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Auditoría

I. IDENTIFICACIÓN DE LA ISTALACIÓN PORTUARIA.

  • 1.1 Nombre y/o razón social.

  • 1.2. Número de identificación tributaria (Nit).

  • 1.3 Dirección
  • 1.4. Mapa Satelital de georreferenciación.

  • 1.5. Teléfonos, Ciudad, página Web, correo electrónico de la I. P.

  • 1.6. Nombres y apellidos Representante legal, teléfono de contacto, correo electrónico.

  • 1.7. Nombres y apellidos OPIP, teléfonos contacto, correo electrónico; nombres y apellidos otros OPIP (si aplica).

  • 1.8. La I.P. tiene clasificación documental del PPIP (restricción de acceso), “confidencial".

II. INFORMACIÓN GENERAL.

  • 2.1. Exponer detalladamente la organización de Protección de la I.P. (organigrama, función y estructura).

  • 2.1.1. Anexar imagen organigrama estructural y mapa de procesos IP.

  • 2.2. Localización Instalación Portuaria (límites geográficos y coordenadas).

  • 2.3. Análisis detallado de las características físicas y operativas de la Instalación Portuaria (Edificios u Oficinas administrativas, operativas, infraestructura tecnológica, muelles, patios, bodegas, ductos distribución agua potable, ductos de gas, alcantarillado, ductos de combustible, depósitos de combustible, sistemas de iluminación, servicios públicos, barreras perimétricas, parqueaderos, vías de aproximación, canal de acceso, equipos para manipulación de carga, almacenamiento mercancías peligrosas, puertas de ingreso y salida vehicular y peatonal, etc.).

  • 2.4. Actividad de la Instalación Portuaria (I.P).

  • 2.5. Clase de tráfico marítimo.

III. ORGANIZACIÓN Y ENLACES

  • 3.1. ¿ En la I.P. existe organización de la unidad (Departamento, Dirección o Unidad) de seguridad Física "Anexar fotografía del organigrama?

  • 3.2 ¿La I.P. tiene enlaces con autoridades competentes, incluidos los buques que estén en el puerto?

  • 3.3. ¿La I.P. tiene sistema de comunicaciones disponible (como están conformadas y cuales, incluir el enlace interno y externo?

IV. MEDIDAS DE PROTECCIÓN

  • 4.1. ¿Se adopta medidas para evitar se introduzca a bordo de un buque o I.P. armas, sustancias peligrosas o alucinógenas, dispositivos destinados a ser utilizarlos contra personas, buques o puertos y cuyo transporte no esté autorizado?

  • 4.2. ¿ La I.P. adopta medidas para garantizar la protección de la información contenida en el Plan de Protección?

  • 4.3. ¿La I.P. adopta medidas para conservar los registros de todo suceso o amenaza a la protección?

  • 4.4. ¿La I.P. adopta medidas básicas, Físicas y Operativas para el Nivel 1?

  • 4.5. ¿ Se adopta medidas adicionales para que la I.P. pase del nivel 2 al nivel 3 si es necesario, sin ninguna dilación?

  • 4.6. ¿Se adopta medidas y directrices específicas de seguridad sobre el uso de armas de fuego en buques o instalaciones portuarias, se debe establecer el procedimiento respectivo?

  • 4.7. ¿Se adopte medidas que garanticen que el personal que utiliza armas de fuego en buques o instalaciones portuarias está debidamente autorizado y entrenado, se debe establecer el procedimiento?.

  • 4.8. ¿ Se adopta medidas aplicables a todos los sistemas de acceso a la Instalación Portuaria indicados en el Plan de Protección (Parte B, 16.10 a 16.16)?.

  • 4.8.1 ¿ Se adopta medidas destinadas a prevenir el acceso no autorizado a la I.P. y buques; además para cada nivel se debe indicar medios para garantizarlo, sistema de identificación para acceder, disposiciones para actualizar los sistemas de identificación, frecuencia de aplicación de controles de acceso, etc

  • 4.8.2 Describir las medidas adoptadas del Nivel 1 (Parte B, 16.17 hasta 16.18).

  • 4.8.3 Describir las medidas adoptadas del Nivel 2 (Parte B, 16.19).

  • 4.8.4 Describir las medidas adoptadas del Nivel 3 (Pate B, 16.20).

  • 4.9. ¿ La I.P. adopta medidas aplicables atendiendo lo estipulado en la parte B, 16.21 a 16.26.

  • 4.9.1 ¿La I.P. adopta medidas para la Identificación de las Zonas Restringidas (nombre de la zona, quien autoriza el ingreso), se debe especificar su extensión, periodos de validez, medidas claramente definidas a adoptarse para controlar estas zonas?.

  • 4.9.2 Enuncie las zonas restringidas Fijas.

  • 4.9.3 Enuncie las zonas restringidas Temporales.

  • 4.9.4 Enuncie las medidas de las zonas restringidas del Nivel 1 (Parte B, 16.27).

  • 4.9.5 Enuncie las medidas de las zonas restringidas del Nivel 2 (Parte B, 16.28).

  • 4.9.6 Enuncie las medidas de las zonas restringidas del Nivel 3 (Parte B, 16.29).

  • 4.10 ¿Se adopta medidas para garantizar la protección eficaz de la carga y del equipo para manipulación en la instalación portuaria. (Parte A, 16.3.12 y Parte B, 16.30 - 16.31)?

  • 4.11. ¿Se garantiza la existencia de procedimientos para el control de inventarios en los puntos de acceso a la I.P.; e igualmente, la identificación de la carga dentro de la I.P. estos controles son y fue aceptada para embarque o almacenamiento temporal.

  • 4.11.1 Enuncie las medidas de manipulación de la carga Nivel 1 (Parte B, 16.32 a 16.34).

  • 4.11.2 Enuncie las medidas de manipulación de la carga Nivel 2 (Parte B, 16.35 a 16.36).

  • 4.11.3 Enuncie las medidas de manipulación de la carga Nivel 3 (Parte B, 16.37).

  • 4.12. ¿Se adoptan medidas de protección relativas a la entrega de provisiones del buque?

  • 4.12.1 ¿Se garantiza la existencia de procedimientos entre la Instalación Portuaria, el buque y sus proveedores para la entrega de sus provisiones y documentos (garantía) que confirmen que el buque si ha pedido las provisiones?

  • 4.12.2 Enuncie las medidas para entrega de las provisiones del buque del Nivel 1 (Parte B, 16.40 y 16.41).

  • 4.12.3 Enuncie las medidas para entrega de las provisiones del buque del Nivel 2 (Parte B, 16.42 y 16.43).

  • 4.12.4 Enuncie las medidas para entrega de las provisiones del buque del Nivel 3 (Parte B, 16.44).

  • 4.13 ¿Se establece las medidas de protección aplicables para asegurar que los equipajes no acompañados son identificados y sometidos a una verificación adecuada (Parte B, 16.45)?, estas medidas deben incluir como mínimo: Registro antes de autorizar el ingreso a la I.P. y traslado al buque. Medidas necesarias para garantizar la protección de los equipajes después de su examen o verificación.

  • 4.13.1 La Instalación Portuaria y el Buque cuentan con equipo adecuado para la revisión o verificación del equipaje, se debe garantizar la existencia de procedimientos donde la I.P. es la responsable de examinarlos; igualmente procedimientos para el tránsito de pasajeros (si aplica).

  • 4.13.2 Enuncie las medidas para equipaje no acompañado Nivel 1 (Parte B, 16.46).

  • 4.13.3 Enuncie las medidas para equipaje no acompañado Nivel 2 (Parte B, 16.47).

V. VIGILANCIA DE LA PROTECCIÓN DE LA INSTALACIÓN PORTUARIA

  • 5.1.¿ Como es la iluminación externa de la la instalación portuaria?.

  • 5.1.1. ¿ como es la iluminación interna de la instalación portuaria?

  • 5.2. ¿ Como esta conformado el esquema de seguridad el dispositivo o esquema de seguridad de la instalación portuaria?.

  • 5.3. ¿La instalación portuaria esta dotada de equipos automáticos que den una alarma audible o visual en un recinto dotado con monitoreo permanente?

VI NIVELES DE PROTECCIÓN DIFERENTES

  • 6.1. Se establecen las medidas de protección que debe aplicar la Instalación Portuaria cuando su nivel es inferior al de un buque, igualmente los respectivos procedimientos (Parte B, 16.55)?.

VII. ACTIVIDADES NO REGULADAS POR EL CÓDIGO

  • 7.1. Se establece las medidas de protección que debe aplicar la Instalación Portuaria cuando (Parte B, 16.56): 1. Se realice una operación de interfaz con un buque que realizo escala en un puerto de un Estado que no sea un Gobierno contratante. 2. Se realice una operación de interfaz con un buque al que no se le aplique el presente código. 3. Se realice una operación de interfaz con una plataforma fija, flotante o con unidades móviles de perforación mar adentro emplazadas. Además de las medidas de protección, se debe establecer los respectivos procedimientos.

VIII. DECLARACIONES DE PROTECCIÓN.

  • 8.1. ¿Se indican los procedimientos cuando el OPIP, atendiendo a las instrucciones del Gobierno Contratante, solicite una declaración de Protección Marítima o cuando la solicite un buque, (Parte B, 16.57)?

IX. FORMACIÓN EN RELACIÓN CON LA PROTECCIÓN DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS.

  • 10.1. ¿La instalación Portuaria cuenta con Oficial de Protección de la Instalación Portuaria (Parte A, 18.1 a 18.4 y Parte B, 18.1 a 18.3)?

  • 10.2. ¿La instalación Portuaria cuenta con Dirección, Departamento o Unidad de Seguridad Física (Parte A, 18.1 a 18.4 y Parte B, 18.1 a 18.3)?

  • 10.3. ¿ La instalación Portuaria cuenta con Fuerza Pública (comprometida en los esquemas, acuerdo a convenios vigentes) (Parte A, 18.1 a 18.4 y Parte B, 18.1 a 18.3).

  • 10.4. ¿La instalación Portuaria cuenta con Supervisor de seguridad (Incluir consignas generales y particulares).

  • 10.5. ¿La instalación Portuaria cuenta con guardas de seguridad (Incluir consignas generales y particulares)?

  • 11.6. ¿La instalación Portuaria cuenta con Jefe departamento de operaciones?

  • 11.7 ¿ La instalación Portuaria cuenta con Coordinador terminal?

12. PROCEDIMIENTOS.

  • 12.1. ¿La instalación portuaria cuenta con procedimientos?

  • 12.2. ¿ Indique con cuales procedimientos cuenta la instalación portuaria?

  • 12.3. ¿ Indique que procedimientos le hacen falta a la instalación portuaria?

  • FIRMA DEL FUNCIONARIO QUE REALIZA EL ESTUDIO

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