Página de título
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Nombre de la empresa
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Representante legal
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Domicilio de las instalaciones en proceso de verificación
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Datos de contacto
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Fecha de la inspección
Instancia verificadora
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Folio de inspección
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Instancia que evalúa la conformidad
- Consultor externo contratado por la empresa
- Personal de la empresa
- Personal adscrito a instancias gubernamentales
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Nombre de la persona que realiza la inspección
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Adscripción
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Telefono
6. Obligaciones del patrón. Disposiciones 6.1 y 8.1 al 8.4.
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Presenta el estudio actualizado de los agentes químicos del ambiente laboral
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El estudio incluye:
- Nombre del químico y código (CAS, ONU, UNE, etc.)
- Cantidad que se maneja por jornada de trabajo expresada en: g, ml, kg, L, Ton, m3
- Las vías de ingreso al organismo
- Grado de riesgo a la salud / Categoría de riesgo a la salud
- Se adjuntan todas las hojas de seguridad de cada químico
- Se identifican las sustancias contenidas en el apéndice 1 de la norma
- No cumple 1 o más de los elementos anteriores.
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Las HDS se encuentran disponibles para el POE en cada puesto de trabajo con riesgo de exposición
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¿En que formato se presentan las HDS?
- Impresas
- En formato digital (.pdf, .doc, .xls), como archivo disponible para todo el POE
- En un servidor web (nube)
- No aplica
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Considerando el periodo desde la última verificación, ¿Se sustituyó o incorporó alguna sustancia química?
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¿Presenta la actualización del estudio de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral?
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Considerando el periodo desde la última verificación, ¿Se modificaron las instalaciones, procesos, maquinaria y equipos que manejan sustancias químicas?
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¿Presenta la actualización del estudio de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral?
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Especifique los cambios
- Se modificaron los procesos
- Se modificaron las instalaciones
- Se modificó la maquinaria y equipos
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¿Presenta la actualización del estudio de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral?
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¿Cuenta con los documentos que avalan los estudios de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral de los últimos 5 años?
- Si
- No
- Antigüedad de operación menor a 5 años
- Archivo incompleto
9. Reconocimiento
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¿Se presenta evidencia documental que avale el Reconocimiento de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral?
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El archivo cuenta con los reconocimientos de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral de por lo menos los últimos 5 años?
- Si
- No
- Antigüedad de operación menor a 5 años
- Archivo incompleto
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¿Quién realizó el reconocimiento de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral?
- El patrón
- El patrón y cuenta con la validación de un laboratorio certificado
- Un laboratorio de pruebas certificado por la STPS
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¿Contiene la firma de quién lo elabora y lo valida?
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El reconocimiento de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral incluye:
- Identificación del centro donde se efectúa
- Identificación de la(s) sustancia(s) química(s) o mezclas que se manejen en el centro de trabajo, cuando impliquen riesgos a la salud de los trabajadores por sus propiedades, concentración, nivel y tiempo de exposición o acción.
- Las fuentes emisoras y características del área, proceso y puesto de trabajo
- La(s) sustancia(s) química(s) o mezclas por muestrear
- El personal ocupacionalmente expuesto a considerar para el muestreo
- Los controles administrativos que, en su caso, existan en el centro de trabajo
- Los controles técnicos que, en su caso, existan en el centro de trabajo
Cuando el reconocimiento es realizado por el patrón verifique que se cumplan las disposiciones 9.3 al 9.13, que se desglosan a continuación, en caso contrario continúe a la siguiente sección.
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La identificación de la(s) sustancia(s) química(s) o mezclas por muestrear que se manejan en el centro de trabajo, cuando impliquen riesgos a la salud de los trabajadores, se determinó....
- Conforme al numeral 9.4, pues se cuenta con informes de resultados previos de los agentes contaminantes del ambiente laboral, elaborados por un laboratorio de pruebas.
- Conforme al numeral 9.5, por no contar con informes de resultados previos de los agentes contaminantes del ambiente laboral, que hayan sido elaborados por un laboratorio de pruebas.
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Se comparó la concentración medida en el ambiente laboral (CMA) de los agentes químicos contaminantes, con su respectivo valor límite de exposición promedio ponderado en tiempo (VLE-PPT) o de corto tiempo (VLE-CT) y se ubicó el resultado en los rangos que señala la Tabla 2
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¿Cumple?
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¿Se muestrearon las sustancias con prioridad Muy alta, Alta y Moderada?
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Considere esta tabla para evaluar la pregunta siguiente.
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¿Cuenta con la información sobre la cantidad de sustancia manejada en cada área, proceso o puesto de trabajo?
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La clasificación del riesgo se determina con base en el Grado de Riesgo a la Salud o la Categoría de Peligro para la Salud de la sustancia química, del sistema de comunicación de peligros y riesgos que utilice el centro de trabajo, según lo indicado en la Tabla 4
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¿Qué sistema de comunicación de peligros y riesgos fue empleado?
- Grado de riesgo a la salud, considerando su vía de ingreso al organismo
- Categoría de peligro para la salud, del SGA
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El Grado de Riesgo a la Salud de la sustancia química, considerando su vía de ingreso al organismo (oral, piel y/o inhalación) y la Concentración Letal 50 (CL50), se debe seleccionar conforme a lo dispuesto en la Tabla 5
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¿Se determinó correctamente el Grado de Riesgo a la Salud?
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La Categoría de Peligro para la Salud de la sustancia química, determinada de acuerdo con el código de indicaciones de peligro del Sistema Globalmente Armonizado para la Clasificación y Comunicación de Peligros por Sustancias Químicas, de conformidad con lo que establece la Tabla 6.
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¿Se determinó correctamente la Categoría de Peligro?
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¿Presenta la lista de las sustancias químicas que se manejan en cada área o puesto de trabajo?
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Considere los valores de ponderación de la Tabla 10 para verificar la determinación de la prioridad de muestreo de cada sustancia.
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¿Se completó la tabla 9 con los valores de ponderación correctos, conforme a la tabla 10?
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3. Realiza la sumatoria de los tres valores de ponderación de cada sustancia química en la Tabla 9;
4. Indica en la Tabla 9, la prioridad de muestreo de las sustancias químicas, según corresponda a la suma de los valores de ponderación, utilizando la Tabla 11 -
¿Se determinó correctamente la prioridad de muestreo de cada sustancia?
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¿Se muestrearon todas las sustancias químicas con prioridad Muy Alta, Alta y Moderada?.
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Disposición 9.10
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¿La selección del POE para el muestreo se realizó de conformidad con el numeral 9.10?
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Disposición 9.11
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¿La determinación de los GEH se realizó conforme a lo dispuesto en los numerales 9.10 y 9.11 de la norma?
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Disposición 9.12. Tabla 15, Número de POE a considerar para el muestreo, Prioridad Muy Alta
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¿Se determinó el numero de POE de los GEH con prioridad Muy Alta conforme a la tabla 15?
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Disposición 9.12. Tabla 16, Número de POE a considerar para el muestreo, Prioridad Alta y Moderada.
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¿Se determinó el numero de POE de los GEH con prioridad Alta y Moderada conforme a la tabla 16?
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¿Se elaboró el muestreo para los GEH con POE con prioridad Muy Alta, Alta y Moderada?
Cuando el informe de reconocimiento ambiental es realizado por el patrón deberá contener todos los elementos siguientes:
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Identificación del centro de trabajo
- El nombre, denominación o razón social
- El Registro Federal de Contribuyentes
- El registro patronal
- El área, proceso y puesto de trabajo objeto del reconocimiento
- Actividad principal
- Domicilio
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La información sobre la(s) sustancia(s) química(s) o mezclas que se manejan en el centro de trabajo y comprende:
- El nombre químico, comercial o común de la sustancia y su número CAS
- Las sustancias químicas que componen las mezclas, en su caso, cuando contienen una cantidad igual o mayor al 1% de volumen
- Las propiedades físicas y químicas
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Las propiedades físicas y químicas de cada sustancia que se incluyen son:
- Temperatura de ebullición
- Peso molecular
- Estado físico
- Volatilidad
- La(s) vía(s) de ingreso de la(s) sustancia(s) química(s) al organismo: oral, cutánea y respiratoria
- El tiempo y frecuencia de la exposición del POE a los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral
- El Grado de Riesgo a la Salud o la Categoría de Peligro para la Salud
- Los valores límite de exposición
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La identificación de las fuentes emisoras del contaminante
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La ubicación física de las fuentes emisoras por agente contaminante
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La ubicación de las áreas, procesos y puestos de trabajo donde exista riesgo a la exposición
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La condición del lugar: abierto o cerrado
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La existencia o no de sistemas de extracción y/o inyección de aire, general o localizado
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Las características del proceso
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Las condiciones del proceso respecto de si involucra o no
- Generación del contaminante por combustión
- Aumento o disminución de temperatura
- Aumento o disminución de presión
- Generación de humedad
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La determinación de la prioridad de la(s) sustancia(s) química(s) o mezclas por muestrear
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La prioridad de muestreo de las sustancias químicas
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La determinación de la prioridad de los grupos de exposición homogénea
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La identificación de los grupos de exposición homogénea a los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral
- El área, proceso y puesto de trabajo donde se localiza el POE o los grupos de exposición homogénea
- Los puestos de trabajo involucrados
- El número de trabajadores expuestos
- Las actividades que desarrollan
- El tiempo y frecuencia de la exposición
- El equipo de protección personal con que cuenta
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La descripción de los controles administrativos y/o técnicos que, en su caso, existan en el centro de trabajo
Evidencia documental para las disposiciones 6.4, 10.1.1, 10.1.2, 10.4.4, 10.5.1 y 10.5.2.
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El patrón cuenta con la evaluación sobre la concentración de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, llevada a cabo por un laboratorio de pruebas, y dispone del informe de evaluación
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La evaluación de la concentración de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral es realizada por un laboratorio de pruebas, a partir del reconocimiento de dichos agentes contaminantes elaborado por él o por el mismo laboratorio
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El laboratorio de pruebas valida el reconocimiento de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, cuando haya sido realizado por el patrón, atento a lo señalado en el numeral 9.1 de la presente Norma
Informe de evaluación, disposición 10.5.1.
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La identificación del centro de trabajo contiene...
- El nombre, denominación o razón social
- El Registro Federal de Contribuyentes
- El registro patronal
- El área, proceso y puesto de trabajo objeto del reconocimiento
- Actividad principal
- Domicilio
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Se detallan los procedimientos o métodos de muestreo y determinación analítica, utilizados incluyendo:
- La clave y nombre del procedimiento o método analítico
- La autoridad laboral u organización internacional que lo avala
- La técnica analítica
- No contiene los datos completos
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Los datos del muestreo incluyen:
- 1. El agente contaminante objeto del muestreo
- 2. El método de muestreo
- 3. Los lugares y puntos de muestreo
- 4. El personal o grupos de exposición homogénea por muestrear
- 5. El tipo de muestras o lecturas personales
- 6. El número de medios de captura y muestras
- 7. El tiempo del muestreo
- 8. Las fechas de muestreo
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La información del personal ocupacionalmente expuesto que se incluye es:
- 1. El nombre
- 2. El puesto
- 3. Las actividades específicas durante el muestreo
- 4. La descripción del equipo de protección personal
- 5. La descripción de los controles técnicos, en su caso, que se tengan en el área, proceso y puesto de trabajo
- 6. La descripción de los controles administrativos, en su caso, que se aplican durante la jornada de trabajo
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Las características del equipo de muestreo
- 1. El tipo de equipo
- 2. El modelo
- 3. Sus especificaciones
- 4. Su número de serie
- 5. La calibración inicial, con un mínimo de tres lecturas
- 6. La calibración final, con un mínimo de tres lecturas
- 7. La fecha de calibración
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Las características del equipo de calibración de flujo
- 1. El tipo de equipo
- 2. El modelo
- 3. Las especificaciones del equipo
- 4. Su número de serie
- 5. El número del certificado o informe de calibración y su vigencia
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El medio de captura utilizado considerando, según aplique
- Membranas filtrantes
- Sólidos adsorbentes
- Burbujeadores
- Bolsas de muestreo
- Otro
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Las condiciones atmosféricas del lugar de muestreo
- Presión atmosférica
- Temperatura
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La información sobre la medición
- 1. La hora inicial y hora final
- 2. El flujo
- 3. El volumen total
- 4. La cantidad colectada
- 5. La concentración medida en el ambiente laboral
- 6. La fecha del muestreo
- 7. El informe descriptivo sobre las condiciones de operación bajo las cuales se realizó el muestreo
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El tiempo de almacenamiento máximo y condiciones de traslado de las muestras al laboratorio de análisis
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Los datos del equipo para la determinación analítica
- 1. La marca
- 2. Su número de serie
- 3. El certificado oficial de calibración del equipo y del certificado de pureza del gas de calibración, en su caso
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Los resultados de las concentraciones de los agentes químicos contaminantes presentes en el ambiente laboral
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Los resultados del cálculo del límite superior de confianza
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La comparación de las concentraciones presentes en el ambiente laboral con los valores límite que dispone el Apéndice I de esta Norma, con la información que los valide
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Los datos del laboratorio de pruebas
- 1. El nombre, denominación o razón social
- 2. El Registro Federal de Contribuyentes
- 3. El número de acreditación asignado por la entidad de acreditación
- 4. El número de aprobación otorgado por la Secretaría
- 5. La vigencia de la aprobación
- 6. Su domicilio completo
- 7. La fecha de emisión del informe de resultados
- 8. El nombre del responsable signatario evaluado y aprobado
- 9. El nombre del representante legal
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El informe de evaluación está firmado por quien lo elaboró y se conserva, al menos, por cinco años
Disposición 6.3. Inspección física
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Existen señalamientos de precaución, obligación y prohibición, según corresponda, en la entrada de las áreas donde existe exposición a agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, para prevenir riesgos a la salud de los trabajadores, en especial a los ajenos al manejo de las sustancias químicas, de acuerdo con lo establecido en la NOM-026-STPS-2008, o las que la sustituyan.
Disposiciones 6.5, 6.6, 11.1 y 11.2
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El patrón cumple cuando presenta evidencia documental de que realiza el monitoreo biológico, por la exposición química, al POE y cumple con las disposiciones de la NOM-047-SSA1-2011, o las que la sustituyan.
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Presenta evidencia documental de que instaura acciones de control, para no exponer a los trabajadores a concentraciones superiores a los valores límite de exposición que establece el Apéndice I de la presente Norma
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Adopta medidas de control técnicas y/o administrativas que correspondan, a través del programa que para tal efecto se establezca, cuando como resultado de la comparación del límite superior de confianza (LSC) con el valor límite de exposición (VLE) de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, se obtienen los valores establecidos en la Tabla 17 de la presente Norma
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Determina la(s) medida(s) técnica(s) de control conforme a la naturaleza de los procesos productivos, aspectos tecnológicos, su factibilidad y viabilidad
Disposiciones 6.6, 11.1, 11.3, 11.4, 11.5
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El patrón presenta evidencia de que cuenta con los registros sobre el seguimiento a las medidas de control adoptadas cuando los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral rebasan los valores límite de exposición, establecidos en el Apéndice I de la presente Norma.
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El patrón presenta evidencia documental de que las medidas técnicas de control por adoptar comprenden, entre otras, las siguientes:
- La modificación de los procedimientos de trabajo para minimizar la generación de contaminantes del ambiente laboral o la exposición del POE
- El mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones, procesos, maquinaria y equipos
- La modificación, adecuación o sustitución de las instalaciones, procesos, maquinaria y equipos, por otros que generan menor emisión de contaminantes del ambiente laboral
- El acondicionamiento, aislamiento o redistribución física de las instalaciones, procesos, maquinaria y equipos o áreas para evitar la dispersión de los contaminantes del ambiente laboral
- La utilización de sistemas de ventilación general
- El empleo de sistemas de ventilación por extracción localizada para evitar la dispersión de los contaminantes al ambiente laboral
- La dotación de contenedores para la recolección de desechos
- La sustitución de las sustancias químicas del ambiente laboral por otras cuyos efectos sean menos nocivos
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El patrón presenta evidencia de que los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral se muestrean nuevamente una vez instrumentada(s) la(s) medida(s) técnica(s) de control, a fin de constatar si disminuyó su concentración por debajo del valor límite de exposición (VLE)
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El patrón presenta evidencia de que las medidas administrativas de control se aplican de inmediato, hasta en tanto se implementa(n) la(s) medida(s) técnica(s) de control a que alude el numeral 11.3, de esta Norma
De la evidencia documental de las medidas administrativas, disposición 6.6, 11.6 y 11.7
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Se presenta evidencia documental de que la limitación de los tiempos y frecuencias de exposición del POE a las sustancias químicas contaminantes, se realiza por medio de:
- La reprogramación de actividades
- La redefinición de tiempos y frecuencia de exposición
- La rotación del personal
- Su aislamiento a una atmósfera libre de contaminantes
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Existe evidencia documental de que se realiza la dotación del equipo de protección personal requerido
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Existe restricción de acceso a las áreas o, en su caso, la dotación del equipo de protección personal a los trabajadores ajenos al manejo a las sustancias químicas, para evitar su exposición a los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral
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El programa de protección respiratoria contiene los elementos siguientes:
- El resultado de la información del reconocimiento y evaluación de la exposición en el área muestreada
- Las evaluaciones médicas del POE que requieren utilizar respiradores
- Los criterios para la selección de los filtros, cartuchos y canisters de acuerdo con lo determinado en la NOM-116-STPS-2009 y/o las NMX sobre respiradores, o las que las sustituyan
- El procedimiento de revisión de ajuste y prueba de hermeticidad de los respiradores
- Las instrucciones para el uso normal y en situaciones de emergencia de los respiradores
- Las instrucciones para revisar la calidad, cantidad y flujo del aire que debe suministrarse al POE, en caso de utilizar equipos de suministro de aire (SCBA, por sus siglas en inglés)
- Las instrucciones de mantenimiento, limpieza, desinfección, cuidado, almacenamiento, inspección, reparación, remplazo y disposición final de los respiradores
- La capacitación e información al POE que requiere utilizar equipo de protección respiratoria, que considere las limitaciones para su uso
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El patrón presenta evidencia de que cuenta con los registros sobre el seguimiento al programa de protección respiratoria para revisar su correcta aplicación.
Disposiciones 6.6 y 11.8. Medidas de control
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Existe evidencia documental de que se lleva un estricto control, cuando en el centro de trabajo se manejan sustancias químicas cancerígenas, confirmado (A1) o sospechoso en humanos (A2), a efecto de mantener el límite superior de confianza (LSC) por debajo del nivel de acción (NA)
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Existe evidencia documental de que se procede a instrumentar las medidas de control pertinentes, en caso de que no se pueda mantener el límite superior de confianza (LSC) por debajo del nivel de acción (NA) entre las que se incluyen:
- El suministro de equipo de protección personal respiratoria de alta eficiencia, o purificadores de aire de presión positiva o de presión negativa, según aplique
- La utilización de sistemas de ventilación por extracción localizada para capturar y evitar la dispersión de los contaminantes al ambiente laboral
- El aislamiento del área, departamento o proceso que involucre la emisión de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral
- Se procede a la sustitución de las sustancias químicas cancerígenas por otras cuyos efectos nocivos sean menores, si con la aplicación de las medidas antes descritas, el límite superior de confianza (LSC) se mantiene por arriba del nivel de acción (NA)
Disposiciones 6.6 y 11.10. Medidas de control
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Se muestran los registros sobre el seguimiento de las medidas de control técnicas y/o administrativas, por puesto o área de trabajo, a que se refieren los numerales 11.3 y 11.6 de esta Norma, y que éstos contienen:
- 1. El nombre del área, departamento o proceso objeto de la medición
- 2. El agente contaminante objeto de la medición
- 3. La(s) medida(s) de control adoptada(s) y el o los responsables de su ejecución y seguimiento
- 4. La concentración medida en el ambiente laboral (CMA-PPT o CT);
- 5. El valor límite de exposición (VLE) que corresponde a la sustancia evaluada, de conformidad con el Apéndice I, de la presente Norma
- 6. El resultado de la comparación entre el límite superior de confianza (LSC), respecto del valor límite de exposición (VLE) de la sustancia, según corresponda
Disposición 6.7. Entrevista al personal
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Se constata que proporciona el equipo de protección personal específico al riesgo, conforme a lo que señala la NOM-017-STPS-2008, o las que la sustituyan.
Disposiciones 6.8, 12.1, 12.2, 12.3 y 12.4. Vigilancia de la Salud
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Practica exámenes médicos al personal ocupacionalmente expuesto como parte de la vigilancia a su salud, y conserva los resultados en un expediente
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La vigilancia a la salud del personal ocupacionalmente expuesto se realiza a través de un programa que valora su estado de salud, identifica su susceptibilidad a los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral y detecta alteraciones tempranas a su salud.
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La práctica de exámenes médicos específicos, con base en la actividad de los trabajadores expuestos y el índice biológico de exposición IBE, está sujeta al seguimiento clínico anual o a la evidencia de signos o síntomas que denotan alteración de la salud de los trabajadores
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Presenta evidencia documental de que las medidas de control técnicas y/o administrativas, a que aluden los numerales 11.3 y 11.6 de esta Norma, se adoptan de acuerdo con los resultados de la evaluación de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral y de los exámenes médicos practicados.
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La vigilancia a la salud del personal ocupacionalmente expuesto está a cargo de un médico con conocimientos y experiencia en medicina del trabajo y/o en los efectos biológicos de las sustancias químicas
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Los exámenes médicos practicados y su registro, así como las medidas de control técnicas y/o administrativas adoptadas, se integran en un expediente clínico que se conserva por un periodo mínimo de cinco años, contado a partir de la fecha del último examen
Disposición 6.9. Comunicación de riesgos
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Se presenta evidencia documental de que informa a los trabajadores sobre los riesgos a la salud por la exposición a los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral.
Capacitación
Disposiciones 6.10 y 13. Evidencias documentales sobre las capacitaciones impartidas.
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Existe evidencia documental de que se capacita y adiestra al POE sobre el manejo de las sustancias químicas y el tipo de control aplicado para prevenir la contaminación del ambiente laboral
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La capacitación incluye las propiedades de las sustancias químicas que se manejen en el centro de trabajo
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La capacitación incluye los efectos que pueden ocasionar la exposición a las sustancias químicas
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La capacitación incluye los peligros a la salud por la exposición a las sustancias químicas en el área de trabajo
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La capacitación incluye la importancia de su participación en el reconocimiento y evaluación de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral
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La capacitación incluye la forma de trabajar con las sustancias químicas de modo seguro
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La capacitación incluye el control de las sustancias químicas en el puesto y/o área de trabajo
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La capacitación incluye el programa de protección respiratoria
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La capacitación incluye el contenido del sistema de comunicación de peligros y riesgos utilizado en la empresa para la señalización y la hoja de datos de seguridad
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Se presenta evidencia de que cuenta con los registros sobre la capacitación y adiestramiento proporcionado al menos cada doce meses al personal ocupacionalmente expuesto.
Disposiciones 6.11, 6.12 y 6.13.
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El patrón presenta evidencia de que cuenta con los registros sobre el reconocimiento, evaluación y control efectuados y los exámenes médicos practicados.
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El patrón cumple presenta evidencia documental de que hace del conocimiento del personal ocupacionalmente expuesto el resultado de los exámenes médicos anuales que se le practican.
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El patrón cumple cuando al realizar un recorrido por el centro de trabajo, se constata que no se expone a menores de 14 a 16 años y a mujeres en periodo de gestación o lactancia, a agentes químicos contaminantes del ambiente laboral.