiento reforzado.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 339.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se empleen herramientas eléctricas portátiles en emplazamientos muy conductores, estas deben estar alimentadas por una tensión no superior a los 24 voltios, si no son alimentadas por medio de transformador de separación de circuito.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 340.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los cables de alimentación de las herramientas eléctricas portátiles deben estar protegidos con un material resistente que no se deteriore por los roces, o torció es no forzadas.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 341.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe evitar el empleo de cables de alimentación largos al utilizar herramientas eléctricas portátiles, instalando enchufes a puntos próximos.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 342.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las lámparas eléctricas portátiles deben contar con un mango aislante y un dispositivo protector de la lámpara, para cuando se empleen sobre suelos, parámetros o superficies que sean buenas conductoras. No se permite el uso de transformadores de separación de circuitos.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 343.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Trabajos en instalaciones de alta tensión

  • Se prohíbe realizar trabajos en instalaciones de alta tensión sin tener las precauciones siguientes:

  • Abrir con corte visible todas las fuentes de tensión mediante interruptores y seccionadoras que aseguren la posibilidad de un cierre imprevisto.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 344, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Enclavamiento o bloqueo, si es posible de los aparatos de corte.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 344, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Reconocimiento de la ausencia de tensión.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 344, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Poner a tierra y en corto circuito todas las posibles fuentes de tensión.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 344, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Colocar las señales de seguridad adecuadas, delimitando la zona de trabajo.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 344, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para reposición de fusibles de anta tensión se deben tomar en cuenta las precauciones anteriores.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 345.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Lo dispuesto a continuación no será obligatorio en los trabajos en tensión que se realicen en las condiciones siguientes.

  • Para el manejo eléctrico del personaje que maneje altas tensiones, debe contar como mínimo con dos de los siguientes elementos:<br> -Pértiga aislante.<br> -Guantes aislantes de acuerdo con el voltaje.<br> -Mangas aislantes.<br> -Ropa ignífuga.<br> -Pantalla inactinica.<br> -Protecciones rígidas.<br> -Mantas, banquetas o alfombras aislantes.<br> -Puesto a tierra para la alta tensión.<br> -Conexión equipontencial del mando manual del aparato de corte y plataforma de maniobra.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 346, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Con material de seguridad, equipo de trabajo y herramientas adecuadas.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 346, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Con autorización especial del técnico designado por la empresa, que debe indicar expresadamente el procedimiento a seguir en el trabajo.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 346, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Bajo vigilancia constante del personal técnico, habilitado al efecto y que como jefe del trabajo debe velar por el cumplimiento de las normas de seguridad prescritas.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 346, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Siguiendo las normas que se especifiquen en las Instituciones para este tipo de trabajos.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 346, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe la realización de trabajo al personal que no está especialmente capacitado para ello.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 347.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Seccionadores, interruptores, transformadores, condensadores estáticos, alternadores y motores síncronos de alta tensión

  • En trabajo y maniobras de sección adores e interruptores se deben seguir las normas siguientes:

  • Para el manejo eléctrico del personal que maneje altas tensiones, se deben emplear al menos dos de los siguientes elementos:<br> -A+) Pértiga aislante.<br> -B+) Guantes aislantes.<br> -C+) Banqueta o alfombra aislante.<br> -D+) Conexión equipontencial del mando manual del aparato de corte y plataforma de maniobra.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 348, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si los de corte se accionan mecánicamente, se deben adoptar precauciones para evitar su funcionamiento intempestivo.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 348, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En los mandos de los aparatos de corte se deben colocar letreros que indiquen, cuando proceda, que no puede maniobrarse.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 348, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En trabajos y maniobras en transformadores:

  • El circuito secundario denuncia transformados debe estar siempre cerrado a través de aparatos de alimentación o en corta circuitos, teniendo cuidado que nunca quede abierto.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 349, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se manipulen aceites, se deben tener a la mano los elementos necesarios para la extinción de incendios. Si se trabajan sobre lugares preparados para los incendios, este sistema debe tener un accionador manual. Cuando el trabajo se realice en el propio transformador, la protección contra incendios debe estar bloqueada para evitar que su funcionamiento imprevisto pueda ocasionar accidentes a los trabajadores.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 349, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Una vez separado el condensador o su batería mediante corte visible, antes de trabajar en ellos se deben poner en cortocircuito y a tierra esperando el tiempo necesario para su descarga.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 350.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En los alternadores, motores síncronos, dinámicos y motores eléctricos, antes de manipular en el interior de una máquina, debe comprobarse:

  • Que la maquina no este en funcionamiento.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 351, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Que las bornes de salida estén en corto circuito y puestos a tierra.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 351, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Que no este bloqueada la protección contra incendios.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 351, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Que estén retirados los fusibles de alimentación de rotor, cuando éste se mantenga en tensión permanente la maquina.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 351, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Que la atmósfera no es inflamable o explosiva.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 351, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Celdas de protección

  • Queda prohibido abrir los resguardos de protección de las celdas de instalaciones eléctricas de alta tensión sin antes haber dejado sin antes tensión a los conductores y aparatos contenidos en ellos. Recíprocamente se prohíbe dar tensión a los conductores o aparatos situados en la celda sin antes cerrarla.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 352.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Trabajos en proximidad en instalaciones de lata tensión en servicios

  • En caso de hacer el trabajo en la proximidad inmediata de conductores o aparatos de alta tensión si protección, se realizarán las condiciones siguientes:

  • Atender las condiciones que dé el jefe para cada caso en particular.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 353, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Bajo la vigilancia del jefe, que debe ocuparse de mantener las medidas de seguridad por el fijadas, delimitación de la zona de trabajo y colocación, si se precisa, de pantallas protectoras.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 353, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si en caso las medidas de seguridad para trabajar con altas tensiones no son suficientes para evitar el peligro, deberá tramitarse una solicitud de autorización para trabajar en la instalación de alta tensión.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 354.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Reposición del servicio al terminar un trabajo en una instalación de lata tensión

  • Solo se puede restablecer el circuito de la alta tensión si y solo si queda por seguro que nadie mas esta trabajando en ella.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 355.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Antes de restablecer los servicios de alta tensión, se debe considerar lo siguiente:

  • Se deben retirar puestas a tierra, material de protección complementario del lugar de trabajo. Una vez concluido el jefe de trabajo debe dar aviso que el mismo ah concluido.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 356, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Una vez recibida la señal en el origen de alimentación, se debe retirar el material de señalización y se desbloquearan los aparatos de conste de maniobra.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 356, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Una vez terminado el servicio de las instalaciones, se debe hacer el orden inverso de las reglas señaladas en el artículo 344 del presente reglamento.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 356, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Trabajos en instalaciones de baja tensión

  • Todas las tensiones serán bajas en caso que no se compruebe lo contrario con el equipo para ello. Antes de iniciar cualquier trabajo de baja tensión se debe identificar el conductor o instalación en donde se efectuará el mismo, y contar con el equipo necesario, entre el equipo está:<br><br>-Guantes aislantes.<br>-Banquetas o alfombras aislantes.<br>-Vainas o caperuzas aislantes.<br>-Comprobadores o discriminado res de tensión.<br>-Herramientas aislantes.<br>-Material de señalización.<br>-Lámparas portátiles.<br>-Transformador de seguridad.<br>-Transformadores de separación de circuitos.<br>-Ropa ignífuga.<br>-Pantalla inactinica.<br>-Puesta a tierra para baja tensión.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 357.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En los trabajos que se efectúen sin tensión:

  • Debe ser aislada la zona que se vaya a trabajar en cualquier posibles alimentación, mediante la apertura de los aparatos de seccionamiento más próximos a la zona de trabajo.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 358, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • De ser posible, debe ser bloqueado en posición de apertura cada uno de los aparatos en seccionamiento citados colocando en su mango un letrero con la prohibición de maniobrar.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 358, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe comprobar mediante un verificador la ausencia de tensión en cada una de las partes eléctricamente separadas de la instalación fases, ambos extremos en los fusibles.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 358, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No se restablecerá el servicio al finalizar los trabajos sin verificar que no existe peligro alguno.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 358, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se realicen trabajos con tensión, el personal debe estar capacitado para aplicar los métodos de trabajo, las herramientas necesarias y equipo de seguridad mencionado anteriormente.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 359.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Líneas eléctricas aéreas

  • En trabajos en líneas aéreas de conductores eléctricos, se debe considerar a efectos de seguridad, la tensión más elevada que soporten. Esta prescripción será válida en caso que alguna de tales líneas sea telefónica.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 360.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe suspender el trabajo en caso que haya tormentas próximas.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 361.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En líneas de uno o más circuitos, no se debe realizar el trabajo en uno de ellos mientras el otro está en tensión, si para su ejecución es necesario mover los conductores de forma que puedan entrar en contacto.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 362.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En trabajos en postes, se deben emplear arneses o cinturones de seguridad. En caso que se utilizara una escalera, esta debe ser de material aislante de todas partes.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 363.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de utilizarse vehículos con cabrestantes o grúas, debe evitarse el contacto con las líneas eléctricas o la proximidad para la transferencia con el airee, los demás operarios deben permanecer alejados del vehículo. En caso de un contacto, el conductor debe permanecer dentro del vehículo hasta que se elimine el contacto. El vehículo debe pasar todas las pruebas aislantes y estar conectado a tierra.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 364.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Redes subterráneas y de tierra

  • Antes de realizar el corte de un cable subterráneo de alta tensión, se debe comprobar la ausencia de tensión en el mismo, y a continuación, se deben poner en corto circuito y a tierra los terminales más próximos.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 365.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para interrumpir la continuidad del circuito en una red a tierra en servicio, se debe colocar previamente un puente conductor a tierra en lugar de corte y la persona que realice este trabajo debe estar perfectamente aislada.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 366.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Previo a la apertura de zanjas para la reparación de cables subterráneos, se deben colocar barreras u obstáculos y la señalización correspondiente.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 367.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso que el sitio subterráneo no cuente con ventilación en caso de incendio, el operario debe contar con una mascara protectora y bajar con un cinturón de seguridad o salvavidas que debe estar sostenida en el otro extremo por un operario.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 368.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En las redes generales de tierras de las instalaciones eléctricas se debe suspender el trabajo al probar las líneas en caso de tormenta.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 369.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Protección personal contra electricidad

  • Mientras los operarios trabajen con alta tensión en su proximidad, queda prohibido la portación de artículos metálicos de cualquier tipo y evitar el uso innecesario de objetos de metal o artículos inflamables. Deben llevar herramientas o equipos en bolsas o porta herramientas a la cintura y utilizarán calzado aislante o sin herrajes ni clavos en las suelas.

  • Referirse al Título 7, Capítulo 2, Artículo 370.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Trabajos en construcción y similares. Plan de higiene

  • Toda obra en construcción antes de iniciar sus labores deben generar un plan de Salud y Seguridad, indicando todos los procedimientos que se realizarán durante el proceso de la construcción. Dicho plan debe ser verificado por el Departamento de Salud y Seguridad del Ministerio de Trabajo y Prevención Social, o por la Sección de Seguridad e Higiene del Instituto Guatemalteco de Seguridad a Social, cuando corresponda a patronos afiliados. Dicho plan debe contar con los siguientes temas:

  • Programa general de SSO a ponerse en practica durante la construcción de la obra.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 371, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Equipo de protección de SSO que se entrega a cada trabajador al inicio y durante la construcción de la obra.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 371, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de utilización de andamios se especificará la clase de andamios a utilizar y la garantía de construcción y estabilidad certificada por la dirección técnica de obra, responsabilizándose de la estabilidad y solides de estos elementos.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 371, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Estudio geológico del terreno en el que delimiten sus características y riesgos a prevenir, de igual manera debe contarse con el estudio de impacto ambiental donde se garantice el menor daño del entorno.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 371, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Queda prohibido iniciar una obra de construcción sin antes haber presentado el plan de seguridad.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 372.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Protecciones

  • En aquellos lugares en donde deban circulas los trabajadores y presente algún tipo de peligro por su reciente construcción o cualquier otro factor, deben instalarse pasarelas o pasos formados por tablones de ancho mínimo de 60 centímetros, para garantizar la seguridad de los trabajadores.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 373.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Pasarelas

  • Las pasarelas situadas a más de 2 metros de altura deben contar con barandillas a 90 centímetros de altura y rodapiés o zócalos de 20 centímetros.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 374.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Huecos y aberturas

  • Todos los huecos y aberturas realizados en zona de construcción deben estar protegidos con barandillas a 90 centímetros de altura y en su caso rodapiés o zócalos a 20 centímetros.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 375.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El perímetro o contorno de la obra que ofrezca caída de más de dos metros de altura, también debe ser protegido con barandillas y rodapié o zócalo con las mismas características que las anteriores.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 376.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Escaleras

  • Todas las escaleras de mano deben ser de peldaños ensamblados, no se permiten peldaños clavados o escaleras fabricadas con materiales de la obra de construcción.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 377.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las escaleras de fabrica deben estar dotadas de barandilla a 90 centímetros cuando tengan más de cuatro peldaños u ofrezcan peligro de caída.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 378.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Pisos

  • Se debe tener especial cuidado al no cargar los pisos recién hechos con materiales, para evitar su hundimiento.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 379.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Iluminación

  • En lugares al aire libre durante la noche o lugares con poca luz natural, debe colocarse iluminación artificial eléctrica, acorde al tipo de trabajo a realizar y tomando como referencia los niveles de intensidad lumínica según los valores de intensidad lumínica.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 380.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Tejado y cubiertas

  • En trabajos sobre tejados y cubiertas, se emplearán los medios adecuados para que el trabajo se realice sin peligro, se considera como medio más adecuado que los trabajadores estén anclados a una línea de vida horizontal. Cuando se trate de cubiertas y tejados resbaladizos y/o con inclinación marcada, los trabajadores deben estar anclados a puntos fijados sólidamente.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 381.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Estructuras metálicas

  • Los trabajadores que realicen su cometido en estructuras metálicas, de concreto o sobre elementos de la obra que por su elevada situación ofrezcan peligro de caída, deben estar provistos de arnés de seguridad sólidamente anclados a puntos fijos de la obra.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 382.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso que no se puedan utilizar arnés de seguridad, deben instalarse redes de seguridad que deben ser de materiales resistentes.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 383.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las redes deben montarse de manera que el punto de trabajo quede al menos un metro de debajo de la red para que en caso de caída el trabajador quede recogido en la red. En todo caso se evitará que la caída a la cuna de la red sea superior a los tres metros y medio.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 384.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las redes de seguridad deben estar garantizadas por el fabricante, y en dicha garantía debe estar especificado los kilos que resiste y la duración de la misma.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 385.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Chimeneas

  • En las chimeneas de fabrica de gran altura las escaleras de hierro que se coloquen deben ofrecer especiales condiciones de seguridad disponiendo de aros o canastas pintadas de color amarillo, para evitar la caída de los trabajadores hacia atrás.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 386.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Andamios Condiciones generales

  • Andamios Condiciones generales

  • Las dimensiones de las diversas piezas y elementos auxiliares sean las suficientes para que las cargas de trabajo a las que por su función y destino vayan a estar sometidas, no sobrepasen las establecidas para cada clase de material.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 387, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los elementos y sistemas de unión de las diferentes piezas constitutivas del andamio, además de cumplir con la condición presidente aseguran perfectamente su función de enlace con las debidas condiciones de fijeza y permanencia.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 387, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El andamio debe armarse en forma constructivamente adecuada para que quede asegurada su estabilidad y los trabajadores tengan la garantía de seguridad.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 387, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Debe tenerse en cuenta las cargas a considerar en el cálculo de los distintos elementos, el peso de los materiales necesarios para el trabajo.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 387, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Madera empleada en andamios

  • La madera empleada en los andamios debe ofrecer la resistencia suficiente para el objeto al que se destina.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 388.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todo el maderamen debe ser escuadrado, esto conserva sus aristas y no será redondeado.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 389.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los ensambles de cualquier tipo y los pies derechos deben estar provistos de escuadras y además piezas metálicas esenciales que sean necesarias para su perfecta construcción. Todos los herrajes que se coloquen deben ajustar perfectamente.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 390.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuerdas y cables

  • El empleo de cuerdas para sujetar los andamios debe ser el mínimo indispensable, de aplicarse deben ser el cable mas seguro para el trabajo y ofreciendo la mayor garantía de resistencia.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 391.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los andamios sujetos con cuerdas no pueden ser utilizados en alturas mayores a los 8 metros. De superar esta altura deben aplicarse cables.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 392.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Medidas de seguridad en el uso de cuerdas

  • Cuando se utilicen cuerdas para sujetar andamios se debe conocer su punto de ruptura y capacidad de peso que soporta, la carga de trabajo no debe sobrepasar:<br><br>-Un medio la carga de rotura para usos breves y cuerdas en buen estado.<br>-Un tercio para usos breves y cuerdas en uso medio.<br>-Un cuarto para usos largos y cuerdas en buen estado.<br>-Un quinto para usos largos y cuerdas de medio uso.<br>-No se deben emplear en estos usos cuerdas empalmadas.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 393.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Seguridad de los andamios

  • Los tablones que formen el piso del andamio deben estar dispuestos de modo que no puedan moverse ni dar lugar al basculamiento, deslizamiento o cualquier otro movimiento peligroso.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 394.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La altura debe ser la precisa para la fácil circulación de los trabajadores, en ningún caso debe ser menor a los 60 centímetros.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 395.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todo el contorno del andamio que ofrezca peligro de caída debe estar protegido por sólidas barandillas a una altura mínima de 90 centímetros, barra intermedia y zócalos de 20 centimentros.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 396.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Certificación

  • Antes de su primer uso, todos los andamios deben ser sometidos a la practica de un reconocimiento y a una prueba a plena carga por personas competentes delegadas a la dirección de la obra. Los reconocimientos deben realizarse diariamente.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 397.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Andamio de borriquetas

  • Hasta tres metros de altura pueden utilizarse andamios de barriguitas fijas sin arriostramientos. De tres a seis metros de altura las barriguitas deben ser armadas con bastidores.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 398.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Queda prohibido apoyar los andamios sobre escaleras, bloques, ladrillos o cualquier otro material que no ofrezca la suficiente garantía de solidez y estabilidad.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 399.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Andamios de puentes volados

  • Se entiende como andamios de puentes volados a los andamios en donde la plataforma de trabajo esta volando en el exterior y su cola esta sujeta con gatillos atados a las barras del piso en que se apoyan. También se pueden calzar las colas con puntales que lleguen al techo.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 400.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Queda prohibido en todo caso sujetar las colas colocando un peso superior sobre ellas que el peso del andamio en pleno trabajo.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 401.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Andamios transportables

  • Los andamios transportables deben ser siempre de estructura metálica. Su altura no puede exceder 6 veces la longitud de la. Ase y deben estar dotados de ruedas con frenos mecánicos.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 402.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de mover el andamio de lugar, su desplazamiento debe realizarse sin ningún material sobre el, y mucho menos con alguna persona que pueda caerse.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 403.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No se podrán utilizar los andamios transportables sin tener las cuatro ruedas perfectamente frenadas y estabilizadas. Nunca deben utilizarse estos andamios en lugares donde el piso no sea llano y sin obstáculos.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 404.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Andamios autopropulsados

  • En caso que los andamios sean autopropulsados, se deben cumplir de igual manera las condiciones mencionadas anteriormente. En todo caso se seguirán las instrucciones del fabricante y solo pueden ser utilizados por personal calificado que haya recibido cursos y capacitaciones sobre la utilización de la maquinaria.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 405.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Andamios colgados móviles

  • Los andamios colgantes móviles no pueden exceder los tres metros cada elemento, se puede formar un elemento que tenga un máximo de ocho metros, con cable de suspensión cada 3 metros. Se pueden utilizar andamios de mayores longitudes siempre que el fabricante garantice su seguridad y se responsabilice de la misma.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 406.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En el lado del muro debe existir una barandilla de 70 centímetros de altura, mientras en los otros tres lados deben existir barandillas de 90 centímetros de altura. La distancia entre el muro y el andamio no puede ser superior a los 45 centímetros.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 407.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los andamios deben estar atados a puntos sólidos en la construcción con el fin de evitar que se muevan.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 408.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Elementos de suspensión

  • Los cables de suspensión debe ser por lo menos en número de tres separados entre si como máximo tres metros. Podrán utilizarse solo dos una vez la altura sea menor a los 3 metros. Se debe cuidar al subir y bajar los andamios, para que estos siempre queden en posición horizontal al piso.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 409.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No se deben depositar más materiales que los indispensables en el andamio, esta prohibido sobrecargarlos de ladrillos u otro material.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 410.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En la construcción de los andamios, se debe utilizar material prefabricado y homologado para estos usos.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 411.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Solo se admitirá el uso de cuerdas en andamios que se construyan para obras con alturas inferiores a los 8 metros.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 412.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La sujeción de las colas debe ser en puntos fijos, no en contrapesos. Deben estar sujetas al menos en dos vigas del edificio para que así quede garantizada su estabilidad.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 413.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Andamios metálicos

  • En los andamios construidos por tubos o perfiles metálicos, normalmente prefabricados, se debe procurar que su asiento en el terreno sea los más equilibrado posible, estando prohibido asentarlos sobre ladrillos bloques o cualquier otro elemento que no ofrezca llenas garantías de estabilidad.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 414.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los andamios deben construirse siguiendo las instrucciones exactas del fabricante, y se deben buscar los suficientes puntos de anclaje para garantizar su seguridad. Queda prohibido utilizar la estructura de los andamios para subir o bajar de ellos, debe utilizarse la escalera con la que están dotados.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 415.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso que el andamio tenga una altura mayor a los 6 metros, este deberá ser armado por personal especialista y que garantice su trabajo. Se debe procurar en caso que sea dotado de alguna lona o tela en la parte posterior, que cuente con los agujeros suficientes para que esta no haga el efecto de vela.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 416.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La plataforma de trabajo del andamio debe contar con un ancho mínimo de 60 centímetros y en la parte posterior una barandilla de 90 centímetros de altura para impedir la caída del trabajador.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 416.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Aparatos de elevación

  • Todos los aparatos de elevación, transporte y similares deben satisfacer las normas generales del reglamento y siempre deben estar provistos de dispositivos de seguridad para evitar:

  • Caída o retorno brusco de la jaula, plataforma, cuchara, cubeta, vagoneta, o receptáculo, a causa de una avería en la maquina.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 417, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Caída de personas o materiales fuera de los receptáculos.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 417, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La puesta en marcha fortuita.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 417, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Manejo de cargas

  • No se debe permitir circular estaciones bajo las cargas grandes o pesadas suspendidas o transportadas, salvo en los casos necesarios para la ejecución del trabajo.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 418.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Maquinaria

  • Toda la maquinaria que se utilice en las obras debe tener siempre a disposición el operario de dicha maquina, las instrucciones en idioma español con el fin que la manipulación de la misma se ejecute a lo establecido en las instrucciones.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 419.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No se debe utilizar maquinaria de ningún tipo, personal que no haya sido previamente adiestrado a su uso.

  • Referirse al Título 8, Capítulo 1, Artículo 420.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Motores, transmisiones y máquinas

  • Debe procurarse que los motores estén en locales aislados de los lugares de trabajo, de no ser así, de acuerdo a la potencia del mismo deben rodearse de barreras u otros dispositivos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 421.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No permitir el ingreso de personal ajeno al área de ubicación de los motores. La entrada debe quedar limitada mediante avisos o carteles.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 422.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los motores directamente acoplados a las maquinas, deben ser protegidos, se exceptúa de estas medidas aquellos que no ofrezcan peligro alguno para las personas que puedan aproximarse a ellos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 423.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Tanto el arranque como la parada y demás operaciones para el funcionamiento de los motores debe hacerse de forma mediante dispositivos tales, que no ofrezcan riesgo para los trabajadores encargados de los mismos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 424.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los motores, transmisiones, y herramientas eléctricas portátiles, deben estar provistos de dispositivos de emergencia que permitan detenerla rápidamente y de tal forma que resulte imposible todo su accionar.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 425.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de emergencia debe contarse con dispositivos especiales capaces de detener el funcionamiento de los motores principales o de cualquiera de las máquinas accionadas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 426.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las partes móviles, piezas salientes y cualquier otro elemento de los motores, transmisiones y maquinas que presente peligro para los trabajadores, debe estar provisto de guardas y protección que evite dicho peligro.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 427.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se realicen trabajos de mantenimiento o reparación, debe de seguir la precauciones establecidas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 428.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los motores principales y las turbinas se deben emplazar en locales aislados o en recintos cerrados, prohibiéndose el acceso a los mismos del personal ajeno a sus servicios, mediante carteles virtuales.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 429.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los vástagos, los émbolos, las varillas, manivelas u otros elementos móviles, que sean accesibles al trabajador y por la estructura de las máquinas, se deben proteger o aislar adecuadamente mediante barandillas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 430.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Durante el arranque o parada de los motores principales que estén conectados con transmisiones mecánicas a otras maquinas situadas en distintos locales se debe efectuar un previo aviso o señal en cada una de los locales y puestos de trabajo cuya maquinaria sea accionada por el motor.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 431.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso de transmisiones instaladas bajo el pavimento o en fosas, deben estar colocadas de manera que los trabajadores puedan llegar hasta a ellas y recorrerlas sin peligro alguno.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 432.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Útiles de máquinas

  • Las maquinas que por su naturaleza cortarte o lacerante que se manejen a alta velocidad, o que ofrezcan cualquier daño para el trabajador, deben usar dispositivos para que eviten, en lo posible, el contacto involuntario con los mismos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 433.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Inspección y mantenimiento de máquinas

  • Será deber del empleador o de quien haga sus veces, del operario y la persona especialmente designada, inspeccionar periódicamente y mantener las maquinas en perfecto estado de funcionamiento.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 434.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La persona encargada del mantenimiento del equipo debe realizar la limpieza y engrase de los motores, transmisiones y maquinas, durante la parada de los mismos siempre que cuenten con dispositivos de seguridad.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 435.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Trabajos especiales de reparación, cambio de pieza, etc. Se deben realizar una vez la maquina esta parada y el operario cuente con el equipo de protección necesario.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 436.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Es obligación de los empleados o de quien haga sus veces, el instalar guardas en todos los sitios en donde son requeridos. En caso de que esta se tenga que remover, debe ser restituida a su lugar inmediatamente y luego de haberse terminado el trabajo que diera motivo a tal remodelación.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 437.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La persona responsable del mantenimiento y funcionamiento de la maquinaria, no debe permitir que el trabajador o persona alguna si autorización, remueva ninguna guarda o haga funcionar las maquinas desprovistas de su guarda o artefacto de protección.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 438.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todos los trabajadores que manejen motores, transmisiones, etc. O que su trabajo exponga algún tipo de peligro, debe contar con el equipo de protección personal, el que es suministrado por el empleador, y en conformidad a las disposiciones especiales sobre equipos de protección personal.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 439.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Motores principales

  • Los motores deben estar previstos de limitadores de velocidad, y estos deben estar provistos de controles a distancia, para que en caso necesario se pueda detener el motor desde un lugar seguro. Los motores, maquinas y transmisiones deben estar provistos de dispositivos eficaces, de fácil visibilidad y alcance, para asegurar su parada instantánea.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 440.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando sea necesario circular sobre árboles de transmisión, se debe establecer pasadizos elevados sobre los mismos con barandillas sólidas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 441.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En las ruedas o turbinas hidráulicas los canales de entrada y salidas se deben resguardar con barandillas y zócalos si no estuvieran aislados por su emplazamiento.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 442.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Árboles de transmisión

  • Los árboles de transmisiones horizontales, verticales o inclinados que se encuentren situados en alturas inferiores a 2.50 metros sobre el piso o plataforma de trabajo, deben estar cubiertos con plataformas rígidas:

  • Las transmisiones instaladas bajo el nivel de pavimento, deben estar cubiertas o resguardadas por barandillas cerradas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 443, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los árboles descubiertos situados en fosas o en planos inferiores del puesto de trabajo, deben estar protegidos con cubiertas permanentes.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 443, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Correas o fajas de transmisión

  • Las transmisiones o correas o fajas colocadas a menos de 2.5 metros deben cumplir con lo indicado en el artículo anterior. La anchura debe exceder los 15 centímetros a cada lado.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 444.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La resistencia de las protecciones debe ser la suficiente para retener la correa o faja en caso de rotura.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 445.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Manejo de correas o fajas

  • Se deben emplear dispositivos para que las correas o fajas desmontadas descansen sobre ellos. No se permite que se apoyen sobre los árboles u órganos en rotación.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 446.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Queda prohibido maniobrar a mano toda clase de correas durante la marcha, para esto se debe utilizar pértigas, cambiadoras u otros dispositivos análogos que alojen todo peligro de accidente.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 447.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Engranajes

  • Los engranajes al descubierto, con movimientos mecánicos o accionados a mano, deben estar protegidos con cubiertas completas, que sin necesidad de levantarlas, permitan engrasarlos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 448.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben adoptar medios análogos de protección para las transmisiones por tornillos sinfín, cremalleras y cadenas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 449.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Mecanismos de fricción

  • Cuando se halle al descubierto el punto de contacto de mecanismos de accionamiento por fricción, deben estar totalmente resguardados.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 450.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las ruedas de radios o de discos con orificios, deben estar completamente cerradas por resguardos fijos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 451.

  • Protecciones

  • A todos los elementos mecánicos agresivos de las máquinas, por acción atrapante, cortante, lacerante, punzante, etc. Debe contar con la protección más adecuada al riesgo específico de cada maquina.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 452.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Resguardos

  • Las partes de las máquinas en que exista exposición arriesgas agresivos mecánicos deben disponer de resguardos eficaces, tales como cubiertas, pantallas, o barandillas que deben cumplir con los requisitos siguientes:

  • Eficaz por su diseño.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 453, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • De material resistente.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 453, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Desplazables para el ajuste o reparación.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 453, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Que permitan el control y engrase de los elementos de la maquina.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 453, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Que su montaje o desplazamiento solo pueda realizarse intencionalmente.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 453, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Que no constituyan riesgos por sí mismos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 453, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Dispositivos de seguridad

  • Para proteger al trabajador frente a la acción mecánica agresiva, es obligatorio dotarlos de dispositivos de seguridad que delimiten los campos de los movimientos operatorios de aquel.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 454.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los dispositivos de seguridad deben reunir los siguientes requisitos:

  • Deben de constituir si es posible parte integrante de las máquinas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 455, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Deben de situarse libres de entorpecimientos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 455, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No deben interferir innecesariamente en el proceso productivo normal.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 455, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No deben limitar el campo visual del trabajador.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 455, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El campo operatorio del trabajador debe quedar libre de obstáculos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 455, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No debe de exigir al trabajador posiciones ni movimientos forzados.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 455, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El medio de retención de las proyecciones no debe impedir la visibilidad del operario.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 455, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No debe constituir riesgos por si mismos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 455, Sección H.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todas las maquinas deben contar con su manual de normas en español y en otro idioma que sea requerido. El maquinista debe basarse en dichas normas para el uso de la maquina. No se puede hacer ninguna alteración en las normas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 456.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Mantenimiento y limpieza

  • El mantenimiento, engrasen reparación y limpieza de las máquinas deben realizarse con el motor, transmisiones y maquinas detenidas, salvo en sus partes totalmente protegidas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 457.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Maquinas dañadas

  • Toda máquina que se encuentre dañada o con funcionamiento irregular, debe contar con un cartel prohibiendo su uso a trabajadores no encargados de su reparación.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 458.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para evitar el arranque involuntario de los motores eléctricos, se deben bloquear los arrancadores o retirar los fusibles de la maquina dañada. De no ser posible debe colocarse un letrero prohibiendo su uso y este puede ser retirado únicamente por la persona que lo coloco.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 1, Artículo 459.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Herramientas portátiles y herramientas manuales

  • Las herramientas de mano deben estar construidas con materiales resistentes, deben ser lo más apropiadas por sus características y tamaño a la operación a realizar y no deben tener defectos ni desgastes que dificulten su correcta utilización:

  • La unión entre sus elementos debe ser firme para evitar cualquier rotura o proyección de los mismos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 460, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los mangos y empuñaduras debe ser de dimensión adecuada, no deben tener bordes agudos ni superficies resbaladizas y serán aislantes en caso necesario.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 460, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las partes cortantes y punzante se deben mantener debidamente afiladas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 460, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las cabezas metálicas deben carecer de rebabas o rebordes.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 460, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Durante su uso deben estar libres de grasa, aceites y otras sustancias deslizantes.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 460, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Colocación y transporte

  • Para el transporte de herramientas de daño se deben utilizar cinturones, porta herramientas bolsas o dispositivos adecuados para evitar caídas, cortes o riesgos análogos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 461.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe elaborar un programa de conservación y cuidado de las herramientas que contenga los elementos básicos sobre su manejo, entrega puntual, reparación adecuada y la supervisión de su entrega a los operarios. Dicho programa documentado debe estar supervisado y revisado por el jefe de mantenimiento, comité, comisión o departamentos oficina de SSO en cada centro de trabajo.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 462.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe colocar herramientas manuales en pasillos abiertos, elevadores, escaleras o en algún otro lugar en donde pueda caer y lastimar a los trabajadores.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 463.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Instrucciones para el manejo

  • Los trabajadores deben recibir instrucciones y capacitaciones sobre el uso correcto y seguro de las herramientas, con el fin de evitar accidentes.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 464.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las herramientas manuales tales como cinceles, punzones, taladros, limas, serruchos, etc. Deben utilizarse única y exclusivamente para los fines específicos que fueron diseñados.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 465.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Gatos o elevadores

  • Los gatos o elevadores deben colocarse sobre bases firmes y debidamente centrados. Estos deben contra con un mecanismo que impida su caída de manera brusca.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 466.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando la carga este elevada, se deben colocar calzas o pivotes mientras el operador esté trabajando debajo de la carga. Queda prohibido utilizar calzos de madera o metal que no fueron diseñados con dicho fin.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 467.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los gatos deben tener grabada la carga máxima que soportan y deben ser utilizados para cargas dentro del rango.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 468.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Herramientas accionadas por fuerza motriz

  • Las herramientas portátiles que son accionadas por fuerza motriz deben estar protegidas para evitar lesiones o accidentes sobre el trabajador durante su uso. Sus elementos cortantes, punzantes o lactantes deben estar cubiertos con aislamiento que no entorpezca su funcionamiento y brinde la protección máxima para el trabajador.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 469.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las herramientas accionadas eléctricamente deben reunir los requisitos y condiciones establecidas en el presente reglamento.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 470.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En las herramientas neumáticas los gatillos deben impedir su funcionamiento imprevisto, las válvulas deben cerrarse automáticamente al dejar de ser presionadas por el operario y las mangueras o los tubos de aire a presión y sus conexiones deben estar firmemente asegurados.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 2, Artículo 471.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Elevación y trnsporte, Construcción de los aparatos y mecanismos

  • La estructura, mecanismo y accesorios de los aparatos para izar, deben ser de material sólido, bien construidos y de resistencia adecuada para su uso. El fabricante certifica la idoneidad de su construcción y el instalador se responsabiliza de su montaje.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 472.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Carga máxima

  • La carga máxima útil en libras de cada aparato para izar debe estar marcado en el mismo, en forma destacada y fácilmente legible.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 473.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe superar la carga máxima en los aparatos de izar, a menos que se realice una prueba de resistencia. Estas pruebas deben hacerse siempre con la máxima garantía de seguridad y bajo la supervisión de un técnico.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 474.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Manipulación de las cargas

  • Antes de elevar por completo una carga se debe tensar suavemente la eslinga y elevarla no mas de 10 centímetros para verificar su amarre y equilibrio. Mientras esta se tensa no se puede tocar la carga ni las eslingas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 475.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La elevación y descenso de las cargas debe realizarse lentamente, para así evitar arranques o paradas bruscas y siempre debe hacerse en sentido vertical para evitar el balanceo de la carga. Si la elevación de la carga debe realizarse en sentido oblicuo, debe garantizarse la máxima seguridad por el eje de trabajo.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 476.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los maquinistas y encargados de realizar la dirección y señalamiento de las maniobras deben estar instruidos y deben conocer el cuadro de ademanes para el mando de artefactos de elevación y transporte de pesos recomendados para operaciones ordinarias en fábricas y talleres.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 477.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Una vez izada la carga, se observa que no esta correctamente situada, el maquinista debe sonar la señal de precaución y bajar la carga para su arreglo.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 478.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si se transportan materiales peligrosos, como metales fundidos u objetos ácidos con electroimanes sobre puestos de trabajo, se debe de avisar previamente a los trabajadores para que éstos puedan situarse en lugares seguros. La operación no puede efectuarse si no se tiene la completa certeza que los trabajadores están fuera de peligro.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 479.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No se deben dejar los aparatos de izar con cargas suspendidas. Durante el trabajo de las máquinas de izar, deben tomarse las medidas necesarias para que el personal y las maquinas que puedan ser afectadas estén completamente protegidos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 480.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando los aparatos funcionen sin carga, el maquinista debe elevar el gancho lo suficiente para que pase libremente sobre las personas y objetos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 481.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe:

  • Viajar sobre cargas, ganchos o es lindas vacías.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 482, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La permanencia de cualquier trabajador en la vertical de las izadas o cargas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 482.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando en aparatos de izar el maquinista no tenga el campo visual de todas las zonas en donde deban pasar las personas u objetos, se deben emplear uno o varios trabajadores para efectuar las señales visuales y auditivas adecuadas para la correcta carga, desplazamiento y parada.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 483.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Toda mercancía que se apile debe ir bien sujeta con el fin de evitar su caída.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 484.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se apliquen cargas que se encuentren en diversas alturas, se debe procurar que estén bien establecidas para evitar su caída.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 485.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Revisión y Mantenimiento

  • Todo nuevo aparato de izar debe ser puesto a prueba y revisado antes de su uso en manos de un especialista. El resultado debe ser consignado, así como las reparaciones necesarias en un libro adecuado.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 486.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El maquinista debe revisar diariamente todos los aparatos de los izadores que son sometidos a esfuerzos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 487.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Es necesario que se realice una inspección general de cables, cadenas, cuerdas, poleas, etc. De los aparatos de izar, cada trimestre.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 488.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Frenos

  • Los aparatos de izar deben estar equipados con dispositivos para el frenado efectivo de un peso superior en una vez y medio a la carga límite autorizada.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 489.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los aparatos de izar accionados electrónicamente, deben contar con dispositivos limitadores que automáticamente interrumpan la fuerza al sobrepasar la altura o desplazamiento máximo posible.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 490.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ascensores y Montacargas

  • La instalación, construcción y mantenimiento de los ascensores y montacargas para trabajadores, deben reunir los requisitos y condiciones de las disposiciones aplicables a estos aparatos y a falta de ellos se debe seguir las instrucciones del fabricante que en todo caso ah de tener homologación de algún organismo solvente reconocido, tanto nacional como internacional.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 491.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Grúas. Normas Generales

  • Los elementos de las grúas se deben constituir y montar con los factores o coeficientes de seguridad para su carga máxima nominal siguiente:

  • Tres para ganchos empleados en los aparatos accionados a mano.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 492, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuatro para ganchos en los accionados con fuerza motriz.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 492, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cinco para aquellos que se emplean en izado o transporte de materiales peligrosos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 492, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuatro para los miembros estructurales.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 492, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Seis para los cables izadores.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 492, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ocho para los mecanismos y ejes de izar.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 492, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Deben estar provistos de lastres o contrapesos en proporción a la carga a soportar.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 492, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe asegurar previamente la solidez y firmeza del suelo.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 492, Sección H.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las grúas instaladas en el exterior deben ser instaladas teniendo en cuenta los factores de presión del viento. Para vientos superiores a los 80Km/h se deben disponer de medidas especiales mediante anclaje, macizos de hormigón o mediante tirantes metálicos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 493.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las grúas móviles deben estar dotadas de topes de seguridad.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 494.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las cabinas deben ser instaladas con el propósito que el maquinista pueda ver siempre sus alrededores. En caso de estar ubicadas a la intérprete, éstas deben estar dotadas de ventanas en todos sus lados. En instalaciones de temperaturas altas o con producción de humos, deben estar dotados de un ventilador extractor.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 495.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se accionen las turras desde el piso de los locales, se debe disponer de pasillos a lo largo de su recorrido de una anchura de 0.90 metros.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 496.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Grúas Puente

  • Los sistemas de seguridad mínimos que deben disponer las Grúas Puente son:

  • Deben estar provistos de accesos fáciles y seguros desde el suelo de los pisos o plataformas hasta las cabina de la grúa y de la cabina a los pasillos del puente por medio de escalas o escaleras fijas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 497, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Deben disponer de pasillos o plataformas de anchura no inferior a 75 centímetros a todo lo largo del puente.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 497, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los pasillos y plataformas deben ser de construcción sólida y deben estar provistos de barandillas y rodapiés o zócalos que reunirán las condiciones previstas en el reglamento.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 497, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las cabinas de estas grúas deben estar dotadas de ventanas de suficiente dureza para proteger al maquinista contra la proyección de materiales fundidos o corrosivos y le protegerán así mismo, contra radiaciones y emanaciones molestas o nocivas. En caso de riesgo de incendio, se debe dotar de un extintor tipo A, B y C.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 497, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las grúas puente deben estar equipadas con dispositivos de señales sonoras.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 497, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Grúas Automotores

  • Los sistemas de seguridad mínimos que deben disponer las Grúas Automotores son:

  • Se deben instalar letreros o avisos en las cabinas de las mismas para indicar la carga máxima tolerada, según las posiciones del brazo.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 498, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las cabinas deben estar provistos de una puerta en cada lado.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 498, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las plataformas deben ser de materiales anti deslizantes.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 498, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Debe existir un espacio mínimo de 35 centímetros entre los cuerpos giratorios y los armazones de las grúas, con el fin de evitar el aprisionamiento d ellos trabajadores entre ambos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 498, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Deben estar equipados con un medio de iluminación y dispositivos sonoros de aviso.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 498, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe utilizar conforme a las normas dadas por el fabricante que en todo caso siempre debe estar en la cabina a disposición del maquinista.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 498, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Grúas Portátiles

  • Los sistemas de seguridad mínimos que deben disponer las Grúas Portátiles son:

  • Las palancas de maniobra se deben disponer de modo que cuando no se usen queden en posición vertical.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 499, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las plataformas del operario o, en su caso, las zonas de trabajo del piso o plataforma, deben estar provistas de las barandillas o rodapiés.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 499, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las manivelas de control deben estar protegidas por medio de resguardos para evitar contactos con objetos fijos o móviles.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 499, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Aparejos para izar cadenas

  • Los sistemas de seguridad mínimos con los que deben contar los aparejos para izar cadenas son:

  • Las cadenas deben ser de hierro forjado o acero.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 500, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El factor de seguridad debe ser al menos de cinco para la carga nominal máxima.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 500, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los anillos, ganchos, eslabones, o argollas de los extremos deben ser del mismo material que las cadenas a las que van fijados.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 500, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todas las cadenas deben ser revisadas antes de ponerse en servicio.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 500, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando los eslabones sufran un desgaste excesivo o se hayan doblado o agrietado, deben ser cortados y reemplazados inmediatamente.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 500, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las cadenas se deben mantener libres de nudos y torceduras.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 500, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben enrollar únicamente en tambores, ejes o poleas que estén previstos de ranuras que permitan el enrollado sin torceduras.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 500, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cables

  • Los sistemas de seguridad mínimos que deben disponer los cables son:

  • De construcción y tamaño apropiados para las operaciones en que se hayan de emplear.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 501, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El factor de seguridad para los mismos no debe ser inferior a seis.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 501, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los ajustes de ojales y los lazos para ganchos, anillos y argollas, deben ser resistentes para el trabajo.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 501, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Deben estar siempre libres de nudos sin torceduras permanentes y otros defectos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 501, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben inspeccionar periódicamente el número de hilos rotos desechándose aquellos cables en que lo estén en más del 10 por 100 de los mismos contando a lo largo de dos tramos de cableado, separados entre si por una distancia inferior a ocho veces su diámetro.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 501, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El diámetro de los tambores de usar no debe ser inferior a 30 veces el del cable, siempre que sea también 300 veces el diámetro del alambre mayor.<br><br>*A los efectos de este reglamento, se entiende por coeficiente o factor de seguridad al resultado de dividir la cifra de rotura del cable o ruda facilitada y garantizada por el fabricante por la cifra de carga de trabajo a la que se le somete.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 501, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuerdas

  • Las cuerdas de izar o transporte de carga deben tener un coeficiente de seguridad de 10. No deben deslizarse sobre superficies ásperas o en contacto con tierra, arena o sobre ángulos o aristas cortantes, a no ser que estén protegidas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 502.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las cuerdas de izar o transporte de carga no se deben depositar en locales en donde estén expuestas a químicos corrosivos, no se almacenarán con nudos ni sobre superficies húmedas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 502.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Poleas

  • Las gargantas de las poleas deben acomodarse para el fácil enrollado de los eslabones de las cadenas. En caso que se utilicen cables o cuerdas, las gargantas deben tener las dimensiones adecuadas para que éstos puedan desplazarse libremente sobre la garganta, la superficie debe ser lisa y con los bordes redondeados.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 503.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ganchos

  • Los sistemas de seguridad mínimos con los que deben contar los ganchos son:

  • De acero o hierro forjado.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 504, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Deben estar equipados con pestillos o cierres u otros dispositivos de seguridad para evitar que la carga pueda salirse.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 504, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las partes que estén en contacto con cadenas, cables o cuerdas deben ser redondeadas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 504, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Transportadores. Normas Generales

  • Los sistemas de seguridad mínimos con los que deben contar los transportadores son:

  • Todos los elementos de los transportadores deben tener suficiente resistencia para soportar de forma segura las cargas que hayan de ser transportadas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 505, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los pisos, plataformas y pasillos a lo largo de los transportadores se conservarán libres de obstáculos de ser antirresbaladizos y dispondrán de drenaje para evitar la acumulación de líquidos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 505, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los transportes elevados deben estar provistos de barandillas y rodapiés o zócalo con las características antes mencionadas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 505, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se haya de efectuar el paso sobre transportadores, se deben instalar puentes.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 505, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando los transportadores se encuentren a nivel del piso o en fosos, se debe proteger con barandillas, rodapiés o zócalos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 505, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todas las transmisiones, mecanismos y motores de los mismos, deben estar cubiertos con resguardos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 505, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los transportes elevados que crucen sobre lugares de trabajo deben estar dotados de planchas o pantallas inferiores para recoger los materiales que pudieran caer de los mismos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 505, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben disponer de frenos y dispositivos para la detección o parada de la maquinaria y para evitar que aquellos puedan funcionar hacia atrás.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 505, Sección H.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para la carga de materiales a granel se debe de disponer de tolvas para la alimentación de los transportadores.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 505, Sección I.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las tolvas cuya parte superior esta ubicada a menos de un metro de altura sobre los pisos o plataformas de trabajo, se debe proteger de acuerdo con las normas previstas para las aberturas de pisos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 505, Sección J.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe viajar a los operarios en transportadores.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 505, Sección K.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Transportadores de rodillos por gravedad

  • Los transportadores de rodillo por gravedad deben estar provistos de grúas o barandillas a los lados del transportador, si este se encuentra a más de 1.50 metros sobre el piso y en todo caso, en las vueltas o esquinas de su recorrido.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 506.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Transportadores de rodillos por fuerza motriz

  • Los ejes y engranajes de los rodillos de fuerza motriz, deben estar cubiertos con resguardos y cuando entre los rodillos exista separación, entre ellos debe estar provisto de cubiertas resistentes adecuadas para soportar una carga mínima de 150 libras en cualquier punto sin que ellos se desplacen.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 507.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Transportadores de correas o fajas

  • En los puntos de contacto de las las coreas o fajas de los tambores, se deben instalar resguardos hasta un metro del tambor. Cuando los transportadores de correa penetren en los fosos, estos deben estar cubiertos de rejillas con espacio suficiente para admitir los materiales necesarios, se protegerán con barandillas, rodapiés o zócalos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 508.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Transportadores de hélice o tornillo

  • Los transportadores de hélice o tornillo, siempre deben estar señalizados y protegidos en su totalidad por cubiertas resistentes que impidan la introducción por parte de los trabajadores de alguno de sus miembros.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 509.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Transportadores neumáticos

  • Los sistemas de seguridad mínimos que deben disponer los transportadores neumáticos son:

  • Deben estar construidos de material de suficiente resistencia para soportar la presión neumática.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 510, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben cerrar herméticamente sin más aberturas que las correspondientes a la propia operación y su control.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 510, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben mantener libres de todo obstáculo.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 510, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Deben estar sólidamente sujetas a puntos fijos.<br>

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 510, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe disponer de tomas de tierra para evitar la acumulación de electricidad estética.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 510, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando deban ser alimentados a mano, si las aberturas son superiores a 30 centímetros, deben de disponer de medios para que los trabajadores no sean arrastrados a los conductos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 510, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las aberturas de aspiración se deben proteger con rejillas metálicas sólidas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 510, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Carretillas o carros manuales

  • Los sistemas de seguridad mínimos que deben disponer las carretillas o carros manuales son:

  • Deben ser d e material resistente en relación con las cartas que hayan de soportar y de modelo apropiado para el transporte a efectuar.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 511, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las ruedas deben ser neumáticas o cuando menos, con llantas de caucho.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 511, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si han de ser utilizadas en rampas pronunciadas o superficies muy inclinadas, deben estar dotadas de frenos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 511, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Nunca se sobrecargaran y se asentarán en los materiales, sobre las mismas para que mantengan el equilibrio.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 511, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las empuñaduras debe estar dotadas de elementos de protección para la mano.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 511, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Tractores y otros medios de transporte automotor

  • Los sistemas mínimos de seguridad que deben disponer los tractores u otros medios de transporte automotor son:

  • Los mandos de control de la puesta en marcha, aceleración, elevación y freno, deben de reunir las condiciones para evitar movimientos involuntarios.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 512, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No se deben utilizar vehículos dotados de motor de explosión en locales donde exista alto riesgo de explosión o incendio, o en locales de escasa ventilación.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 512, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Solo se debe permitir su utilización a los conductores especializados.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 512, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El sillín o silla del conductor debe estar dorado de los elementos de suspensión preciso.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 512, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Estos vehículos que no tengan cabinas cubiertas para el conductor, deben ser provistos de pórticos de seguridad en caso de vuelco.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 512, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Debe estar provisto de luces, frenos y avisos sonoros.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 512, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Debe tener una indicación visible de la capacidad máxima a transportar. En caso de dejarse en superficies inclinadas se desbloquearan sus ruedas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 512, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Tuberías

  • En instalaciones de tuberías, se deben completar los requisitos mínimos de seguridad siguientes:

  • Los materiales de que estén construidas y su espesor deben ser los adecuados a la temperatura, presión y naturaleza de las sustancias o fluidos que conduzca.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 513, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben instalar de forma que se evite un posible defecto de sifón.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 513, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe unir firmemente los puntos fijos o se montaran sobre soportes.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 513, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben recubrir con materiales aislantes cuando por ellas circulen fluidos a temperatura igual o superior a los 100 C.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 513, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si transportan sustancias inflamables no deben lavara por las proximidades de motores, interruptores, calderas y aparatos de llama abierta y serena debidamente protegidos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 513, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las tuberías que conduzcan petróleo y sus derivados, se deben instalar bajo tierra siempre que sea posible.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 513, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe evitar que por sus juntas pueda producirse escapes de sustancias molestas, inca decentes, tóxicas, corrosivas o inflamables.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 513, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben pintar con colores de acuerdo a las Normas Locales o Internacionales de referencia, distintos para cada fluido o grupo de fluidos de la misma naturaleza que conduzcan.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 513, Sección H.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe colocar instrucciones y planos de las instalaciones en sitios visibles para una rápida detección y reparación de fugas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 513, Sección I.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ferrocarriles para el transporte interior en los establecimientos industriales

  • Normas para el material fijo:

  • Espacio libre que mide entre dos vías debe ser como mínimo de 75 centímetros, contando desde las partes más salientes de los vehículos que circulen por ellos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 514, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si la vía transcurre a lo largo de muros, existirá asimismo una distancia entre aquellas y estos de 75 centímetros, computados en la forma que indica el párrafo anterior, esta distancia se reducirá a 50 centímetros cuando se trate de obstáculos aislados.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 514, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe disponer de pasos superiores e inferiores sobre las vías, y cuando no sea posible, se debe instalar señales de advertencia de peligro en las inmediaciones de los pasos a nivel.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 514, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Normas para el material móvil:

  • Los vehículos locomotores y unidades, deben estar dotados de medios de avisos acústicos y luminosos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 515, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Solo debe ser conducidos y utilizados por los operarios a sus servicio.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 515, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • La velocidad de marcha de los vehículos debe ser lenta, en ningún caso deben sobrepasar los 30Km/h.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 515, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ninguna maquinaria debe ponerse en movimiento, antes de que haya dado la señal acústica y visual por el agente encargado de su conducción.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 515, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Queda prohibido:

  • Subir y bajar de las máquinas y vagones cuando estos estén en movimiento.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 516, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Atravesar las vías delante de los vehículos en movimiento, montar sobre los parachoques o topes de los vehículos o maquinas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 516, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Pasar entre los topes máximos o que estén aproximándose.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 516, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Atravesar las vías por debajo d ellos vagones.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 516, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El uso de calzos o dispositivos de sujeción del vehículo en sus ruedas que no sean previamente autorizados.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 516, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Empujar vagones entre calzos. Los vagones que hayan de moverse a mano lo serán siempre en terreno llano y habrán de ser empujadas y no arrastrados.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 516, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El movimiento de los vagones sin locomotora y mediante medios mecánicos, debe hacerse siempre efectuando la tracción o empuje por uno de los laterales.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 3, Artículo 516, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Aparatos a presión

  • En toda sala en donde haya maquinaria que funcione a presión, se deben fijar las instrucciones detalladas, que debe incluir.<br><br>-Esquema de instalación.<br>-Deben señalarse los dispositivos de seguridad en forma destacada.<br>-Normas para ejecutar las maniobras de manera correcta.<br>-Se deben indicar las maniobras prohibidas para no realizarlas.<br>-Indicar las maniobras en caso de peligro o avería.<br><br>Las normas deben adaptarse a las funciones específicas que hubiera señalado el constructor de la maquinaria. Se debe hacer el mantenimiento adecuado según el constructor de la misma.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 517.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los trabajadores asignados al manejo y vigilancia de la maquinaria aprensión, deben estar previamente capacitados y adiestrados por el personal técnico, de lo contrario queda prohibido el manejo y vigilancia de las mismas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 518.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Hornos, Calderas y Calentadores

  • En espacios en donde se utilicen hornos, calderas o cualquier otro dispositivo que caliente el ambiente, es necesario cubrirlos de revestimiento o con pantallas para evitar el daño de los dispositivos hacia los trabajadores. Se deben dejar una distancia mínima de 1.5 metros al rededor de los dispositivos, en donde esta prohibido que permanezcan los trabajadores durante el descanso y esta prohibido el almacenamiento del material combustible al rededor de estos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 519.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los depósitos calderas, recipientes o cualquier otro dispositivo adecuado al almacenaje de material caliente, liquido corrosivo o similar, debe estar dotado de una tapa adecuada, disponiéndose a modo que el borde superior de este este 0.90 metros por sobre el suelo. Es necesario que estos tengan instaladas barandillas a la misma distancia, con sus respectivos zócalos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 520.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No se permite colocar por encima de los citados aparatos ningún tipo de tablas o puentes que no sean resistentes, mientras estos estén abiertos. A menos que sean de un material resistente o específico para la tarea.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 521.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Calderas

  • Las calderas de vapor y los recipientes destinados a contener fluidos a presión, deben reunir las condiciones de seguridad siguientes:

  • Las calderas, ya sean de encendido manual o automático, deben ser convenientemente vigiladas durante el tiempo en que estén en servicio.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 522, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando el combustible empleado sea carbón o leña no pueden usarse inflamables o materiales que puedan causar explosiones o retrocesos de llamas. Igual serán las normas en calderas que empleen petróleo o materiales de desecho.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 522, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los reguladores de tiro se deben abrir lo suficiente para producir una ligera corriente de aire que evite el retroceso de llamas.<br>

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 522, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Si ocurre un retroceso de llama, debe de cerrarse inmediata ante el abastecimiento de combustible y se ventilará completamente la montadura de la caldera antes de reanudar la combustión.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 522, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Siempre que el encendido no sea automático, debe de efectuarse con antorchas de suficiente longitud.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 522, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se deje entrar vapor en las tuberías y en las conexiones frías las válvulas se abrirán lentamente, hasta que los elementos alcancen la temperatura prevista.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 522, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se deje entrar vapor de la caldera se aproxime a la del trabajo, la válvula de seguridad se debe probar a mano.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 522, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los atizadores no se deben dejar sobre el suelo entre las calderas, se colocarán siempre en repisas especialmente diseñadas para evitar quemaduras a los trabajadores.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 522, Sección H.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Durante el funcionamiento de las calderas, se debe verificar repetida y periódicamente el nivel de agua en el indicador, purgándose las columnas de agua a fin de comprobar que todas las conexiones estén libres.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 522, Sección I.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las válvulas de desagüe de las calderas, deben abrirse completamente cada 24 horas, y de ser posible, en cada turno de trabajo.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 522, Sección J.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En caso d e ebullición violenta del agua en las calderas, la válvula debe cerrase inmediatamente y se detendrá el fuego, quedando retirada del servicio de la caldera, hasta que se comprueben y corrijan sus condiciones de funcionamiento.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 522, Sección K.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Una vez reducida la presión del vapor, se debe dejar enfriar las calderas durante un mínimo de 8 horas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 522, Sección L.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Almacenado y manipulación de cilindros a presión

  • El almacenamiento de botellas, cilindros, garrafones y bombonas que contengan gases licuados a presión, en el interior de los locales, se debe ajustar a los requisitos siguientes:

  • Su numero se debe limitar a las necesidades y previsiones de su consumo, evitándose almacenamientos excesivos y se exigirá el código de colores, de acuerdo a la sustancia o clase de contenido, según las Normas locales o internacionales de referencia.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 523, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se deben colocar en posición vertical, debidamente sujetos o firmes, para asegurarlos contra caídas o choques.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 523, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • No debe existir en las proximidades sustancias inflamables o fuentes de calor.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 523, Sección C.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Deben quedar protegidas convenientemente de los rayos de sol y de la humedad intensa y continua.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 523, Sección D.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los locales de almacenaje deben ser d e paredes resistentes al fuego y deben cumplir las prescripciones dictadas para sustancias inflamables o explosivas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 523, Sección E.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Estos locales deben señalizarse con carteles de "Peligro de explosión", claramente legibles.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 523, Sección F.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se prohíbe la elevación de botellas por medio de electroimanes, así como su traslado por medio de otros aparatos elevadores, salvo que se utilicen dispositivos específicos para su tal fin.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 523, Sección G.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Deben estar provistos del correspondiente capuchón roscado.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 523, Sección H

  • Presupuesto estimado Q.

  • En cuanto a los cilindros de acetileno, se debe tomar en cuenta que:

  • No se debe emplear cobre ni aleaciones de este metal en los elementos que puedan entrar en contacto con el acetileno.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 524, Sección A.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Estos cilíndricos se deben mantener en posición vertical al manos dice horas antes de utilizar su contenido.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 524, Sección B.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los cilindros de oxígeno y sus elementos o accesorios no deben estar engrasados ni en contacto con ácidos, grasas o materiales inflamables. Tampoco deben ser limpiados o manejados con trapos o manos manchadas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 525.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ventilador

  • Las aspas de los ventiladores deben estar protegidas en ambos lados por redes metálicas suficientemente resistentes y con orificios de tamaño adecuado para impedir la introducción de cualquier parte del cuerpo del operario.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 526.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Frío industrial

  • Los locales de trabajo que produzcan frío industrial y en donde haya peligro de desplazamiento de gases dañinos o nocivos, deben estar separados para permitir el aislamiento necesario. También es necesario que estén dotados de detectores en caso de fuga, y que se cuente con un sistema de ventilación que pueda expulsar los gases rápidamente hacia el exterior.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 527.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Cuando se produzca un escape de gas, y el local ya haya sido evacuado por el personal, se debe aislar el gas mediante la ventilación forzada. Si el escape fue en el área de maquinaria, se debe detener el funcionamiento d ellos compresores o generadores mediante controladores o mandos a distancia.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 528.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En toda instalación frigorífica industrial, se deben contar con aparatos protectores respiratorios contra los escapes de gas, eligiendo el tipo de estos de acuerdo con la naturaleza de dichos gases.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 529.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En instalaciones frigoríficas que utilice amoniaco, anhídrido sulfuroso, cloruro de metiendo u otro agente nocivo a la vista, en caso de escape de gas deben emplearse mascaras respiratorias que protegían los ojos o se deben complementar con gafas de ajuste hermético.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 530.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En las instalaciones a base de anhídrido carbonico, se deben emplear aparatos respiratorios autónomos de aire y oxigeno cerrado, debidamente comprobados en cuanto a su certificación y homologación de un ente u organización reconocidos. Quedan prohibidos de tipo filtrante.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 531.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los aparatos espirado ríos, guantes, gafas, etc. Se deben emplear cuando sea ineludible entrar en el local donde se hubieran producido grandes escapes de gas o tema que se produzcan y en los trabajos de reparaciones, cambio de elementos de la instalación, carga.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 532.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los aparatos respiratorios deben conservarse en perfecto estado y en forma y lugar adecuado para su fácil y rápido acceso en caso de accidente. Estos se deben verificar de forma periódica y entrenar al personal para su empleo.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 533.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El sistema de cierre de las puertas a las cámaras frigoríficas, debe permitir que estas se abran desde el interior y deben tener una señal luminosa que indique la presencia de personas en su interior.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 534.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El personal que deba permanecer durante tiempos prolongados en los locales de temperaturas bajas, cámaras y depósitos frigoríficos, se le debe proveer prendas de abrigo adecuadas, cubre cabezas, y calzado de cuero de suela aislante, así como cualquier otra protección necesaria para tal fin.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 535.

  • Presupuesto estimado Q.

  • A los trabajadores los cuales sus manos tengan que entrar en contacto con sustancias muy frías, se les debe facilitar guantes o manoplas de material aislante de frío.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 536.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Al ser admitido el trabajador y con periodicidad necesaria, se le debe instruir sobre el manejo y los efectos de los fluidos frigoríficos para evitarlos. También se instruirá en caso de haber algún escape o fuga de los mismos. Estos deben estar indicados en carteles colócalos en lugares de trabajo habituales.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 4, Artículo 537.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Radiaciones peligrosas

  • En lugares de trabajo con alta exposición a radiaciones infrarrojas, se debe instalar, tan cerca del origen como sea posible, pantallas absorbentes, cortinas de agua u otros procedimientos para neutralizar el riesgo.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 538.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Los trabajadores que se expongan frecuentemente a este riesgo, debe ser dotado de protección ocular. En caso de ser muy constante se debe dotar además de casquetes con visera o mascaras adecuadas y homologadas para esta clase de trabajo. Se deben adoptar las medidas de prevención médicas oportunas para evitar la sobre exposición a la dosis de radiación.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 539.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Estos trabajos están prohibidos para personas menores de 18 años, mujeres embarazadas y personas que padezcan de enfermedades cutáneas o pulmonares en procesos activos.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 540.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Radiaciones ultravioletas

  • En trabajos de soldadura u otros que conlleven radiaciones ultravioletas en cantidades nocivas, se deben tomar las precauciones necesarias para evitar la difusión de dicha radicación o disminuir su producción.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 541.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Se debe limitar al mínimo la superficie sobre la que incidan estas radiaciones, así como delimitar el área de superficie con señalización y protecciones.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 542.

  • Presupuesto estimado Q.

  • A los trabajadores se les debe dotar de gafas o mascaras protectoras con cristales o filtros coloreados y homologados para absorber estas radiaciones.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 543.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Las operaciones de soldadura con arco siempre que sea posible deben efectuarse en cabinas aisladas.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 544.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Estos trabajos están prohibidos a menores de 18 años.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 545.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Radiaciones ionizantes

  • Este trabajo esta prohibido a mayores de 18 años y mujeres embarazadas, siempre que las radiaciones sean superiores a 1.5 Rems al año.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 547.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Todos los trabajadores deben ser instruidos e informados sobre los riesgos del trabajo y las medidas de seguridad que han de tomar en cada momento.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 548.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Ninguna persona debe realizar trabajos con riesgos de irradiación sin el previo conocimiento médico, que se debe repetir cada seis meses.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 549.

  • Presupuesto estimado Q.

  • En el interior y exterior de los locales con exposición a radiación, se debe advertir el peligro con carteles visibles y se tomarán todas las precauciones precisas para evitar que nadie no autorizado se acerque al lugar.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 550.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Para la protección de los trabajadores, se debe emplear ropa de protección especiales homologadas para esta clase de trabajos y se almacenarán y limpiaran siguiendo las instrucciones del fabricante.

  • Referirse al Título 9, Capítulo 5, Artículo 551.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Sanciones

  • Toda violación a cualquier disposición perceptiva o prohibitiva, por acción u omisión contenida en el presente reglamento, da lugar a la imposición de una multa según lo establecido en los artículos 271 y 272 del Código de Trabajo.

  • Referirse al Título 10, Capítulo 1, Artículo 552.

  • Presupuesto estimado Q.

  • Disposiciones Transitorias

  • El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a propuesta de la Inspección General de Trabajo y previo informe de la sección de Salud y Seguridad, podrá autorizar excepciones al cumplimiento de alguno de los preceptos del presente reglamento, siempre que en todo caso sea garantizada la salud e integridad física de los trabajadores.

  • Referirse al Título 11, Capítulo 1, Artículo 553.

  • Presupuesto estimado Q.

  • El Ministerio de Trabajo y Previsión social a través de la Dirección de Previsión Social y en coordinación con el Consejo Nacional de Salud y Seguridad Ocupacional, previo a la entrada en vigencia de este reglamento debe realizar todas las acciones necesarias para difundir públicamente sus principios, característica y contenido.

  • Referirse al Título 11, Capítulo 1, Artículo 554.

  • Presupuesto estimado Q.

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